VISTO: LA LEY XVI Nº 46 DE CORPORACIONES MUNICIPALES
Y
CONSIDERANDO:
- Que la localidad de El Hoyo no cuenta con una oficina de atención de Correo Argentino, acorde a los tiempos que vivimos.
- Que este cuerpo considera primordial la posibilidad de contar con una oficina de atención de Correo Argentino en nuestra localidad.
- Que a fin de poder cumplir este objetivo, se torna necesario disponer de un terreno para construir en un futuro próximo la oficina mencionada.
- Que a partir del remanente de tierra fiscal (obra colectora DNV, convenio 213063, se podría contar con un terreno para la radicación del mismo
- Que el Correo Argentino ademas del servicio de despacho y entrega de correspondencia, el cobro de facturación y la venta de estampillas y sellados es ventanilla de pago de ANSESS
- Que se hace necesario que el Departamento Ejecutivo gestione a tal fin la posibilidad concreta de que nuestro pueblo cuente con un edificio para Correo Argentino, en atención a los trámites que actualmente se llevan a cabo a través de la Estafeta Postal.
- Que por ello es de interés municipal el poder concretar esta propuesta, lo cual redundará en beneficio de los pobladores de nuestra localidad y de los que nos visitan, en atención a los variados trámites que se podrán llevar a cabo.
-
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
DECLARA
Artículo 1.- Declárese de interés municipal la cesión de un terreno a favor del Correo Argentino S.A. con destino exclusivo para la construcción del edificio de atención a la comunidad de la localidad de El Hoyo.
Artículo 2.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones correspondientes a fin de dar cumplimiento al artículo anterior.
Articulo 3.- Elévese copia de la presente a las autoridades de Correo Argentino S.A..
Artículo4.- Registrese, comuníquese y cumplido archívese.
martes, 31 de agosto de 2010
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