lunes, 29 de diciembre de 2008

tribulaciones tributarias

BORRADOR DEL 29/12//2008

Proyecto de Ordenanza Tributaria

Municipalidad de El Hoyo

Provincia del Chubut
ÍNDICE



La percepción de las obligaciones tributarias establecidas por la Ordenanza Fiscal de El Hoyo se efectuará de acuerdo con las disposiciones de la presente Ordenanza.

Artículo 1: Los impuestos, tasas, contribuciones y servicios mencionados en la presente Ordenanza están fijados en Módulos. El valor del Módulo será determinado en la Ordenanza Presupuestaria de cada Ejercicio.
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
ALICUOTAS – DESCUENTOS Y BONIFICACIONES


Artículo 2: Fíjase para los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Municipalidad de El Hoyo que se encuentren ante la AFIP inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), las siguientes alícuotas según el grupo a que pertenezcan a sus actividades:

a) GRUPO A: 2,50 % (dos y medio por ciento).

b) GRUPO B: 1,50% (uno y medio por ciento).

3. GRUPO C: 1,00% (uno por ciento).
4. GRUPO D: 3,00% (tres por ciento)



Artículo 3: Fíjase para los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Municipalidad de El Hoyo que se encuentren ante la AFIP adheridos al Régimen Simplificado de Monotributo los siguientes montos fijos:
CATEGORÍA DE MONOTRIBUTO MONTO MENSUAL
A , F 25 M
B, G 50 M
C, H 75 M
D, I 100 M
E, J 150 M
K 200 M
L 250 M
M 300 M



Artículo 4: Los contribuyentes y responsables del impuesto gozarán de una bonificación del determinada por la Ordenanza Presupuestaria del monto que corresponda abonar cuando den cumplimiento a los siguientes recaudos;

a) No mantengan deuda exigible con la Municipalidad de El Hoyo en concepto de impuestos, tasas, contribuciones y obligaciones no tributarias al momento de efectuar el Ingreso del impuesto y

2. Abonen en legal tiempo y forma el importe correspondiente al impuesto sobre los Ingresos Brutos.

GRUPO A - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS


Artículo 5: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso a) del artículo 2 son las siguientes:
COMERCIO POR MAYOR


61100 Productos agropecuarios, forestales, de la pesca y minería

61200 Alimentos y bebidas

61300 Textiles, confecciones, prendas de cuero y piel

61400 Artes gráficas, maderas, papel y cartón

61500 Productos químicos derivados del petróleo y artículos de plástico y caucho

61600 Artículos de loza, vidrio, porcelana y materiales para la construcción

61700 Productos metálicos

61800 Vehículos, maquinarias, motores y equipos

61900 Otros comercios mayoristas no clasificados en otra parte
COMERCIO POR MENOR


62100 Alimentos y bebidas

62200 Indumentaria textil y de cuero

62300 Artículos para el hogar

62400 Papelería, artículos para oficinas y escolares

62500 Fármacos, perfumerías y artículos de tocador

62600 Ferreterías

62700 Vehículos

62800 Ramos generales

62900 Otros comercios minoristas no clasificados en otra parte

62910 Venta a consumidor final de combustibles líquidos
RESTAURANTES Y ALOJAMIENTOS

63100 Restaurantes y otros establecimientos que expidan bebidas, infusiones y/o comidas, incluidos boites, cabarets, café concerts, salones, pistas, confiterías, confiterías bailables, night clubes y establecimientos de análogas actividades cualquiera sean su denominación.

63200 Hoteles y otros lugares de alojamiento incluidos hoteles alojamiento, transitorios, casas de cita y establecimientos similares cualquiera sea la denominación utilizada.

CONSTRUCCIÓN

40000 Construcción

41000 Prestaciones relacionadas con la construcción
ELECTRICIDAD, GAS, AGUA Y COMUNICACIONES


51100 Generación de electricidad

51200 Transporte de electricidad

51300 Distribución de electricidad

52300 Distribución de gas natural

55000 Captación, purificación y distribución de agua

56100 Distribución de Comunicaciones y Servicios Agregados

TRANSPORTE


71100 Transporte terrestre

71300 Transporte aéreo

71900 Servicios relacionados con el transporte

71901 Empresas de turismo, organización de paquetes turísticos, agencias de turismo e intermediarias en la venta de pasajes; servicios propios y/o de terceros

ALMACENAMIENTO


72000 Depósitos y almacenamientos

61901 Acopiadores de productos agropecuarios
SERVICIOS COMUNALES, SOCIALES Y PERSONALES ANEXOS


82100 Instrucción pública

82200 Institutos de investigación y científicos

82300 Servicios médicos y odontológicos

82400 Instituciones de asistencia social

82500 Organizaciones profesionales, comerciales y laborales

82600 Servicios de veterinaria

82700 Servicios de saneamiento y similares

82900 Otros servicios sociales conexos
SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS


83100 Servicios de elaboración de datos, tabulación e informática

83300 Servicios jurídicos

83400 Alquileres y arrendamientos de máquinas y equipos

83500 Servicios técnicos y arquitectónicos

83600 Servicios de investigación de mercado

83700 Servicios de consultoría económica y financiera.

83800 Servicios de comidas preparadas

83900 Otros servicios prestados a las empresas no clasificados en otra parte

SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO


84100 Producción, distribución y exhibición de películas cinematográficas y emisiones de radio y televisión.-

84900 Servicios de diversión y esparcimiento no clasificados en otra parte.
SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGARES


85100 Servicios de reparaciones

85200 Servicios de lavandería, establecimientos de limpieza y teñidos

85300 Servicios personales directos

LOCACIONES


93000 Locación de bienes inmuebles

93001 Locación de Bienes Muebles

SERVICIOS FINANCIEROS Y COMPLEMENTARIOS


91001 Préstamos de dinero y demás transacciones financieras

91007 Administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones, compañías de seguro y aseguradoras de riesgo de trabajo

GRUPO B - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS


Artículo 6: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso b) del Articulo 2 son las siguientes:
INDUSTRIALIZACIÓN Y/O PRODUCCION DE BIENES


31000 Industria manufacturera de productos alimenticios, bebidas no alcohólicas

32000 Fabricación de textiles y prendas de la industria del cuero

33000 Industria de la madera y productos de la madera

34000 Fabricación de papel y productos de papel, imprentas y editoriales

35000 Fabricación de sustancias químicas y de productos químicos derivados del petróleo y del carbón, del caucho y del plástico

36000 Fabricación de productos minerales no metálicos

37000 Industrias metálicas básicas

38000 Fabricación de productos metálicos, maquinarias y equipos

39000 Otras industrias manufactureras
GRUPO C - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS


Artículo 7: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso c) del Articulo 2 son las siguientes:
PRODUCCION PRIMARIA


11000 Producción y servicios agropecuarios

12000 Silvicultura y extracción de madera

13000 Caza ordinaria

14000 Pesca

21000 Explotación de minas de carbón

22000 Extracción de minerales metálicos

55210 Elaboración de vinos.

55220 Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas a partir de frutas

55230 Elaboración de cerveza


GRUPO D - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS


Artículo 8: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso d) del Articulo 2 son las siguientes:

24000 Extracción de piedra, arcilla y arena

29000 Extracción de minerales no metálicos no clasificados en otra parte y explotación de canteras

55240 Servicios de esparcimiento relacionados con juegos de azar y apuestas: Venta de entradas a Bingos y Casinos.

MONTO MÍNIMO


Artículo 9: Para las actividades comprendidas en el artículo 2 y descriptas en los artículos 5 a 8, existirá un monto mínimo mensual de 300 Módulos sujeto a los descuentos que fije la Ordenanza Presupuestaria
IMPUESTO A LOS BIENES RAÍCES


Artículo 10: En el Artículo 25 de la Ordenanza 065/2008 se establece que el Valor de este Impuesto se fija a los fines de la determinación del Impuesto a los Bienes Raíces y no afectará la valuación de los terrenos fiscales.

De acuerdo a su ubicación dentro del ejido Municipal, será el siguiente.
ZONAS URBANA CENTRAL, RESIDENCIAL Y SERVICIOS
Hasta 1000 m2:

Terrenos con construcción por m2: 0,60 M

Construcción por m2: 0,60 M

Terreno baldío por m2 1,20 M
Más de 1000 m2:

Terrenos con construcción por m2: 0,50 M

Construcción por m2: 0,50 M

Terreno baldío por m2: 1,00 M
Zona Rural

Zona rural 1 por hectárea: 38 M

Zona rural 2 por hectárea: 28 M

Zona rural 3 por hectárea: 20 M

Zona rural 4 por hectárea: 12 M
Parque Industrial por m2

Predio con instalación: 0,40 M

Instalación y/o edificación: 0,40 M


Artículo 11: El Mínimo imponible para Zona Urbana, Residencial y Servicios es de 150 Módulos y para Parque Industrial y Zona Rural 100 Módulos.
IMPUESTO A LOS VEHÍCULOS:


Artículo 12 : Por los vehículos (incluidas las pick ups que no sean consideradas como utilitarios) radicados en el ejido de El Hoyo se abonará Anualmente el 2,5% (dos y medio porciento) de la valuación de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios publicado al 31 de octubre del año anterior

La Ordenanza Presupuestaria Anual establecerá, para los contribuyentes al día con sus obligaciones fiscales, el descuento a realizar sobre el porcentaje del párrafo precedente.

Artículo 13: Los vehículos utilitarios, tales como pick ups destinadas a trabajo, furgones, camiones, transporte de pasajeros (microómnibus-colectivos-microbus), semirremolques, chasis con y sin cabina, carrocerías, acoplados, casillas rodantes, maquinarias especiales y similares, abonarán según las siguientes tablas:
Camionetas utilitarias (pick ups tracción simple o doble, caja descubierta)
Año Peso: 1.200 Kg 2.500 Kg 4.000 Kg +de 4.000 Kg
2009 420 M 462 M 525 M 588 M
2008 300 M 330 M 375 M 420 M
2007 285 M 314 M 356 M 399 M
2006 271 M 298 M 338 M 379 M
2005 257 M 283 M 321 M 360 M
2004 244 M 269 M 305 M 342 M
2003 232 M 256 M 290 M 325 M
2002 220 M 243 M 276 M 309 M
2001 209 M 231 M 262 M 294 M
2000 199 M 219 M 249 M 279 M
1999 189 M 208 M 237 M 265 M


Colectivos
Año Peso: 1.000 Kg 3.000 Kg 10.000 Kg +de 10.000 Kg
2009 510 M 560 M 616 M 690 M
2008 364 M 400 M 440 M 493 M
2007 349 M 384 M 422 M 473 M
2006 335 M 369 M 405 M 454 M
2005 322 M 354 M 389 M 436 M
2004 309 M 340 M 373 M 419 M
2003 297 M 326 M 358 M 402 M
2002 285 M 313 M 344 M 386 M
2001 274 M 300 M 330 M 371 M
2000 263 M 288 M 317 M 356 M
1999 252 M 276 M 304 M 342 M
Acoplados
Año Peso: 7.000 Kg 10.000 Kg 13.000 Kg 16.000 Kg 20.000 Kg +de 20.000 Kg
2009 237 M 260 M 287 M 322 M 361 M 361 M
2008 169 M 186 M 205 M 230 M 258 M 258 M
2007 158 M 174 M 192 M 215 M 241 M 241 M
2006 148 M 163 M 180 M 201 M 225 M 225 M
2005 138 M 152 M 168 M 188 M 210 M 210 M
2004 129 M 142 M 157 M 176 M 196 M 196 M
2003 121 M 133 M 147 M 165 M 183 M 183 M
2002 113 M 124 M 137 M 154 M 171 M 171 M
2001 106 M 116 M 128 M 144 M 160 M 160 M
2000 99 M 108 M 120 M 135 M 150 M 150 M
1999 93 M 101 M 112 M 126 M 140 M 140 M
Camiones
Año Peso: 7.000 Kg 10.000 Kg 13.000 Kg 16.000 Kg 20.000 Kg +de 20.000 Kg
2009 546 M 601 M 661 M 741 M 829 M 829 M
2008 390 M 429 M 472 M 529 M 592 M 592 M
2007 365 M 401 M 441 M 495 M 554 M 554 M
2006 341 M 375 M 412 M 463 M 518 M 518 M
2005 319 M 351 M 385 M 433 M 484 M 484 M
2004 298 M 328 M 360 M 405 M 453 M 453 M
2003 279 M 307 M 337 M 379 M 424 M 424 M
2002 261 M 287 M 315 M 354 M 396 M 396 M
2001 244 M 268 M 295 M 331 M 370 M 370 M
2000 228 M 251 M 276 M 309 M 346 M 346 M
1999 213 M 235 M 258 M 289 M 324 M 324 M
TASAS
HABILITACIONES, INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE


Artículo 14: Ordenanza 065/2008, Art.79 ”Por la habilitación para el desarrollo de actividades de comercialización, industrialización y servicios se abonará una tasa por única vez al inicio de las actividades según los montos determinados por la Ordenanza Tributaria y/o la Ordenanza Presupuestaria Anual”. Esta tasa será abonada en hasta cuatro (4) cuotas mensuales y consecutivas.

Artículo 15: Alícuota General. Todo comercio, industria, prestación o servicio no incluido específicamente en esta ordenanza o en sus anexos, abonará 400 Módulos anuales o fracción proporcional hasta su incorporación por ordenanza.

Artículo 16: Las entidades sin fines de lucro, que justifiquen tal circunstancia mediante presentación de estatuto en el que conste expresamente la prohibición de repartir utilidades, obtendrán un descuento determinado por el DEM de hasta cincuenta porciento (50%).
COMERCIO
EN LOCALES Y/O INSTALACIONES ESPECÍFICAS:



Artículo 17 Cuando un comercio, industria o establecimiento involucre a más de un rubro, abonará el ciento por ciento (100%) de la tasa establecida para la actividad principal y el cincuenta por ciento (50%) de las actividades secundarias, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza; si agregara rubros con posterioridad, abonará el 50% del canon correspondiente a cada uno de los agregados.

Artículo 18: Años siguientes a la inscripción inicial o reinscripción (Art. 41 de la presente Ordenanza) de un comercio, industria o establecimiento: al solicitar a la Dirección de Inspectoría la expedición del Certificado de Habilitación anual, los titulares abonarán una tasa equivalente al 80 % de la tasa establecida en el Anexo I de la presente, con sujeción a las reglas de los artículos anteriores.
EN VÍA PÚBLICA


Artículo 19: Por el ejercicio del comercio o la prestación de servicios en la vía pública o instalaciones públicas se abonará una tasa diaria abonada por adelantado en el momento de otorgamiento del permiso, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza.

Artículo 20: Cuando involucre a más de un rubro, abonará el ciento por ciento (100%) de la tasa establecida para su actividad principal y el cincuenta por ciento (50%) de la tasa establecida para las actividades secundarias, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza...


SERVICIOS
LICENCIAS DE CONDUCIR


Artículo 21: Se establecen los siguientes valores de cobro para la obtención de la Licencia de Conducir o el Cambio de Categoría de la misma:

Clase A 50 M

Clase B 100 M

Clase C 120 M

Clase D 200 M

Clase D1 100 M

Clase E 200 M

Clase F sin cargo

Clase G 200 M

Artículo 22: La renovación de la Licencia de Conducir, sin cambio de categoría tendrá un valor de cobro del 70% de los valores establecidos en el Artículo Anterior.

Artículo 23: La renovación de la Licencia de Conducir sin cambio de categoría para los Jubilados y Pensionados mayores de 60 años y menores de 70 años, con Jubilaciones y Pensiones Mínimas, tendrá un costo de 35 M.

Artículo 24: La renovación anual de la Licencia de Conducir para las personas mayores de 70 años tendrá un costo de 20 M.
OTORGAMIENTO DE LIBRETA SANITARIA


Artículo 25 Por otorgamiento de la libreta sanitaria con vigencia de un (1) año se abonarán 20 M.
ALQUILER DE ESTRUCTURAS DE PUESTOS PARA FERIAS Y EVENTOS


Artículo 26: Cuando las estructuras de puestos para ferias no sean utilizadas para eventos de interés municipal a realizarse en el Predio Municipal, podrán darse en alquiler hasta por 10 días con montaje y desmontaje incluido:

Bloque de 6 puestos grandes con montaje y desmontaje:

Hasta 5 días 3000 M por bloque

De 5 a 10 días 4000 M por bloque

Bloque de 6 puestos chicos con montaje y desmontaje

Hasta 5 días 2000 M por bloque

De 5 a 10 días 3000 M por bloque



PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN


Artículo 27: Por la construcción de edificios o mejoras en la totalidad del ejido de El Hoyo, se abonará una tasa por permiso de edificación de acuerdo a los siguientes montos:
Obras Particulares:
Sellado

INGRESO TRAMITE PRESENTACION 5 M
Visado por m2

OBRA NUEVA VIVIENDA < 100 m2 1 M

OBRA NUEVA VIVIENDA > 100 m2 1,5 M

OBRA NUEVA COMERCIO < 100 m2 2 M

OBRA NUEVA COMERCIO > 100 m2 3 M

RELEVAMIENTO CONFORME A OBRA VIVIENDA 3 M

RELEVAMIENTO CONFORME A OBRA COMERCIO 4 M
MULTAS

AVANCE DE OBRA 15 M p/ Porcentaje

FALTA DE CARTEL DE OBRA 100 M Global
Catastro
Sellado

INGRESO TRAMITE PRESENTACION 5 M
Visado

MENSURAS URBANAS

SUBDIVISION SIMPLE hasta 12 LOTES 50 M+ 10 M x Lote

LOTEO mas 12 LOTES 75 M + 10 M x Lote

PH 500 M + 50 M x Unidad

MENSURAS RURALES

SUBDIVISION SIMPLE (Mínimo U.E.) 50 M

Con EXCEPCIÓN A NORMATIVA 100 M

LOTEO AGRESTE - CLUB DE CAMPO 500 M

PH 500 M + 50 M x Unidad


Artículo 28: La tasa establecida en el artículo anterior será abonada antes de iniciar la construcción.
INSPECCIÓN DE TIERRAS


Artículo 29: Se abonarán el siguiente monto:

Tasa de Inspección 50 M
SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL


Artículo 30: Por el arrendamiento de lotes de tierra para la construcción de panteones y la prestación del servicio de conservación y limpieza de los Cementerios Municipales se abonará una tasa anual de:

Sepultura unitaria común con loza 40 M

Panteón 300 M

Nicho 60 M
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS


Artículo 31: Fíjense las tasas por los Servicios Administrativos siguientes:

Certificado de Libre deuda Municipal 25 M

Cálculo y resumen de Deuda Municipal 25 M

Certificado de Baja 25 M

Certificado de Valuación Fiscal

Lote Único 60 M

Loteo de 2 a 20 50 M + 6 M por parcela

Loteo más de 20 50 M + 3 M por parcela
SERVICIOS RETRIBUTIVOS


Artículo 32: Establézcase la siguiente tasa anual por los siguientes servicios

Recolección de Residuos domiciliarios

Zona Urbana Central, Residencial y Servicios 60 M

Zona Rural 60 M

Alumbrado público

Zona Urbana Central, Residencial y Servicios 60 M

Mantenimiento de Calles y Callejones municipales

Por frentista de hasta 50m 60 M

Por cada 50m o fracción adicionales 40 M

Riego

Por frentista 60 M

Por cada 50m o fracción adicionales 40 M
UTILIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS POR EMPRESAS DE SERVICIOS


Artículo 33:

Por metro lineal:

Cañerías de agua, cloacas o gas natural 1 M

Cables de energía eléctrica 0,5 M

Redes de video 0,5 M

Fibra Óptica 0,5 M

Líneas telefónicas 0,5 M

Por poste o columna:

De cableado de baja tensión y otros servicios 20 M

De cableado de media y alta tensión 100 M

Por transformadores 400 M

Por armarios, gabinetes, cámaras, tableros, arquetas

o similares 100 M

Por ocupación del lote 3 de la manzana 37 con válvula

reductora de presión de gas. 4500 M
CARTELERÍA


Artículo 34: Por la instalación de carteles en la vía pública se abonará un canon anual de 120 M por metro cuadrado

Artículo 35: Si el cartel fuera transitorio abonará una tasa de 10 M por mes por metro cuadrado o fracción menor.
EXPLOTACIÓN DE EQUIPOS Y MÁQUINAS AGRÍCOLAS


Artículo 36: Fíjense las siguientes tasas por la explotación de equipos de propiedad Municipal.

Explotación de Equipos:

Viaje de camión (relleno) 150 M

Máquina Niveladora (costo por hora) 150 M

Máquina retroexcavadora (costo por hora) 150 M

Carga de Camión 60 M

Máquina cargadora (costo por hora) 160 M

Explotación de Máquinas Agrícolas (costo por hora):

Tractor 50 M

Tractor con arado de rejas y vertedera 70 M

Tractor con rastra de disco 70 M

Tractor con arado de disco 70 M

Tractor con cincel 70 M

Tractor con palón nivelador 70 M

Tractor con palón y cincel 70 M

Tractor con desmalezadora 70 M

Palón nivelador solo 50 M

Cincel solo 50 M

Rotativa 90 M

Desmalezadora sola 50 M



Artículo 37: Autorízase al DEM a proceder a la limpieza y desmalezamiento con cargo al propietario de aquellos terrenos particulares cuando:

* se hubiera comunicado al propietario fehacientemente la necesidad de desmalezar y no se hubiera hecho lugar,
* implique peligro sanitario o de episodios riesgosos para los demás vecinos.

El valor será de 0,50 M el m2 y se adicionará al impuesto a los Bienes Raíces.
ESPECTÁCULOS, EVENTOS, DEMOSTRACIONES


Artículo 38: Fíjense las siguientes tasas por espectáculos, eventos, demostraciones públicos en ejido municipal, con excepción de aquellos declarados de bien público por el Departamento Ejecutivo Municipal:

Bailes 300 M

Shows, recitales 2000 M

Juegos Hípicos 500 M

Otros 200 M

Artículo 39: En el caso de que el valor de la entrada sea igual o superior a los 10 M, deberá abonarse adicionalmente el 1% de la recaudación.
ALQUILER DE PROPIEDADES MUNICIPALES


Artículo 40: Se fijan los siguientes valores por el alquiler de espacios, instalaciones, locales, inmuebles y servicios de las propiedades municipales:

Gimnasio: (Reglamentación en Ordenanza Nº 077 /2008)

Utilización

Por hora

Fútbol 20 M

Por mes

Gimnasio de pesas 20 M

·Actividades de cobro mixto (yoga, artes marciales, talleres deportivos)

Municipio 10 M

Profesor 10 M

·Eventos sin cobro de entradas

Cumpleaños/ Peñas / Bailes 300 M

Ferias (de ropas, de artesanos) por stand por día 25 M

Eventos con cobro de entradas 400 M

Si la entrada es igual o mayor a 10 M, el 1% de la recaudación

Cartelería estática

Por Evento por cartel 250 M

Por tiempo, por m2 por mes o fracción 25 M
Centro Comunitario

Uso de salones para Cursos y Talleres de proyectos

privados por hora 5 M

Uso del Auditorio para eventos privados

sin uso de equipamiento municipal, por evento 50 M

Si la entrada es igual o mayor a 10 M, el 1% de la recaudación

Uso del Auditorio para eventos privados

con uso de equipamiento municipal, por evento 200 M

Si la entrada es igual o mayor a 10 M, el 1% de la recaudación


Locales comerciales por mes:

Vista al Oeste sobre RN 40 400 M

Vista al Este 250 M

Cabaña Lote 31, Manzana 5A, Lote 7 por mes 800 M

Casa Barrio Arrayanes Loteo 32bc, Mza 16, Lote 7 1000 M


Artículo 41: Se autoriza a DEM a establecer los plazos para empadronamiento en Ingresos Brutos y reempadronamiento en Habilitaciones Comerciales.

Artículo 42: Derógase la ordenanza 051/2004 y cualquier otra legislación anterior u opuesta a la presente Ordenanza.

miércoles, 24 de diciembre de 2008

presupuesto aprobado

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2008083 MEH

VISTO:

El Presupuesto de Gastos y Recursos para el Ejercicio Presupuestario 2009;

la Ley Provincial de Corporaciones Municipales 3098/88

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal presentó en forma y en el tiempo convenido con el HCD el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto para el Ejercicio 2009;

Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante sancionar el Presupuesto de Gastos y Recursos para el Ejercicio Presupuestario del año 2009.

POR ELLO Y:

En uso de facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo Nº1: ESTÍMASE en la suma de pesos TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ( $ 34.607.157,78.-), el total de EROGACIONES del Presupuesto de la Municipalidad de El Hoyo para el Ejercicio Fiscal 2009, de acuerdo al detalle obrante en la planilla ANEXO II, que forma parte de la presente Ordenanza
Artículo Nº2: ESTÍMASE en la suma de pesos TREINTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ( $ 34.607.157,78.-), el cálculo de RECURSOS destinados a atender las erogaciones a que se refiere el Artículo Nº1 de la presente Ordenanza, de acuerdo al detalle obrante en la planilla ANEXO I, que forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Nº3: Como consecuencia de los artículos 1 y 2 estímase el siguiente balance financiero preventivo:

EROGACIONES $ 34.607.157,78.-

RECURSOS $ 34.607.157,78.-

Artículo Nº4: FÍJASE en diecinueve (19) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente, en dos (2) cargos la Planta de Personal Temporario, en dos (2) cargos la Planta Superior (Intendente Municipal y Secretario de Gobierno), siete (7) cargos de Concejales y un (1) cargo de Secretario del Honorable Concejo Deliberante para el Ejercicio Fiscal 2009, de acuerdo al detalle que obra en la planilla ANEXO III que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo Nº5: FÍJASE para el Ejercicio Fiscal 2009 el valor del Módulo en un peso ($1.-)

Artículo Nº6: FÍJASE para el Ejercicio Fiscal 2009 en interés por mora de uno por ciento (1%) acumulativo mensual.

Artículo Nº7: AUTORÍZASE al DEM a realizar un descuento de hasta el cincuenta por ciento (50%) a la alícuota del Impuesto Automotor de vehículos no utilitarios a los contribuyentes que estén al día con sus obligaciones fiscales.

Artículo Nº8: AUTORÍZASE al DEM a realizar un descuento de hasta el sesenta por ciento (60%) a la alícuota del Impuesto a los Ingresos Brutos de acuerdo a la Ordenanza Tributaria a los contribuyentes que estén al día con sus obligaciones fiscales.

.

Artículo Nº9: AUTORÍZASE al DEM a realizar un descuento de hasta el veinte por ciento (20%) al Impuesto a los Bienes Raíces a los contribuyentes que abonen el año completo al vencimiento de la primera cuota y que estén al día con sus obligaciones fiscales.

Artículo Nº10: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese
$ 0,00 $ 0,00
Presupuesto 2009 PRESUPUESTO OPERATIVO 2009
Es posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.


INGRESOS CORRIENTES $ 34.607.157,78 .118.875,06
1. De Jurisdicción Municipal $ 2.572.063,43 1.956.985,03
1.1 Alquiler Propiedades Municipales $ 12.000,00 12.000,00
1.2 Alquiler de maquinaria $ 3.000,00 3.000,00
1.3 Recupero Sistema de Cloaca y Planta Depuradora $ 18.000,00 18.000,00
1.4 Recupero Viviendas $ 20.000,00 20.000,00
1.5 Servicios Retributivos $ 50.000,00 50.000,00
1.6 Tasa de Seguridad Contra Incendio $ 10.000,00
1.7 Impuesto a los Ingresos Brutos $ 120.000,00 120.000,00
1.8 Tasas Municipales $ 74.603,54 74.603,54
1.9 Venta Terrenos fiscales $ 200.000,00 200.000,00
1.10 Venta de Activo Fijo $ 50.000,00 50.000,00
1.11 Fiesta Nacional Fruta Fina $ 81.000,00 81.000,00
1.12 Financiamiento Insumos $ 700,00 700,00
1.13 Impuesto a los bienes raices $ 377.413,49 377.413,49
1.14 Impuesto Patente Automotor $ 395.628,00 395.628,00
1.15 Obras Particulares $ 120.000,00 120.000,00
1.16 Excedente Anticipo Coparticipación Período Anterior $ 290.000,00 290.000,00
1.17 Otros Ingresos $ 120.000,00 120.000,00
1.18 Recupero Programa Ideas $ 30.081,25
1.19 Recupero Programa Redes $ 64.997,15
1.20 Recupero Red de Gas Natural $ 15.000,00 15.000,00
1.21 Recupero fondo de reparo $ 450.000,00
1.22 Retención Impuesto a las Ganancias $ 60.000,00
1.23 Recupero Ayuda Eventual a Vecinos $ 5.000,00 5.000,00
1.24 Prog.Fin.Emergencia Volcanica $ 4.640,00 4.640,00


2. De Jurisdicción Provincial $ 31.080.094,35 3.161.890,03
2.1 Fiesta Nacional Fruta Fina $ 15.000,00
2.2 Coparticipación Impuestos federales $ 1.145.428,51 1.145.428,51
2.3 Coparticipación Regalías Hidroeléctricas $ 41.919,32 41.919,32
2.4 Coparticipación Regalías Gasíferas $ 69.360,70 69.360,70
2.5 Coparticipación Regalías Petroleras $ 1.755.181,50 1.755.181,50
2.6 ATP $ 150.000,00 150.000,00
2.7 Subsidios Provincia del Chubut $ 200.000,00
2.8 Plan Calidez $ 42.000,00
2.9 Subsidio garrafas $ 14.000,00
2.10 MFPS - Cuidados Domiciliarios 3ra. Edad $ 48.000,00
2.11 MFPS - Construcción de 9 viviendas $ 300.856,38
2.12 Protección de Derechos aporte provincial $ 8.723,72
2.13 Reintegro Juegos Evita $ 24.000,00
2.14 MJP - Construcción Juzgado Paz $ 70.000,00
2.15 IPV y DU - Construcción 20 Viviendas $ 75.000,00
2.16 IPV y DU - Mejoramiento 38 Viviendas $ 200.000,00
2.17 IPV y DU - Recursos Insuficientes $ 79.253,99
2.18 IPV y DU - Construcción Vivienda Salud $ 97.400,00
2.19 IPV Y DU - Refaccion 4 casas $ 20.000,00
2.20 IPV y DU - Mejoramiento 60 Viviendas $ 1.500.000,00
2.21 IPV y DU - Cercado y Servicios Predio Polideportivo $ 370.000,00
2.22 IPV y DU - Ampliación y Mejora Of. Informes Turísticos $ 500.000,00
2.23 IPV y DU - Parquización Espacios Verdes $ 200.000,00
2.24 IPV y DU - Instal Sanitarios Playa Vecinos Pto. Patriada $ 142.000,00
2.25 MIAG - Limpieza y Apertura Canales $ 200.000,00
2.26 UEP - 75 Conexiones Domiciliarias de Gas $ 24.772,46
2.27 UEP - 43 Conexiones Domiciliarias de Gas $ 167.441,86
2.28 UEP - Cuartel Bomberos $ 350.000,00
2.29 UEP - Ampliación Hospital $ 100.000,00
2.30 UEP - Cinco Viviendas Rurales Dispersas $ 50.000,00
2.31 UEP - Edificio Recreación Infantil $ 50.000,00
2.32 UEP - Red de Gas El Sauzal I $ 300.000,00
2.33 UEP - Red de Gas Currumahuida $ 280.000,00
2.34 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 1 $ 403.104,05
2.35 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 2 $ 409.979,26
2.36 UEP - Canal Desague Pluvial Paladino $ 1.355.000,00
2.37 UEP - Refacción Gimnasio Municipal $ 177.615,00
2.38 UEP - Refacción Museo Municipal $ 80.000,00
2.39 UEP - Corralon Municipal $ 2.595.000,00
2.40 UEP - Centro Comunitario El Desemboque $ 450.000,00
2.41 UEP - Parque industrial servicios $ 2.000.000,00
2.42 UEP - Ampliación Centro Comunitario $ 750.000,00
2.43 UEP - Regularización de Tierras Etapa I $ 500.000,00
2.44 Rec. Hídricos - Canal Aliviador R.Epuyén $ 860.000,00
2.45 DGSP - Red de Gas El Sauzal II - El Pinar $ 440.000,00
2.46 DGSP - Proyecto red de agua $ 90.000,00
2.47 DGSP - Proyecto Planta Depuradora $ 150.000,00
2.48 DGSP - Planta Depuradora $ 6.000.000,00
2.49 DGSP - Operación Red de Agua $ 72.057,60
2.50 DGSP - Proyecto Ampliación Cisternas Pedregoso/Leiva $ 450.000,00
2.51 DGSP - Ampliación de redes de gas $ 855.000,00
2.52 MEP - Escuela Primaria y SUM $ 4.500.000,00
2.53 MEP - Transporte escolar $ 24.000,00
2.54 Sec.Cultura - Aporte Prov. Fiesta Pto.Patriada $ 2.000,00
2.55 MT - Cursos y Talleres de fomento de Empleo $ 326.000,00

3. De Jurisdicción Nacional $ 955.000,00
3.1 Proyecto Alumbrado $ 955.000,00
Es posible que tu navegador no permita visualizar esta imagen.


EROGACIONES CORRIENTES $ 34.607.157,78 $ 5.118.875,06


09.01 Finanzas y Administración $ 3.919.304,08 $ 3.659.304,08
09.01.01 Personal $ 1.766.189,13 1.766.189,13
09.01.01.01 Aportes y retenciones al ISSS $ 369.341,83 369.341,83
09.01.01.02 Asignaciones Familiares $ 207.747,80 207.747,80
09.01.01.03 Otros Conceptos $ 50.000,00 50.000,00
09.01.01.04 Personal Concejo Deliberante - Administrativo - Sueldo Neto - $ 26.628,77 26.628,77
09.01.01.05 Personal Concejo Deliberante - Dieta Concejales - Neto - $ 196.457,55 196.457,55
09.01.01.06 HCD Ingreso no remunerativo $ 52.800,00 52.800,00
09.01.01.07 Personal P. Permanente - Administrativo - Sueldo Neto - $ 291.238,88 291.238,88
09.01.01.08 Personal P. Permanente - Operativo - Sueldo Neto - $ 332.228,87 332.228,87
09.01.01.09 Personal P. Permanente - Superior - Sueldo Neto - $ 137.577,12 137.577,12
09.01.01.10 Personal P. Temporaria - Sueldo Neto - $ 102.168,31 102.168,31

09.01.02 Contrataciones $ 1.157.953,69 1.157.953,69
09.01.02.01 Contratación personal administrativo $ 505.568,00 505.568,00
09.01.02.02 Contratación personal operativo $ 309.748,89 309.748,89
09.01.02.03 Contratación de servicios $ 306.672,80 306.672,80
09.01.02.04 Brigadista S.P Man. Del Fuego $ 35.964,00 35.964,00

09.01.03 Administración $ 566.864,73 306.864,73
09.01.03.01 Bienes secundarios $ 43.500,00 43.500,00
09.01.03.02 Utiles de Oficina $ 30.000,00 30.000,00
09.01.03.03 Comisión bancaria $ 9.157,08 9.157,08
09.01.03.04 Seguros y gastos financieros $ 39.837,93 39.837,93
09.01.03.06 Pago de servicios $ 92.469,73 92.469,73
09.01.03.07 Viáticos y Movilidad $ 25.000,00 25.000,00
09.01.03.08 Cortesía y Homenaje $ 20.000,00 20.000,00
09.01.03.09 Publicidad y Propaganda $ 40.000,00 40.000,00
09.01.03.10 Alquiler oficinas municipales $ 6.900,00 6.900,00
09.01.03.11 Subsidios Provincia del Chubut $ 200.000,00
09.01.03.12 Depósito DGI/AFIP $ 60.000,00

09.01.04 Amortizaciones $ 296.796,53 296.796,53
09.01.04.01 IPV y DU $ 67.717,56 67.717,56
09.01.04.02 Deuda gestión anterior $ 129.478,97 129.478,97
09.01.04.03 Amortización Adelanto coparticipación $ 99.600,00 99.600,00

09.01.05 Activo Fijo $ 131.500,00 131.500,00
09.01.05.01 Equipamiento $ 16.500,00 16.500,00
09.01.05.02 Equipamiento informático $ 25.000,00 25.000,00
09.01.05.03 Muebles $ 25.000,00 25.000,00
09.01.05.04 Herramientas $ 15.000,00 15.000,00
09.01.05.05 Compra de Activos $ 50.000,00 50.000,00

09.02 Inspectoría y Seguridad $ 71.000,00 $ 61.000,00
09.02.01 Gastos inspectoría $ 6.000,00 6.000,00
09.02.02 Defensa Civil $ 11.000,00 11.000,00
09.02.03 Aporte a Bomberos $ 24.000,00 24.000,00
09.02.04 Tasa de Seguridad contra Incendios $ 10.000,00
09.02.05 Fondo compensador eventos adversos $ 20.000,00 20.000,00

09.03 Desarrollo Económico $ 30.000,00 $ 30.000,00
09.03.01 Desarrollo e Implementación de Proyectos $ 25.000,00 25.000,00
09.03.02 Encuesta Económica $ 5.000,00 5.000,00

09.04 Desarrollo Social $ 371.923,60 $ 164.121,48
09.04.01 Aporte Consejo de Mayores $ 2.500,00 2.500,00
09.04.02 Aporte Grupo Esperanzados $ 2.800,00 2.800,00
09.04.03 Asistencia a SUM $ 10.000,00 10.000,00
09.04.04 Programa Asistencia Familias NBI $ 30.000,00 30.000,00
09.04.05 Asistencia a Familias por Emergencia Económica $ 25.000,00 25.000,00
09.04.06 Programa Discapacidad $ 8.000,00 8.000,00
09.04.07 Aporte a Sala Maternal $ 2.000,00 2.000,00
09.04.08 Servicio Prot de Derechos Aporte Municipal $ 5.000,00 5.000,00
09.04.09 Protección de Derechos Aporte Provincial $ 8.723,72
09.04.10 Jornadas y Eventos Locales de Interés Social $ 10.000,00 10.000,00
09.04.11 Movilidad jornada de interes social $ 7.500,00 7.500,00
09.04.12 Programa 3ra. Edad $ 10.000,00 10.000,00
09.04.13 MFPS - Cuidados Domiciliarios 3ra. Edad $ 48.000,00
09.04.14 Programa Niñez y Adolescencia $ 16.000,00 16.000,00
09.04.15 Programa de Desarrollo Comunitario $ 10.000,00 10.000,00
09.04.16 Sistema Único de Beneficiarios $ 4.500,00 4.500,00
09.04.17 Aporte Municipal a Alcohólicos Anónimos $ 4.800,00 4.800,00
09.04.18 Financiamiento de Insumos $ 700,00 700,00
09.04.19 Programa Ideas Chubut $ 30.081,25
09.04.20 Programa Redes $ 64.997,15
09.04.21 Asistencia a Emprendedores Pequeños $ 10.321,48 10.321,48
09.04.22 Plan Calidez $ 42.000,00
09.04.23 Subsidio garrafas $ 14.000,00
09.04.24 Ayuda Eventual a Vecinos $ 5.000,00 5.000,00

09.05 Capacitación y Empleo $ 341.000,00 $ 15.000,00
09.05.01 Soporte a Cursos de Capacitación $ 10.000,00 10.000,00
09.05.02 Implementación Bolsa de Trabajo $ 5.000,00 5.000,00
09.05.03 Cursos en ejecución $ 126.950,72
09.05.10 Nuevas capacitaciones $ 199.049,28

09.06 Cultura y Educación $ 208.671,85 $ 182.671,85
09.06.01 Aporte a Estudiantes Nivel Terciario $ 72.000,00 72.000,00
09.06.02 Aporte Museo Municipal $ 12.000,00 12.000,00
09.06.04 Implementación de Talleres $ 44.121,85 44.121,85
09.06.05 Actividades culturales varias $ 26.050,00 26.050,00
09.06.06 Educación $ 8.500,00 8.500,00
09.06.07 Sec.Cultura - Aporte Prov.Fiesta Pto.Patriada $ 2.000,00
09.06.08 Aniversario del pueblo $ 20.000,00 20.000,00
09.06.09 Transporte escolar $ 24.000,00

09.07 Deportes $ 269.000,00 $ 245.000,00
09.07.01 Profesores y elementos deportivos $ 170.000,00 170.000,00
09.07.02 Actividades de Verano $ 40.000,00 40.000,00
09.07.03 Gastos Varios (Deporte) $ 25.000,00 25.000,00
09.07.04 Juegos Evita $ 24.000,00
09.07.05 Aporte a otras instituciones $ 10.000,00 10.000,00

09.08 Turismo $ 210.000,00 $ 195.000,00
09.08.01 Promoción Turística $ 45.360,00 45.360,00
09.08.02 Plan de Desarrollo Turístico $ 10.000,00 10.000,00
09.08.03 Fiesta Nacional de la Fruta Fina $ 150.000,00 135.000,00
09.08.04 Proyectos especiales (Dev. Créd. Em. Volcánica) $ 4.640,00 4.640,00

09.09 Urbanismo $ 29.106.990,25 $ 487.509,65
09.09.01 Trabajos Públicos $ 28.556.990,25 437.509,65
09.09.01.01 Apertura y Mantenimiento Caminos $ 20.000,00 20.000,00
09.09.01.02 Limpieza y Apertura Canales $ 0,00 0,00
09.09.01.03 Mantenimiento Edificios Públicos $ 95.400,62 95.400,62
09.09.01.04 Obras Publicas Varias $ 66.592,54 66.592,54
09.09.01.05 Riego de Calles $ 30.000,00 30.000,00
09.09.01.06 Combustibles y Lubricantes $ 85.200,00 85.200,00
09.09.01.07 Repuestos y reparación de equipos $ 65.316,48 65.316,48
09.09.01.08 Recolección de residuos $ 60.000,00 60.000,00
09.09.01.09 Instalación artefactos 46 viviendas $ 15.000,00 15.000,00
09.09.01.10 Reintegro Fondo de Reparo y Garantía $ 450.000,00
09.09.01.11 MJP - Construcción Juzgado Paz $ 70.000,00
09.09.01.12 MFPS - Construcción de 9 viviendas $ 300.856,38
09.09.01.13 IPV y DU - Construcción 20 Viviendas $ 75.000,00
09.09.01.14 IPV y DU - Mejoramiento 38 Viviendas $ 200.000,00
09.09.01.15 IPV y DU - Recursos Insuficientes $ 79.253,99
09.09.01.16 IPV y DU - Construcción Vivienda Salud $ 97.400,00
09.09.01.17 IPV Y DU - Refaccion 4 casas $ 20.000,00
09.09.01.18 IPV y DU - Mejoramiento 60 Viviendas $ 1.500.000,00
09.09.01.19 IPV y DU - Cercado y Servicios Predio Polideportivo $ 370.000,00
09.09.01.20 IPV y DU - Ampliación y Mejora Of. Informes Turísticos $ 500.000,00
09.09.01.21 IPV y DU - Parquización Espacios Verdes $ 200.000,00
09.09.01.22 IPV y DU - Instal Sanitarios Playa Vecinos Pto. Patriada $ 142.000,00
09.09.01.23 MIAG - Limpieza y Apertura Canales $ 200.000,00
09.09.01.24 UEP - 75 Conexiones Domiciliarias de Gas $ 24.772,46
09.09.01.25 UEP - 43 Conexiones Domiciliarias de Gas $ 167.441,86
09.09.01.26 UEP - Cuartel Bomberos $ 350.000,00
09.09.01.27 UEP - Ampliación Hospital $ 100.000,00
09.09.01.28 UEP - Cinco Viviendas Rurales Dispersas $ 50.000,00
09.09.01.29 UEP - Edificio Recreación Infantil $ 50.000,00
09.09.01.30 UEP - Red de Gas El Sauzal I $ 300.000,00
09.09.01.31 UEP - Red de Gas Currumahuida $ 280.000,00
09.09.01.32 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 1 $ 403.104,05
09.09.01.33 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 2 $ 409.979,26
09.09.01.34 UEP - Canal Desague Pluvial Paladino $ 1.355.000,00
09.09.01.35 UEP - Refacción Gimnasio Municipal $ 177.615,00
09.09.01.36 UEP - Refacción Museo Municipal $ 80.000,00
09.09.01.37 UEP - Corralon Municipal $ 2.595.000,00
09.09.01.38 UEP - Centro Comunitario El Desemboque $ 450.000,00
09.09.01.39 UEP - Parque industrial servicios $ 2.000.000,00
09.09.01.40 UEP - Ampliación Centro Comunitario $ 750.000,00
09.09.01.41 Rec. Hídricos - Canal Aliviador R.Epuyén $ 860.000,00
09.09.01.42 DGSP - Red de Gas El Sauzal II - El Pinar $ 440.000,00
09.09.01.43 DGSP - Proyecto red de agua $ 90.000,00
09.09.01.44 DGSP - Proyecto Planta Depuradora $ 150.000,00
09.09.01.45 DGSP - Planta Depuradora $ 6.000.000,00
09.09.01.46 DGSP - Operación Red de Agua $ 72.057,60
09.09.01.47 DGSP - Proyecto Ampliación Cisternas Pedregoso/Leiva $ 450.000,00
09.09.01.48 DGSP - Ampliación de redes de gas $ 855.000,00
09.09.01.49 MEP - Escuela Primaria y SUM $ 4.500.000,00
09.09.01.50 Nación - DGSP - Alumbrado Publico $ 955.000,00


09.09.02 Tierras $ 550.000,00 50.000,00
09.09.02.01 Gastos de mensura $ 50.000,00 50.000,00
09.09.02.02 UEP - Regularización de Tierras Etapa I $ 500.000,00

9.10 Honorable Concejo Deliberante $ 79.268,00 $ 79.268,00
09.10.01 Gastos HCD $ 79.268,00 79.268,00

ANEXO III – ORDENANZA MUNICIPAL Nº /2008 MEH

DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL


PLANTA SUPERIOR

Intendente Municipal Un (1) cargo

Secretaría de Gobierno Un (1) cargo

PLANTA TEMPORARIA:

Secretaría de Urbanismo Un (1) cargo

Secretaría de Hacienda y Servicios Un (1) cargo

PLANTA PERMANENTE:

CATEGORÍAS
A B C D E
CLASES 1 5
2
3
4
5 2 1
6
7 4
8 2
9 2 1
10 1
Totales 11 5 2

Dieciocho (18) cargos en Planta

Un (1) cargo reservado

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

Concejales Siete (7) cargos

Secretario Un (1) cargo


TOTAL PLANTA PERSONAL MUNICIPALIDAD DE EL HOYO:

Treinta y uno (31) cargos.

Dada en la Sala del Honorable Concejo deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 19 de diciembre del año 2008.-----------------------------

lunes, 15 de diciembre de 2008

el supuesto presupuesto

RECURSOS CORRIENTES $ 34.114.301,40

jurisdicción municipal $ 2.282.063,43
1.1 Alquiler Propiedades Municipales $ 12.000,00
1.2 Alquiler de maquinaria $ 3.000,00
1.3 Recupero Sistema de Cloaca y Planta Depuradora $ 18.000,00
1.4 Recupero Viviendas $ 20.000,00
1.5 Servicios Retributivos $ 50.000,00
1.6 Tasa de Seguridad Contra Incendio $ 10.000,00
1.7 Impuesto a los Ingresos Brutos $ 120.000,00
1.8 Tasas Municipales $ 74.603,54
1.9 Venta Terrenos fiscales $ 200.000,00
1.10 Venta de Activo Fijo $ 50.000,00
1.11 Fiesta Nacional Fruta Fina $ 81.000,00
1.12 Financiamiento Insumos $ 700,00
1.13 Impuesto a los bienes raices $ 377.413,49
1.14 Impuesto Patente Automotor $ 395.628,00
1.15 Obras Particulares $ 120.000,00
1.16 Otros Ingresos $ 120.000,00
1.17 Recupero Programa Ideas $ 30.081,25
1.18 Recupero Programa Redes $ 64.997,15
1.19 Recupero Red de Gas Natural $ 15.000,00
1.20 Recupero fondo de reparo $ 450.000,00
1.21 Retención Impuesto a las Ganancias $ 60.000,00
1.22 Recupero Ayuda Eventual a Vecinos $ 5.000,00
1.23 Prog.Fin.Emergencia Volcanica $ 4.640,00


de jurisdicción provincial $ 30.877.237,97
2.1 Fiesta Nacional Fruta Fina $ 15.000,00
2.2 Coparticipación Impuestos federales $ 1.145.428,51
2.3 Coparticipación Regalías Hidroeléctricas $ 41.919,32
2.4 Coparticipación Regalías Gasíferas $ 69.360,70
2.5 Coparticipación Regalías Petroleras $ 1.755.181,50
2.6 ATP $ 150.000,00
2.7 Excedente Anticipo Cop. Período Anterior $ 290.000,00
2.8 Subsidios Provincia del Chubut $ 200.000,00
2.9 Plan Calidez $ 42.000,00
2.10 Subsidio garrafas $ 14.000,00
2.11 Protección de Derechos aporte provincial $ 8.723,72
2.12 Reintegro Juegos Evita $ 24.000,00
2.13 MJP - Construcción Juzgado Paz $ 70.000,00
2.14 IPV y DU - Construcción 20 Viviendas $ 75.000,00
2.15 IPV y DU - Mejoramiento 38 Viviendas $ 200.000,00
2.16 IPV y DU - Recursos Insuficientes $ 79.253,99
2.17 IPV y DU - Construcción Vivienda Salud $ 97.400,00
2.18 IPV Y DU - Refaccion 4 casas $ 20.000,00
2.19 IPV y DU - Mejoramiento 60 Viviendas $ 1.500.000,00
2.20 IPV y DU - Cercado y Serv. Predio Polidep.$ 370.000,00
2.21 IPV y DU - Amp.y Mejora Of. Inf Turísticos$ 500.000,00
2.22 IPV y DU - Parquización Espacios Verdes $ 200.000,00
2.23 MIAG - Limpieza y Apertura Canales $ 200.000,00
2.24 UEP - 75 Conexiones Domiciliarias de Gas $ 24.772,46
2.25 UEP - 43 Conexiones Domiciliarias de Gas $ 167.441,86
2.26 UEP - Cuartel Bomberos $ 350.000,00
2.27 UEP - Ampliación Hospital $ 100.000,00
2.28 UEP - Cinco Viviendas Rurales Dispersas $ 50.000,00
2.29 UEP - Edificio Recreación Infantil $ 50.000,00
2.30 UEP - Red de Gas El Sauzal I $ 300.000,00
2.31 UEP - Red de Gas Currumahuida $ 280.000,00
2.32 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 1 $ 403.104,05
2.33 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 2 $ 409.979,26
2.34 UEP - Canal Desague Pluvial Paladino $ 1.355.000,00
2.35 UEP - Refacción Gimnasio Municipal $ 177.615,00
2.36 UEP - Refacción Museo Municipal $ 80.000,00
2.37 UEP - Corralon Municipal $ 2.595.000,00
2.38 UEP - Centro Comunitario El Desemboque $ 450.000,00
2.39 UEP - Parque industrial servicios $ 2.000.000,00
2.40 UEP - Ampliación Centro Comunitario $ 750.000,00
2.41 UEP - Regularización de Tierras Etapa I $ 500.000,00
2.42 Rec. Hídricos - Canal Aliviador R.Epuyén $ 860.000,00
2.43 DGSP - Red de Gas El Sauzal II - El Pinar $ 440.000,00
2.44 DGSP - Proyecto red de agua $ 90.000,00
2.45 DGSP - Proyecto Planta Depuradora $ 150.000,00
2.46 DGSP - Planta Depuradora $ 6.000.000,00
2.47 DGSP - Operación Red de Agua $ 72.057,60
2.48 DGSP - Proy. Amp.Cisternas Pedregoso/Leiva$ 450.000,00
2.49 DGSP - Ampliación de redes de gas $ 855.000,00
2.50 MEP - Escuela Primaria y SUM $ 4.500.000,00
2.51 MEP - Transporte escolar $ 24.000,00
2.52 MT - Cursos y Talleres de fom de Empleo $ 326.000,00

de jurisdicción nacional $ 955.000,00

3.1 Proyecto Alumbrado $ 955.000,00


EROGACIONES CORRIENTES $ 34.114.301,40
Finanzas y Administración $ 3.919.304,08
Personal $ 1.766.189,13
09.01.01.01 Aportes y retenciones al ISSS $ 369.341,83
09.01.01.02 Asignaciones Familiares $ 207.747,80
09.01.01.03 Otros Conceptos $ 50.000,00
09.01.01.04 Personal HCD. Admin- Sueldo Neto - $ 26.628,77
09.01.01.05 Personal HCD-Dieta Concejales- $ 196.457,55
09.01.01.06 HCD Ingreso no remunerativo $ 52.800,00
09.01.01.07 Personal P. Permanente - Administrativo - Sueldo Neto - $ 291.238,88
09.01.01.08 Personal P. Permanente - Operativo - Sueldo Neto - $ 332.228,87
09.01.01.09 Personal P. Permanente - Superior - Sueldo Neto - $ 137.577,12
09.01.01.10 Personal P. Temporaria - Sueldo Neto - $ 102.168,31

Contrataciones $ 1.157.953,69
09.01.02.01 Contratación personal administrativo $ 505.568,00
09.01.02.02 Contratación personal operativo $ 309.748,89
09.01.02.03 Contratación de servicios $ 306.672,80
09.01.02.04 Brigadista S.P Man. Del Fuego $ 35.964,00

Administración $ 573.364,73
09.01.03.01 Bienes secundarios $ 40.000,00
09.01.03.02 Utiles de Oficina $ 30.000,00
09.01.03.03 Comisión bancaria $ 9.157,08
09.01.03.04 Seguros y g. financieros$ 39.837,93
09.01.03.05 Tasa de Seguridad contra Incendios $ 10.000,00
09.01.03.06 Pago de servicios $ 92.469,73
09.01.03.07 Viáticos y Movilidad $ 25.000,00
09.01.03.08 Cortesía y Homenaje $ 20.000,00
09.01.03.09 Publicidad y Propaganda $ 40.000,00
09.01.03.10 Alquiler oficinas municipales $ 6.900,00
09.01.03.11 Subsidios Provincia del Chubut $ 200.000,00
09.01.03.12 Depósito DGI/AFIP $ 60.000,00

Amortizaciones $ 296.796,53
09.01.04.01 IPV y DU $ 67.717,56
09.01.04.02 Deuda gestión anterior $ 129.478,97
09.01.04.03 Amort.Ad coparticipación $ 99.600,00

Activo Fijo $ 125.000,00
09.01.05.01 Equipamiento $ 10.000,00
09.01.05.02 Equipamiento informático $ 25.000,00
09.01.05.03 Muebles $ 25.000,00
09.01.05.04 Herramientas $ 15.000,00
09.01.05.05 Compra de Activos $ 50.000,00

Inspectoría y Seguridad $ 71.000,00

09.02.01 Gastos inspectoría $ 6.000,00
09.02.02 Defensa Civil $ 11.000,00
09.02.03 Aporte a Bomberos $ 24.000,00
09.02.04 Tasa de Seguridad contra Incendios $ 10.000,00
09.02.05 Fondo compensador eventos adversos $ 20.000,00

Desarrollo Económico $ 30.000,00
09.03.01 Desarrollo e Implementación de Proyectos $ 25.000,00
09.03.02 Encuesta Económica $ 5.000,00

Desarrollo Social $ 323.923,60
09.04.01 Aporte Consejo de Mayores $ 2.500,00
09.04.02 Aporte Grupo Esperanzados $ 2.800,00
09.04.03 Asistencia a SUM $ 10.000,00
09.04.04 Programa Asistencia Familias NBI$ 30.000,00
09.04.05 Asis Familias por Emer Económica$ 25.000,00
09.04.06 Programa Discapacidad $ 8.000,00
09.04.07 Aporte a Sala Maternal $ 2.000,00
09.04.08 Servicio Prot de Derechos Aporte Municipal $ 5.000,00
09.04.09 Protección de Derechos Aporte Provincial $ 8.723,72
09.04.10 Jornadas y Eventos Locales de Interés Social $ 10.000,00
09.04.11 Movilidad jornada de interes social $ 7.500,00
09.04.12 Programa 3ra. Edad $ 10.000,00
09.04.13 Programa Niñez y Adolescencia $ 16.000,00
09.04.14 Programa de Desarrollo Comunitario $ 10.000,00
09.04.15 Sistema Único de Beneficiarios $ 4.500,00
09.04.16 Aporte Municipal a Alcohólicos Anónimos $ 4.800,00
09.04.17 Financiamiento de Insumos $ 700,00
09.04.18 Programa Ideas Chubut $ 30.081,25
09.04.19 Programa Redes $ 64.997,15
09.04.20 Asistencia a Emprendedores Pequeños $ 10.321,48
09.04.21 Plan Calidez $ 42.000,00
09.04.22 Subsidio garrafas $ 14.000,00
09.04.23 Ayuda Eventual a Vecinos $ 5.000,00

Capacitación y Empleo $ 341.000,00

09.05.01 Soporte a Cursos de Capacitación $ 10.000,00
09.05.02 Implementación Bolsa de Trabajo $ 5.000,00
09.05.03 Cursos en ejecución $ 126.950,72
09.05.10 Nuevas capacitaciones $ 199.049,28

Cultura y Educación $ 206.671,85
09.06.01 Aporte a Estudiantes Nivel Terciario $ 72.000,00
09.06.02 Aporte Museo Municipal $ 12.000,00
09.06.03 Aporte Reina Fiesta Nacional Fruta Fina $ 0,00
09.06.04 Implementación de Talleres $ 44.121,85
09.06.05 Actividades culturales varias $ 26.050,00
09.06.06 Educación $ 8.500,00
09.06.07 Aporte a fiesta Puerto Patriada $ 0,00
09.06.08 Aniversario del pueblo $ 20.000,00
09.06.09 Transporte escolar $ 24.000,00

Deportes $ 269.000,00

09.07.01 Profesores y elementos deportivos $ 170.000,00
09.07.02 Actividades de Verano $ 40.000,00
09.07.03 Gastos Varios (Deporte) $ 25.000,00
09.07.04 Juegos Evita $ 24.000,00
09.07.05 Aporte a otras instituciones $ 10.000,00

Turismo $ 210.000,00
09.08.01 Promoción Turística $ 45.360,00
09.08.02 Plan de Desarrollo Turístico $ 10.000,00
09.08.03 Fiesta Nacional de la Fruta Fina $ 150.000,00
09.08.04 Proyectos especiales (Dev. Créd. Em. Volcánica) $ 4.640,00

Urbanismo $ 28.664.133,87
Trabajos públicos $ 28.114.133,87
09.09.01.01 Apertura y Mantenimiento Caminos $ 20.000,00
09.09.01.02 Limpieza y Apertura Canales $ 0,00
09.09.01.03 Mantenimiento Edificios Públicos $ 95.400,62
09.09.01.04 Obras Publicas Varias $ 66.592,54
09.09.01.05 Riego de Calles $ 30.000,00
09.09.01.06 Combustibles y Lubricantes $ 85.200,00
09.09.01.07 Repuestos y reparación de equipos $ 65.316,48
09.09.01.08 Recolección de residuos $ 60.000,00
09.09.01.09 Instalación artefactos 46 viviendas $ 15.000,00
09.09.01.10 Reintegro Fondo de Reparo y Garantía $ 450.000,00
09.09.01.11 MJP - Construcción Juzgado Paz $ 70.000,00
09.09.01.12 IPV y DU - Construcción 20 Viviendas $ 75.000,00
09.09.01.13 IPV y DU - Mejoramiento 38 Viviendas $ 200.000,00
09.09.01.14 IPV y DU - Recursos Insuficientes $ 79.253,99
09.09.01.15 IPV y DU - Construcción Vivienda Salud $ 97.400,00
09.09.01.16 IPV Y DU - Refaccion 4 casas $ 20.000,00
09.09.01.17 IPV y DU - Mejoramiento 60 Viviendas $ 1.500.000,00
09.09.01.18 IPV y DU - Predio Polideportivo $ 370.000,00
09.09.01.19 IPV y DU - Amp Of. Informes Turísticos $ 500.000,00
09.09.01.20 IPV y DU - Parquización Espacios Verdes $ 200.000,00
09.09.01.21 MIAG - Limpieza y Apertura Canales $ 200.000,00
09.09.01.22 UEP - 75 Conexiones Domiciliarias de Gas$ 24.772,46
09.09.01.23 UEP - 43 Conexiones Domiciliarias de Gas$ 167.441,86
09.09.01.24 UEP - Cuartel Bomberos $ 350.000,00
09.09.01.25 UEP - Ampliación Hospital $ 100.000,00
09.09.01.26 UEP - Cinco Viviendas Rurales Dispersas $ 50.000,00
09.09.01.27 UEP - Edificio Recreación Infantil $ 50.000,00
09.09.01.28 UEP - Red de Gas El Sauzal I $ 300.000,00
09.09.01.29 UEP - Red de Gas Currumahuida $ 280.000,00
09.09.01.30 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 1 $ 403.104,05
09.09.01.31 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 2 $ 409.979,26
09.09.01.32 UEP - Canal Desague Pluvial Paladino $ 1.355.000,00
09.09.01.33 UEP - Refacción Gimnasio Municipal $ 177.615,00
09.09.01.34 UEP - Refacción Museo Municipal $ 80.000,00
09.09.01.35 UEP - Corralon Municipal $ 2.595.000,00
09.09.01.36 UEP - Centro Comunitario El Desemboque $ 450.000,00
09.09.01.37 UEP - Parque industrial servicios $ 2.000.000,00
09.09.01.38 UEP - Ampliación Centro Comunitario $ 750.000,00
09.09.01.40 Rec. Hídricos - Canal Aliviador R.Epuyén$ 860.000,00
09.09.01.41 DGSP - Red de Gas El Sauzal II- El Pinar$ 440.000,00
09.09.01.42 DGSP - Proyecto red de agua $ 90.000,00
09.09.01.43 DGSP - Proyecto Planta Depuradora $ 150.000,00
09.09.01.44 DGSP - Planta Depuradora $ 6.000.000,00
09.09.01.45 DGSP - Operación Red de Agua $ 72.057,60
09.09.01.46 DGSP - Proy Amp cisternas Pedregoso/Leiva$ 450.000,00
09.09.01.47 DGSP - Ampliación de redes de gas $ 855.000,00
09.09.01.48 MEP - Escuela Primaria y SUM $ 4.500.000,00
09.09.01.49 Nación - DGSP - Alumbrado Publico $ 955.000,00


Tierras $ 550.000,00
09.09.02.01 Gastos de mensura $ 50.000,00
09.09.02.02 UEP - Regularización de Tierras Etapa I $ 500.000,00

Honorable Concejo Deliberante $ 79.268,00
09.10.01 Gastos HCD $ 79.268,00

miércoles, 3 de diciembre de 2008

definitivamente aprobada

La ordenanza que protege las aguas del lago epuyen
regulando la navegación, quedó hoy definitivamente sancionada

votamos por el SI Larenas, Crist, Bondel, Santillan y Huisman
votó por el NO Mellado

martes, 2 de diciembre de 2008

orden del día, sesión 03 de diciembre

Minuta



1. Lectura acta borrador sesión anterior.-
2. Lectura de los informes de comisión.-

Proyectos de Ejecutivo:
1. Proy. De Ord. Modificación de presupuesto.-
2. Proy. De Ord. Adherir a las leyes nº 5769/08 y 5770/08.-
3. Proy. De Ordenanza Tributaria.-

Notas recibidas del Ejecutivo:
1. Urbanismo: Eleva nota ref. inspecciones y mensura y adj. en venta.-
2. Eleva Resolución Nº 536/08 veta Ordenanza 073/08.-
3. Eleva Resolución Nº 537/08 veto parcial Ordenanza 074/08.-
4. Eleva Resolución Nº 539/08 rechaza la Resolución Nº 018/08 HCD.-

Proyectos del Legislativo:
1. Proy. De Declaración de Interés producción orgánica.-
2. Proy. De Comunicación ref. terreno para centro de jubilados y pensionados.-
3. Tratar fecha de la próxima sesión ordinaria.-

Notas recibidas en el Legislativo:
1. Andrea Fernández: solicita ratificación ord. 031/05.-
2. Carlos Scheider: ref. situación superficie de 4 has, en parte del lote 108.-
3. Emilio Jones: solicita respuesta a la propuesta de arreglos y reformas camping Puerto Patriada.-
4. Concejo Consultivo: informa reunión 05/12/08, Puerto Patriada.-
5. Gladys Lobos: ref. Reconocer derechos hijos de Germán Rogel.-
6. Vecinos Bº Arrayanes: solicitan se tomen medidas ref. perros sueltos en el barrio.-

jueves, 27 de noviembre de 2008

producción orgánica, el marco

DECLARACION Nº /2008 HCD MEH.

VISTO:
Las Leyes Nacionales 25.127 y 26.295, la nota recibida nº 512/08; y La Ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88;

Y CONSIDERANDO:
Que es objetivo del gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar políticas de producción local que velen por la salud de los trabajadores, obtenga productos sanos y mantenga o incremente la fertilidad de los suelos y la diversidad biológica, conserve los recursos hídricos y presente o intensifique los ciclos biológicos del suelo para suministrar los nutrientes destinados a la vida vegetal y animal, proporcionando a los sistemas naturales, cultivos vegetales y al ganado condiciones tales que les permitan expresar las características básicas de su comportamiento innato, cubriendo las necesidades fisiológicas y ecológicas.

Que éste cuerpo legislativo considera que las producciones orgánicas, es decir aquellas que evitan el uso de los productos de síntesis química y otros de efecto tóxico real o potencial para la salud deben ser estimuladas;

Que con el transcurrir de los años, destacados productores y profesionales de la región, en muchos casos representantes de instituciones reconocidas a nivel local, provincial, nacional e internacional del quehacer agropecuario y turístico, han expresado las ventajas que éstos sistemas productivos significan, no solo como una alternativa que caracterice un estilo de vida, sino también como generador de actividades sustentables en el tiempo;

Que la producción orgánica enriquece al modelo productivo por que tiene un mercado mundial en crecimiento, agrega valor a los productos, ocupa mas mano de obra por hectárea, requiere mas capacitación y mejor remuneración para los trabajadores, crea una reserva no contaminada de los suelos y una reserva de semillas en cantidad y variedad aparte de dar trazabilidad y transparencia al proceso productivo.

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

DECLARACION

Artículo Nº 1: DECLARAR de Interés Municipal las producciones que se desarrollen en nuestra localidad y que cumplan las normas establecidas en la Ley 25.127 referidas a los sistemas de Producción Orgánica.-----------------------------------

Articulo N° 2: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.------------------------

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre del año 2008. -----------------------------

miércoles, 26 de noviembre de 2008

producción orgánica

El 3 de diciembre se celebra el día de la Producción Orgánica,
fruto de la ley Nro 26.295, del mes de noviembre de 2007.

hoy trataremos de declarar la producción orgánica de interés municipal.

martes, 25 de noviembre de 2008

Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre del año 2008 – Acta N º 041/2008 HCD MEH

Minuta



1. Lectura acta borrador sesión anterior.-
2. Lectura de los informes de comisión.-

Notas recibidas del Ejecutivo:
1. Urbanismo: informa días y horarios de inspecciones.-
2. Urbanismo: eleva nota de la Sra. Mirta Ibáñez.-

Proyectos del Legislativo:
1. Proy. de Ordenanza reglamento Gimnasio Municipal.-
2. Proy. de Ordenanza prorrogar ord. registro de oposición.-

Notas recibidas en el Legislativo:
1. Instituto Superior 805: elevan documentación ref. acciones de la institución.-
2. Daniel Sánchez: solicita audiencia a tema tierra.-
3. Nelida Delgado: Solicita autorización de mensura en parte del lote 115.-
4. Juana Martínez: solicita adjudicación de terreno, que ocupa en el Currumahuida.-
5. Teobaldo Lobos: solicita tierra fiscal.-
6. Min. De coordinación de gabinete: “2º Capacitación Legislativa Municipal”, Trevelin.-
7. 45º: Reunión del Concejo Consultivo.-
8. Centro de Jubilados y Pensionados: ref. asignación de terreno para hogar y sede propia.-
9. Bomberos El Hoyo: eleva propuesta de modificación de la Ord. 090/06.-
10. Nota de solicitud de Declarar de Interés de la Producción Orgánica.-
11. Bomberos El Hoyo: Eleva documentación sobre estadísticas de servicios prestados año 2002 al 24/11/08.-




El Hoyo Chubut, 25 de Noviembre del año 2008.-

viernes, 21 de noviembre de 2008

concejo de la producción

el miercoles tambien se sancionó ésta:

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 073/2008 HCD MEH.


VISTO:
Los potenciales Recursos genuinos y las distintas actividades productivas de la región Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-

Y CONSIDERANDO:
Que es objetivo del gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar con el sector privado los lineamientos generales del área de la producción local con vistas a trabajar sobre un Plan de desarrollo a mediano y largo plazo que sea Política de Estado y trascienda los eventuales cambios de la administración.-
Que es importante aunar criterios para un mejor aprovechamiento de las políticas de apoyo a la producción, que están impulsando los gobiernos Nacionales y Provinciales.-
Que a medida que se consolide el sector productivo se crearan mayores puestos de trabajos, elevando la calidad de vida de los habitantes.-
Que ésta consolidación tiene que ser planificada por sus actores directos, de manera de diseñar un crecimiento armónico, integral y sustentable, que tenga a los pobladores y a su ambiente como principal sujeto


POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Crease en el ámbito del Departamento Ejecutivo municipal el Concejo de la Producción de la Municipalidad de El Hoyo, con carácter de organismo oficial de derecho privado.---------------------------------------------------------
Artículo Nº 2: El Concejo de la Producción de la Municipalidad de El Hoyo tiene como objetivo general trazar los lineamientos del área de la producción local con vistas a elaborar un Plan de desarrollo a mediano y largo plazo que sea Política de Estado y trascienda los eventuales cambios de la administración y articularlo con las políticas del presente.----------------------------------------------------------------------------
Artículo Nº 3: El Concejo de la Producción de la Municipalidad de El Hoyo estará integrado por el Señor Intendente Municipal, en carácter de presidente honorario, el presidente de la comisión de producción del HCD con carácter de secretario, un concejal de cada bloque del HCD.-------------------------------------------------------------
Por el sector privado se integrará un representante titular y un suplente por cada una de las entidades intermedias reconocida por la Municipalidad de El Hoyo, vinculadas a la industria, la producción, el comercio, el turismo y servicio y las agrupaciones sindicales o representativas de los trabajadores.---------------------------------------------
Por los organismos técnicos y políticos los representantes o delegados del INTA, PSA, MIAG, Secretaría de Trabajo y otros organismos pertinentes.----------------------
Quienes integren el Concejo lo harán en carácter de consejeros y duraran dos años en su función, pudiendo ser reelegidos en forma indefinida.----------------------------------
Artículo Nº 4: Los consejeros electos por la entidades intermedias deberán reunir las cualidades personales que no le impidan el ejercicio del funcionamiento publico.-
Artículo Nº 5: El Departamento Ejecutivo Municipal, dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, invitara a las entidades intermedias a participar y designar a sus representantes y fijara un calendario definitivo para la incorporación de los mismos y constitución definitiva del Concejo de la producción de la Municipalidad de El Hoyo, cualquiera sea el número de consejeros designados.-------------------------------------------------------------
Artículo Nº 6: Facúltese al Concejo de la Producción, una vez constituido, a elaborar su propio reglamento interno de funcionamiento, el que será aprobado por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal.----------------------------------------

Artículo Nº 7: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.------------------------

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 19 de noviembre del año 2008.---------------

miércoles, 19 de noviembre de 2008

nuevo intento

hoy levantamos las manos y contamos
un termómetro que medirá la conciencia ambiental

ORDENANZA MUNICIPAL Nº /2008 HCD MEH.


VISTO:
El Artículo 41º, primer párrafo de la Constitución Nacional, las Leyes Provinciales Nº 3098 y Nº 5439, la Disposición Nº 10/08 de la Dirección de Administración de Aguas y el Plan de Manejo de la Reserva de Usos Múltiples Lago Epuyén, aprobado por Decreto Provincial Nº 418/03, Declaración 008/08 HCD MEH, dictámenes legales de los asesores de El Hoyo y Epuyén.-

Y CONSIDERANDO:
Que el Lago Epuyén, presenta una elevada transparencia por motivo de la ausencia de glaciares en las cabeceras de los ríos que lo alimentan, hecho que lo destaca entre los lagos de la región y que le confiere sus propiedades ultraoligotróficas;
Que el recambio de las aguas del lago resulta casi nulo, debido a que no recibe afluentes caudalosos ni aportes glaciarios, como ocurre en la mayoría de los otros lagos de la cordillera;
Que en el Lago Epuyén, además de sus características físicas sobresalientes hay que destacar su importancia como “Cabecera Sur de la Cuenca Bi-Nacional del Puelo” y su rol como hábitat de numerosas aves -cauquenes, cisnes de cuello negro, garzas, cormoranes, patos- peces nativos (perca, puyén, pejerrey) y exóticos y mamíferos como el “Coipo” (Myocastor coipus) considerada una de las especies más vulnerables y en vía de desaparición de la comarca;
Que el desarrollo en un área protegida debe estar sujeto a los objetivos de conservación;
Que esto compromete a perpetuar el recurso para las futuras generaciones, por lo que no debe existir la libre explotación de los bienes, sino un planificado manejo de los mismos;
Que en el caso de la actividad turística en la Reserva tiene un alto grado de dependencia con el medio ambiente, por lo tanto se apunta a fomentar un turismo contemplativo, científico, educativo y de aventura;
Que si bien los efectos adversos al medio acuático se originan por las actividades desarrolladas por el hombre desde instalaciones o asentamientos terrestres cercanos a las costas de los espejos o sobre sus afluentes, el desarrollo de las actividades náuticas deportivas o comerciales generan un incremento de la alteración del ambiente acuático como medio real y/o potencial de contaminación de las aguas;
Que la navegación de embarcaciones en general generan la posibilidad de descargas de basura y cualquier tipo de residuo, y en particular las embarcaciones a motor producen la incorporación de gases de escape al medio acuático, y el riesgo de descarga de hidrocarburos y sus mezclas. Estas descargas afectan severamente al medio acuático, alterando los ciclos biológicos de flora y fauna, la calidad del agua, disminuyendo los alicientes atractivos y/o recreativos del lugar;
Que otro factor de alteración del ambiente acuático del lago y de sus costas es la alta velocidad de navegación de las embarcaciones deportivas, que generan un oleaje cuyo efecto dinámico impacta sobre las costas, sobre otras embarcaciones de menor porte (canoas, kayak, windsurf) y según los casos afecta el hábitat de la fauna del lugar, perjudica el amarre de embarcaciones a muelles, altera los fondos, modifica las condiciones de tranquilidad de las aguas por el aumento de turbulencia, y de seguridad de las áreas utilizadas como balnearios. Además del factor perturbador que significa la contaminación auditiva que repercute a kilómetros de distancia por las características propias del lago y los vientos predominantes.

Que por lo expuesto, se requiere desarrollar una conciencia colectiva para la protección del medio acuático, pero en particular es necesario implementar normas específicas a la navegación del Lago Epuyén por parte de embarcaciones deportivas, de placer o comerciales, como así también establecer recomendaciones y restricciones a aplicarse a futuro.

Que reunidos los Concejos Deliberantes de El Hoyo y Epuyén en un todo de acuerdo con la propuesta efectuada por el concejo Consultivo de la Reserva de Usos Múltiples Lago Epuyén, deciden en su conjunto en un hecho histórico para ambas comunidades a partir de la presente Ordenanza iniciar la protección definitiva del Lago Epuyén y su entorno;

POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA
Artículo Nº 1: ADHERIR en todos sus términos a la Disposición Nº 010/08 de la Dirección de Administración de Aguas de la Provincia.---------------------------- -------
Artículo Nº 2: A partir del 1º de Mayo del Año 2009, sólo estará permitida la navegación en embarcaciones sin motor a explosión en el Lago Epuyén.----------------------------------
Artículo Nº 3: En un plazo de 180 días de promulgada la presente Ordenanza, la autoridad de aplicación (Dirección de Bosques y Parques de la Provincia del Chubut) juntamente con el Concejo Consultivo de la Reserva de Usos Múltiples del Lago Epuyén, deberán elevar la propuesta de reglamentación que normatice la aplicación del Artículo Nº 2 de la presente Ordenanza a los Concejos Deliberantes de la Localidad de El Hoyo y Epuyén para su tratamiento.--------------------------------------

Artículo Nº 4 : Elevar copia de la presente a la Dirección de Bosques y Parques y al concejo consultivo de la Reserva de Usos Múltiples de Lago Epuyén.-----------------------

Artículo Nº 5: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.------------------------

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 19 de noviembre del año 2008.-----------------

martes, 18 de noviembre de 2008

un nuevo servicio, la orden del día

Minuta


1. Lectura acta borrador sesión anterior.-
2. Lectura de los informes de comisión.-

Notas recibidas del Ejecutivo:
1. Urbanismo: solicita ratificar ord. 004/00.-
2. Urbanismo: solicita ratificar ord. 010/01.-

Proyectos del Legislativo:
1. Proy. De Ordenanza Prohibición de navegación a motor lago Epuyén.-
2. Proy. De Ordenanza Reglamentación Gimnasio Municipal.-
3. Proy. De Ordenanza modificar art. 2º de la Ord. 090/06.-
4. Proy. De Ordenanza Concejo de la Producción.-

Notas recibidas en el Legislativo:
1. Licandro Vera: solicita creación del rubro para habilitar canchita de fútbol 6.-
2. Asociación de Bomberos: solicitud de reunión.-
3. Dictámenes del Asesor legal HCD ref. Presentación proyecto de presupuesto 2009.-
4. Vecinos callejón San Martín: solicitan reductores de velocidad.-
5. Feria Rural “tierra de encuentro”: solicitan su Declarar de Interés Municipal.-
6. Arturo Salamin – Mariela Valenzuela: solicitan den tratamiento a la cesión de derechos.-
7. Nota del bloque FPV-Provech: elevada al DEM, ref. solicitudes a bomberos.-


El Hoyo Chubut, 18 de Noviembre del año 2008.-

miércoles, 12 de noviembre de 2008

Epuyén, dos concejos dos ordenanzas dos horas

la ordenanza del uso del lago se tratará hoy.
se está intentando hacer una misma desde los dos concejos
y que trate de salir con voto unánime de todos los concejales de todos los bloques

epuyén la debate hoy a las 18.00, nosotros a las 20.00
aparentemente la prohibición de la navegación será a partir del 1 de mayo de 2.009,
yo no estoy de acuerdo con ésto porque apoyaba la iniciativa cortante (1 de enero),
pero me parece que si sale la misma ordenanza y por voto unánime eso va a tener
la fuerza que tiene que tener para sostenerla cuando la quieran voltear,
entonces mi desacuerdo se licúa en aguas transparentes
pensando en el mal menor.

viernes, 7 de noviembre de 2008

navegando aguas mas seguras

nos reunimos por segunda vez con el HCD de Epuyen.
el concejo de el hoyo y el concejo de epuyen, dos que van.

nos pusimos de acuerdo en hacer la misma ordenanza para los dos municipios,
en tratar de sacarla con voto unanime

nos pusimos de acuerdo que tal vez es mejor esperar a que eso suceda a apurarla y que al salir no tenga la fuerza que necesita


antes el concejo consultivo de la reserva aprobó la propuesta de licitar la concesión del refugio sacandole la extensión de uso de camping por contradecir
la matriz de uso


en los discursos finales JR ponderó todo lo logrado y deseó que logremos éste tipo de acuerdos no solo para restringir usos sino tambien para permitir cosas

aprovechando que estamos en epuyen podriamos empezar a hablar de marihuana

jueves, 6 de noviembre de 2008

propuesta refugio

Propuesta llamado a licitación
Refugio de Baja Montaña
Laguna Los Alerces


Objetivos:

-promoción y protección de la riqueza ecológica de la reserva.
-desarrollar actividades de montaña
-cuidado y mantenimiento del refugio, zona de refugio y acampe.
-mantenimiento y señalización de picadas.
-atención a los caminantes.
-promoción del valor ambiental y educación para su cuidado.

Quien resulte beneficiario de la concesión del refugio se debera encargar de:

-cuidar y mantener el refugio en condiciones habitables, con elementos para dormir y comer
para hasta 10 personas por noche en el refugio y 20 acampando.
-preservar la limpieza y control de fuego en la zona de refugio y acampe.
-mantener la correcta señalización de las picadas.
-recibir, orientar y atender a los caminantes.
-explicar y hacer cumplir a los visitantes los usos de las diferentes zonificaciones

dado que es un refugio de baja montaña de estadia limitada los visitantes podrán quedarse un máximo de dos noches.
se podrán alojar en el refugio hasta 10 personas y en el área de acampe hasta 20 personas.

Plazo 3 años con opción a 2 años mas

sugiero lectura de http://www.alborde.com.ar/trek/trek21.htm

lunes, 20 de octubre de 2008

la no navegación encallada

en El Hoyo está todo listo para sancionarla tal cual
la armamos con Graciela, Lucas, Jorge y toda la letra que traia.
Cuando estabamos por sancionarla Bondel pidió esperar
a la reunión con el concejal Leo de Epuyen
prevista para hoy,

creo que ya no hay mas justificaciones
para seguir dilatando una medida en la que estamos
de acuerdo todos desde aquella reunión en enero
(con la profunda y cristalina prehistoria que tiene)

al menos estamos de acuerdo de la boca para afuera

jueves, 16 de octubre de 2008

es hora

visto el proyecto del P.E. Nacional de modificar la hora a partir del 19 de octubre

y considerando
que en nuestro pueblo, enclavado al oeste del territorio nacional en la temporada estival anochece a las 22.30 hs.y con el cambio propuesto recién comenzará a anochecer a las 23.30 hs
que nuestro pueblo vive ritmos marcados por la naturaleza
que la temporada estival es la estación de la realización y fructificación por exelencia
que los ritmos marcados por la naturaleza deben estar en armonia con los propuestos por el hombre
que la alteración de éstos trae perjuicios a la salud, al trabajo y a la vida cotidiana en general
que es interés de éste consejo velar por la salud, la posibilidad y las condiciones del trabajo y la calidad de vida de quienes moran y quienes visitan nuestro pueblo

por ello el HCD

declara su absoluto desacuerdo con la medida proyectada
e invita a las autoridades de los municipios vecinos a adherir a la presente a fin se solicitar a las autoridades provinciales a rechazar la medida propuesta en nuestros territorios.

lunes, 13 de octubre de 2008

consejo de la producción

Visto :Los potenciales Recursos genuinos y las distintas actividades productivas de la región y;

Considerando:

Que es objetivo del gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar con el sector privado los lineamientos generales del área de la producción local con vistas a trabajar sobre un Plan de desarrollo a mediano y largo plazo que sea Política de Estado y trascienda los eventuales cambios de la administración.-
Que es importante aunar criterios para un mejor aprovechamiento de las políticas de apoyo a la producción que están impulsado los gobiernos Nacionales y Provinciales.-
Que a media que se consolide el sector productivo se crearan mayores puesto de trabajos, elevando la calidad de vida de los habitantes .-
Que ésta consolidación tiene que ser planificada por sus actores directos de manera de diseñar un crecimiento armónico, integral y sustentable que tenga a los pobladores y a su ambiente como principal sujeto

Por ello: Y en uso de sus facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE ELHOYO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1ro: Crease en el ámbito del departamento Ejecutivo municipal el consejo de la producción de la municipalidad de El Hoyo ,con carácter de organismo oficial de derecho privado .-


ARTICULO 2do: El consejo de la producción de la municipalidad de El Hoyo tiene como objetivo general trazar los lineamientos del área de la producción local con vistas a elaborar un Plan de desarrollo a mediano y largo plazo que sea Política de Estado y trascienda los eventuales cambios de la administración y articularlo con las políticas del presente.

ARTICULO 3ro: El consejo de `producción de la municipalidad de el Hoyo estará integrado por el Señor intendente Municipal ,en carácter de presidente honorario ,el presidente de la comisión de producción del HCD con carácter de secretario , un concejal de cada bloque del HCD.
Por el sector privado se integrará un representante titular y un suplente por cada una de las entidades intermedias reconocida por ala municipalidad de El hoyo ,vinculadas a la industria , la producción ,el comercio ,el turismo y servicio y las agrupaciones sindicales o representativas de los trabajadores.
Por los organismos técnicos los representantes o delegados del INTA, PSA, MIAG y otros organismos técnicos
Quienes integren el Consejo lo harán en carácter de consejeros y duraran dos años en su función, pudiendo se reelegidos en forma indefinida .


.ARTICULO 4to: Los consejeros electos por la entidades intermedias deberan reunir las cualidades personales que no le impidan el ejercicio del funcionamiento publicas .

ARTICULO 5to: El Departamento Ejecutivo Municipal , dentro de un plazo de treintas días contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza ,invitara a las entidades intermedia s a participar y designar a sus representantes ,y fijara un calendario definitivo para la incorporación de los mismos y, constitución definitiva del Consejo la producción de la Municipalidad de El Hoyo, cualquiera sea el numero de consejeros designados .-


ARTICULO 6to: Facúltese al Consejo de la producción ,una vez constituido , a elaborar su propio reglamento interno de funcionamiento , el que será aprobado por al resolución del Departamento Ejecutivo Municipal.-


ARTICULO 7mo: De forma
ORDENANZA MUNICIPAL Nº HCD.MEH
Dada en la sala de sesiones del Honorable Consejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo , de 15 octubre de 2008
.-
.

no mas motores en el lago epuyen

ORDENANZA MUNICIPAL N°_2008/….


VISTO: La ley de de corporaciones Municipales 3098/88 y sus modificatorias.-
• El articulo 41, primer párrafo de la Constitución Nacional.
• La Ley Provincial N° 5439
• El Plan de manejo de la Reserva Lago Epuyen, aprobado por decreto Nº418/03

CONSIDERANDO:
El Proyecto de disposición elevado por el Consejo Consultivo de la Reserva de Usos Múltiples Lago Epuyén al Director de Administración de Aguas (DAA-MIAG)
Que en dicho proyecto se fundamenta:
• Que el Lago Epuyén, presenta una elevada transparencia por motivo de la ausencia de glaciares en las cabezas de los ríos que lo alimentan, hecho que lo destaca entre los lagos de la región.

• Que el recambio de las aguas del lago resulta casi nulo, debido a que no recibe afluentes caudalosos ni aportes glaciarios
• Que en el Lago Epuyén, además de sus características físicas sobresalientes hay que destacar su importancia como ambiente para la fauna, ya que es hábitat de numerosas aves -cauquenes, cisnes de cuello negro, garzas, cormoranes, patos- peces nativos -perca y pejerrey- y exóticos
• Que el desarrollo en un área protegida debe estar sujeto a los objetivos de conservación.
• Que esto compromete a perpetuar el recurso para las futuras generaciones, por lo que no debe existir la libre explotación de los bienes, sino un planificado manejo de los mismos.
• Que en el caso de la actividad turística en la Reserva tiene un alto grado de dependencia con el medio ambiente, por lo tanto se apunta a fomentar un turismo contemplativo, científico, educativo y de aventura.
• Que si bien los efectos adversos al medio acuático se originan por las actividades desarrolladas por el hombre desde instalaciones o asentamientos terrestres cercanos a las costas de los espejos o sobre sus afluentes, el desarrollo de las actividades náuticas deportivas o comerciales generan un incremento de la alteración del ambiente acuático como medio real y/o potencial de contaminación de las aguas.
• Que la navegación de embarcaciones en general generan la posibilidad de descargas de basura y cualquier tipo de residuo , y en particular las embarcaciones a motor producen la incorporación de gases de escape al medio acuático, y el riesgo de descarga de hidrocarburos y sus mezclas. Estas descargas afectan severamente al medio acuático, alterando los ciclos biológicos de flora y fauna, la calidad del agua, disminuyendo los alicientes atractivos y/o recreativos del lugar.
• Que otro factor de alteración del ambiente acuático del lago y de sus costas es la alta velocidad de navegación de las embarcaciones deportivas, que generan un oleaje cuyo efecto dinámico impacta sobre las costas, sobre otras embarcaciones de menor porte (canoas, kayak, windsurf) y según los casos afecta el hábitat de la fauna del lugar, perjudica el amarre de embarcaciones a muelles, altera los fondos, modifica las condiciones de tranquilidad de las aguas por el aumento de turbulencia, y de seguridad de las áreas utilizadas como balnearios. Además del factor perturbador que significa la contaminación auditiva que repercute a kilómetros de distancia por las características propias del lago y los vientos predominantes.
• Que por lo expuesto, se requiere desarrollar una conciencia colectiva para la protección del medio acuático, pero en particular es necesario implementar normas específicas a la navegación del Lago Epuyén por parte de embarcaciones deportivas, de placer o comerciales, como así también establecer recomendaciones y restricciones a aplicarse a futuro.


POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

ARTICULO N° 1: a partir del 1 de enero del año 2.009 queda prohibida la navegación a motor en las aguas de El Lago Epuyén dentro del ejido de nuestra competencia
ARTICULO N° 2: exceptuase de ésta prohibición a…
ARTICULO N ° 3: El DEM reglamentará e implementará las formalidades para la ejecución de la presente.------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO N° 4: De forma.--------------------------------------

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo (Chubut) a los 15 días del mes de octubre de 2.008----------------------------

domingo, 12 de octubre de 2008

octubre, lindo mes...

Propuestas Concejal Huisman para ser incluidas en el Orden del día de la reunión ordinaria del miercoles 15 de octubre.

1. proyecto ordenanza uso del lago epuyen / prohibición embarcaciones
de motor desde 01 de enero 2009.

2. proyecto derogar ordenanza 22/97 consejo de la producción
3. proyecto nueva ordenanza consejo de la producción (Política de Estado)

4. ord. desafectando zona balneario del camping Puerto Patriada
5. ordenanza recuperando el camping del río como parque público
( desafectar uso de camping, transformar en espacio de recreación, esparcimiento, arte y cultura. Propuesta de nombre Parque de la libertad)


6. modificación presupuesto, restituir partidas a bomberos.

7. Ord. 42/2004 extensión.




Glosario para Pepe:

1. La expresión "Política de Estado" no es una expresión jurídica sino política. Se ha usado históricamente para referirse a cuestiones, de las que depende la supervivencia misma de un Estado como tal, vale decir, una situación en que resulta imprescindible dejar de lado los personalismos o partidismos y hacer uso del patriotismo para poder solucionarlas.

2. instruir.

(Del lat. instruĕre).

1. tr. Enseñar, doctrinar.

2. tr. Comunicar sistemáticamente ideas, conocimientos o doctrinas.

3. tr. Dar a conocer a alguien el estado de algo, informarle de ello, o comunicarle avisos o reglas de conducta. U. t. c. prnl.

4. tr. Tramitar un procedimiento administrativo o judicial.

¶MORF. conjug. c. construir.

miércoles, 1 de octubre de 2008

laburando una ordenanza de arte

el mosco me pidió que lo ayude.
el tema es que en el bolson cuando un músico hace un show
en un boliche al boliche le cobran una tasa adicional.
ésto retrae y complica. sobre todo la economía de los músicos
que no encuentran espacios para compartir lo que hacen.

nos dimos manija
al principio pensamos en derogar la ordenanza de la tasa
después vimos que hay que derogar y revertir el sentido

después entendimos que al ser una ordenanza que trata temas de arte
debe ser abordada lo mas artisticamente posible,
sacarle las frias formas legales.

a esa idea de la que todavia estamos lejos
ahora se suma la idea de hacerla entre muchos.

la consigna es:

respetando el mínimo de la forma ordenanza (visto, considerando y artículos)
hacer algo poético en el sentido y el sonido.
otra idea es relativizar los argumentos mercantilistas
y rescatar y dar peso a los espirituales

estamos lejos pero va ésto para empezar:


ORDENANZA MUNICIPAL promoción del arte

VISTO: La ley de de corporaciones Municipales ….y sus modificatorias.-

CONSIDERANDO: que es función de la corporación municipal propender al desarrollo integral de los ciudadanos
que promover la actividad artistica es humanizar el valle
Que si bien es necesario mejorar la recaudación no menos importante es
ayudar a que los artistas de la comunidad puedan ganarse su sustento difundiendo su actividad que tiene por naturaleza la expansión de la conciencia
Que es necesario implementar medidas tendientes a:
a) Incrementar la alegría de los contribuyentes
b) Promover toda actividad que fomente el amor al arte en el municipio;
c) Incentivar a los comercios de servicios gastronómicos y turísticos en general a contratar a los artistas locales

Que la estructura de la norma está dirigida a revertir la situación preexistente que grava éstas actividades, lo que permitirá:
1) Lograr para los artistas locales y los comerciantes que los contraten recursos extraordinarios, que permitirá dar alivio a los actores en cuestión.
2) Posibilitar a los contribuyentes, que por distintos motivos se han alejado de la buena y descansada vida reencontrarse con pulsiones esenciales mas allá del resultado fiscal;
3) Robustecer a la ciudadanía desde el cultivo del espíritu

POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA MUNICIPALIDAD DE xxxxx
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA

ARTICULO N° 1:- derogar la ordenanza que grava los espectáculos musicales en restoranes, bares, confiterias y comercios de servicios ------------------------------------

ARTICULO N° 2: instruir al DEM para que arbitre los medios para que la factura del cachet del músico sea deducible del impuesto a los ingresos brutos

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de xxxx a los .. días del mes de …. de 2.008----------------------------