martes, 31 de marzo de 2009

Proyecto de Ordenanza reglamentando gastos para publicidad oficial

Autor del Proyecto: Provech – Rolando Pablo Huisman;
FPV- Jonatan Crist, Silvia Larenas
Visto:
La necesidad de contar con un instrumento legal que regle la distribución de pautas y contrataciones publicitarias, de difusión de los actos de gobierno, con lo medios de comunicación locales, mediante el cual se garantice que la transparencia y equidad, regirán al respecto;
La Ley 3098 de corporaciones municipales y la

Y considerando:

Que la información es un bien público, y cuya posesión, producción y distribución es un Derecho Humano, garantizado por la Constitución y Pactos Internacionales;

Que en tal sentido una distribución arbitraria y discriminatoria de la publicidad oficial, es una violación de aquellos derechos;

Que la Relatoría para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dijo: "…Sólo cuando el Estado asigna estos recursos en forma discriminatoria se viola el derecho fundamental a la libre expresión. Un Estado podría negarle a todos los medios de comunicación, pero no puede negarle ese ingreso sólo a algunos medios con base en criterios discriminatorios";

Que hasta el momento no existe en el ámbito de la Administración Pública Municipal una norma que establezca criterios para la asignación equitativa de la pauta publicitaria oficial.-

Que por ello el BLOQUE DE CONCEJALES DEL PROVECH y FRENTE PARA LA VICTORIA Proponen el siguiente

PROYECTO DE ORDENANZA:

Artículo 1°: La presente Ordenanza tendrá por objeto reglamentar la asignación del gasto previsto en el Presupuesto Municipal para la Publicidad Oficial.-

Artículo 2°: Denomínase publicidad oficial, a la publicación en medios de difusión radial, gráficos, televisivos y páginas Web, de los siguientes tipos de propaganda:
a).- Publicidad de actos de gobierno.-
b).- Publicidad Institucional.-
c).- Publicidad de bienes y servicios producidos y/o comercializados por entidades o reparticiones del Estado Municipal.-

Artículo 3°: A los fines de la presente se denomina:
a).- Publicidad de actos de gobierno: Es una publicación a través de los medios de difusión, de licitaciones, avisos de interés social, y todo acto emanado del Gobierno Municipal, destinado a producir efectos generales o que comprometan fondos públicos.-
b).- Publicidad Institucional: publicación de material comunicacional que promueva conductas preventivas, informe de las acciones adoptadas por el Estado Municipal en todas sus áreas, orientación de los consumidores así como la promoción de la cultura en todas su expresiones y de los valores cívicos entre otros.-
c).- Publicidad de bienes y servicios de Instituciones Municipales: Publicación de aquellos bienes y servicios prestados por Entidades e Instituciones del Estado Municipal.-

Artículo 4°: La adjudicación de la publicidad oficial se regirá por los principios de interés general, veracidad, libre acceso a la información, transparencia, razonabilidad, acceso equitativo y pluralista a las oportunidades de expresión.- Austeridad en la administración del gasto público y publicidad de los actos de gobierno.-

Artículo 5°: La publicidad oficial tendrá la finalidad de:
a).- Afianzar los valores y principios constitucionales.-
b).- Informar objetivamente sobre la gestión de gobierno y la labor de las autoridades y funcionarios públicos.-
c).- Comunicar las disposiciones normativas, especialmente las que por su impacto social requieran la adopción de medidas complementarias a fin lograr el conocimiento general.-
d).- Divulgar el patrimonio histórico y cultural del distrito, de la región y provincial, en pos de su defensa y conservación.-
e).- Preservar el medio ambiente y los derechos de usuarios y consumidores.-
f).- Difundir programas o políticas públicas relevantes socialmente.-
g).- Difundir la producción de bienes y servicios de Instituciones municipales.-

Artículo 6°: En la publicidad oficial no se podrán incluir mensajes discriminatorios ni contrarios a los principios, valores, declaraciones, derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional.-

Artículo 7°: Los medios de Comunicación Social interesados en contratar con el Municipio, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a).- Inscripción Registros de proveedores.-
b).- Poseer inscripción provisoria o definitiva ante el COMFER, para las emisoras de AM, FM o canales de televisión.-


Artículo 8°: Se asignará puntaje en forma debidamente fundada, tomando en consideración los siguientes criterios:
a).- Programas o medios de exclusiva realización y producción local.-
b).- Programas destinados a difundir en no menos del 50% de sus espacios operativos, temas relacionados al ámbito local y regional.-
c).- Programas y medios de mayor tiraje o audiencia.-
d).- Programas y medios o producciones independientes que posean un mínimo de tres años de publicación o salida al aire ininterrumpida del producto que postula.
e).- Medios de comunicación o producciones independientes que posean 1 o más empleados registrados según ley laboral vigente.-
En cuanto a la asignación de puntaje, los inc. c) y e) tendrán un valor de seis puntos, el resto de los incisos cuatro puntos.-

Artículo 9°: Se asignarán los porcentajes del monto designado a la publicidad de acuerdo a los siguientes criterios:

1.- Por localidades:
a).- 70% del monto destinado a publicidad oficial a los inscriptos radicados en la localidad.-
b).- 30% del monto destinado a publicidad oficial a los inscriptos radicados en localidades vecinas y otros medios provinciales.-

2.- Por medios:
A la asignación por localidad se la distribuirá en consideración de los siguientes criterios:
a).- 50% para los medios y programas radiales.-
b).- 40% para los medios gráficos.-
c).- 10% para los portales electrónicos y medios televisivos.-

Artículo 10º: La fijación de pautas publicitarias, el valor de las mismas y posterior contratación guardará relación con la cantidad de medios inscripto, debiéndose fundamentalmente prorratear el monto disponible de manera proporcional al puntaje obtenido según la aplicación del artículo 8º de la presente.-

Artículo 11º: los recursos destinados a las contrataciones dispuestas en la presente surgirán de las partidas presupuestarias asignadas para tal fin en cada ejercicio financiero.-

Artículo 12°: A los fines de implementar una distribución objetiva de los puntajes previstos en el artículo 8º y mediante la firma con Instituciones de Educación Universitaria o Terciaria con asiento en la Provincia, se establecerá un sondeo de opinión pública y técnicas cuali-cuantitativas que, de forma anual, permitan conocer los niveles de:

a).- Nivel de audiencia.-
b).- Alcance.-
c).- Penetración.-
d).- Preponderancia social.-
e).- Credibilidad.-

Artículo 13°: Los listados y puntajes y las asignaciones de pautas publicitarias a los Medios de comunicación social, serán publicados en la página Web oficial del Municipio, sin perjuicio de otros medios que se consideren convenientes para asegurar el acto.-

Artículo 14°: Deberá ser inmediatamente puesto en conocimiento por ante la autoridad administrativa de contralor y/o por ante la autoridad judicial competente, la existencia de hechos, omisiones o actos que encuadren en los supuestos normados por la Convención Interamericana contra la Corrupción, cuyas medidas preventivas resultan obligatorias en el accionar estatal.-

Artículo 15º: Independientemente de lo prescripto en la presente y siempre que sea necesario y fundado en razones y índole legal o comunicación estratégica, se podrá reservar hasta un 10 % de la partida presupuestaria destinada a publicidad oficial para realizar contrataciones con medios Nacionales.-

Artículo 16°: Derógase toda norma que se oponga a la presente.-

Artículo 17: De forma.-

domingo, 29 de marzo de 2009

Ley DE LA PUBLICIDAD DE LOS ACTOS Y DE LAS PUBLICACIONES OFICIALES

LEY 3764
ACCESO A LAS FUENTES DE INFORMACIÓN
15 de Octubre de 1992
BOLETIN OFICIAL
06 de Noviembre de 1992 Vigentes
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, SANCIONA CON FUERZA

DE LA PUBLICIDAD DE LOS ACTOS Y DE LAS PUBLICACIONES OFICIALES
Artículo 8.- Principio general. El Estado Provincial y las Corporaciones Municipales deberán
publicar por medio oficial todas las normas de carácter general que dictaren; y, con relació a los
demás actos definitivos administrativos, legislativos y juridiccionales se deberán arbitrar y
ejecutar las medidas necesarias para que los mismos lleguen a conocimiento fehaciente de los
interesados y se posibilite el acceso de su conocimiento a la comunidad en general, facilitándose
copia de los mismos a los medios de comunicación social.

miércoles, 25 de marzo de 2009

ésto va a pasar hoy 25 de marzo

1. Lectura acta borrador sesión anterior.-
2. Dictamen de comisión.-

Notas Recibidas del Ejecutivo:
1. Eleva Resolución nº 151/09, conformación comité de crisis.-
2. Eleva Resolución nº 152/09, Vetar el proy. de Ordenanza derogación ord. Nº 001/09.-

Proyectos del Legislativo:
1. Proy. de rechazo a las Resoluciones nº 151 y 152/09 del DEM, (presentado por el bloque Provech y FPV).-
2. Proy. de Ordenanza Tributaria 2009, (presentado por el bloque Provech y FPV).-
3. Proy. de Declaración de Interés se mantenga el transporte alumnos terciarios a la localidad de Lago Puelo.-

Notas recibidas en el Legislativo:
1. Estudiantes Nivel 3º, elevan nota solicitado medio de transporte.-
2. Concejo Consultivo: eleva acta reunión nº 49.-
3. Alejandro Barzi: situación de la vivienda de Fernando Romanelli.-
4. Lucas Rances: solicita reunión por tema seguridad en dicho barrio.-



El Hoyo Chubut 23 de Marzo del año 2009.-

jueves, 19 de marzo de 2009

DIA DE LA MEMORIA

"DIA NACIONAL DE LA MEMORIA
POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA"




propuesta de sesión especial abierta con la presencia de concejales y exconcejales de la localidad de El Hoyo el martes 24 de marzo a las 17.00 horas en el auditorio municipal



Objetivo: resaltar la democracia como doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno.



Antecedentes: El drama que vivió el país en la última dictadura y sobre todo el genocidio que terminó con una generación y afectó a las siguientes destruyendo el aparato productivo y desnaturalizando las instituciones de la república fue posible porque antes se disolvieron los cuerpos deliberativos y después se abolieron los derechos y garantías constitucionales

Es claro que además de recordar debemos reflexionar porque pudo pasar lo que pasó el 24 de marzo de 1976 y pensar qué podemos hacer todo el tiempo para que Nunca mas
vuelva a pasar.

En ese sentido y con el poco tiempo que llevo en el ejercicio de mi cargo entiendo que las cosas no son en el poder como se ven desde el llano pero eso no me sorprende
me sorprende el olvido de algunos vecinos devenidos en políticos,
aunque está claro que todos somos vecinos devenidos en políticos

Me sorprende porque en su mensaje preelectoral además de proclamarse participativos se mostraban como la redención, la depuración, el anticuerpo de virtud de la sociedad
tras años de corrupción e ineptitud.

Evidentemente la política es más difícil de lo que pensaron los difamadores
y los que estuvieron antes no hicieron lo que hicieron o dejaron de hacer lo que dejaron de hacer porque fueran ineptos o corruptos,
Hicieron lo que pudieron porque la trama es compleja

Y remontándome en la historia he leído los nombres de una cincuentena de vecinos
Y no me es difícil imaginar, porque a mi mismo me pasó, el momento de decidir si meterse o no en el barro de las ordenanza, si meterse o no en la picota del pueblo y someterse a una elección y de tener suerte asumir el cargo de concejal

y dejar cuatro años las actividades particulares, dejar cuatro años la tranquilidad de la familia porque la política es una mina demandante y se nos mete hasta en la cama



Y yo quiero recordar a todos los que fueron concejales
Y creo que el pueblo tiene que entender lo importante que es lo que hace
o puede hacer el concejal y se ponga de relieve la labor política
Porque de ella depende el destino de los pueblos

Me parece que debemos rescatar del olvido todo y en ese todo incluyo las experiencias de los que con su rastrillada fueron insinuando éste camino


Propuesta: sesión especial con la presencia de concejales y exconcejales de la localidad de El Hoyo el martes 24 de marzo a las 17.00 horas en el auditorio municipal.
Presentaciones, compilado audiovisual, debate y brindis.

lunes, 16 de marzo de 2009

la ordenanza derogadora

VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 001/09; Y la ley Provincial de Corporaciones Municipales Nº 3098/88.-


Y CONSIDERANDO:
Que existe un reclamo generalizado de la comunidad, respecto del excesivo aumento en diversos rubros de la ordenanza mencionada en vistos;
Que la forma de sanción fue cuestionada por que la mayoría votante no coincidió con la sugerida por el dictamen del asesor legal del HCD y por la falta de dictamen de comisión;
Que si bien la comunidad acepta que es imperiosa una actualización de los valores, ésta debe ser consensuada ya que debido a la mala temporada turística y la crisis hay que evaluar, sector por sector de forma participativa;


POR ELLO Y:
en uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo Nº 1: Derogar en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 001/2009 HCD MEH.----------------------------------------------------------------------------------------

Artículo Nº 2: Póngase en vigencia nuevamente la Ordenanza Municipal Nº 051/2004 HCD MEH, hasta tanto se sancione la nueva ordenanza tributaria.----------


Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese.----------

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en sesión Ordinaria del día 04 de Marzo del año 2009.---------------------

martes, 3 de marzo de 2009

minuta miercoles 4 de marzo

Minuta

1. Lectura acta borrador sesión anterior.-
2. Dictamen de comisión.-
Notas del Ejecutivo:
1. Eleva informe sobre situación basurero municipal.-
2. Urbanismo: eleva informe de situación de lotes Barrio Arrayanes.-
3. Urbanismo: eleva plano registrado (Silvia García Neuman).-
4. Urbanismo: eleva plano registrado del lote 64.-
Proyectos del Ejecutivo:
1. Proy. de Ordenanza modificación de presupuesto en el rubro “Ampliación Hospital Rural”.-
2. Proy. de Ordenanza autorizar al DEM venta de equipamiento de rezago.-
3. Proy. de Ordenanza ceder terreno a DGSP (lote 3), instalación de estación bombeo intermedio.-
Proyectos del Legislativo:
1. Proy. de Declaración de Interés promover servicio de Crucero del Norte/Sur hasta la ciudad de Esquel, pasando por nuestra localidad. (Presentado por el bloque Provech)
2. Proy. de Ordenanza derogar la Ordenanza Nº 001/09. (Presentado por el bloque Provech)
Notas recibidas en el Legislativo:
1. María Díaz: solicita información sobre callejón barrio El Mosquetal.-
2. Clarisa Mayorga: solicita pasar a su nombre terreno de Zenón Mayorga.-
3. Ulises Neculman Esc. 717: solicita aporte para gastos que demandó acto de fin de año.-
4. Andrea Assin: solicita acceder a un terreno.-
5. Santillan Marta: informa ausencia al HCD.-
6. Susana Fernández- Oscar Arancivia: solicitan apertura de calle.-
7. Máximo Szudruk: presenta proyecto Aldea de Montaña, ley 4149.-
8. Diego Quilodrán: solicita acceder a la adjudicación de un terreno en el bº Arrayanes.-
9. Dictamen Legal: ref. solicitud de Aurora y Camilo Ponce.-
10. Dictamen Legal: ref. solicitud de Nicolás Quilodrán.-
11. Dictamen Legal: ref. solicitud de adj. en venta Hermanos Muñoz.-
12. Dictamen Legal: ref. ocupación Alejandro Valenzuela y Efraín Valenzuela.-
13. Dictamen Legal: ref. ocupación Pablo Riquelme.-
14. Dictamen Legal: ref. José Epolidoro Reyes.-
15. Dictamen Legal: ref. ocupación Flia. Mayorga.-
16. Dictamen Legal: ref. Ocupación Humberto Lobos.-
17. Dictamen Legal: ref. ocupación Elsa Barría.-
18. Dictamen Legal: ref. situación territorial Almerinda Monsalve.-
19. María Pescio: solicitud de regularización territorial herederos Marcelo Lutteral.-
20. María Torres: presenta proyecto de subdivisión, sucesión Bernardino Artero.-
21. Julio Quintrillan: solicitud de terreno, lindero al lote de Margarita Quintrillan.-
22. Paola Riquelme: Solicitud de actualizar ord. 069/04.-
23. Ulises Leiva: Solicitud de mensura lote 10.-
24. Alejandro Barzi: presenta copias de antecedentes de gestiones sobre planificación estratégica.-
25. Vecinos: presentan nota solicitando nueva ordenanza tributaria.-
26. Luís Garbini: solicita tratamiento situación territorial lote 129.-
27. Elena Rogel: solicita titularización de tierra, lote 6.-
28. María Riquelme: ref. a la situación del 20 x 30 Antonio Riquelme.-
29. Mabel Rodríguez: solicita rever la tasa de impuesto al rubro camping.-
30. Diego Breide: solicita incorporar un lote a planta urbana.-
31. Lino Rogel: solicita aporte para solventar gastos fiesta Pto Patriada.-
32. Erico Bianchi: plantea situación territorial en parte del lote 17.-
33. Partido Justicialista El Hoyo: solicita al derogación ordenanza tributaria.-

El Hoyo Chubut 03 de Marzo del año 2009.-