sábado, 17 de enero de 2009

¿que hacer cuando los que hacen las leyes no las cumplen?

el 29 de marzo del 2.000 el concejo de aquel entonces y con el voto positivo de
Silva, Riquelme, Artero, Pizarro, Neculman y Franco
sancionó la resolución 008/2000 que en el articulo 1 dice;
aprobar el reglamento interno del HCD a partir de la presente resolución.

éste en el articulo 87 dice:
Ningún proyecto de ordenanza que importe gastos, creación o aumento de recursoso disminución de los existentes podrán ser tratados sin despacho de comisión.

la Ley 3098, que rige las corporaciones municipales en el Artículo 35 dice:
Las Ordenanzas impositivas y/o autorización de gastos de carácter especial, se decidirán nominalmente consignándose en Acta, los Concejales que voten por la afirmativa y los que voten por la negativa. Omitiéndose la consignación se entenderá que hubo unanimidad. Todo aumento o creación de impuestos, contribuciones de mejoras y tasas, será sancionado por mayoría absoluta y del total de los miembros del Concejo.

ayer el HCD de El Hoyo con solo 4 votos aprobó el proyecto de ordenanza tributaria elevado por el DEM que (entre paréntesis) no tenía despacho de comisión alguno.

Tanto el bloque del FPV como yo decidimos no dar quorum para evitar el rechazo de la norma que necesita una gran escofinada

Estamos hablando de gravar ingresos brutos y aumentar todos los tributos

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