Título: SUSPENDASE POR EL PLAZO DE 2 MESES LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL DECRETO Nº 268/11
Fecha Registro: 05/05/2011
Detalle:
RAWSON, O 5 MAY 2011
VISTO:
El Expediente N'^ 712/11 MCG, y el Decreto N° 268/11; y
CONSIDERANDO:
Que el dictado de la norma referenciada obedece al legítimo reconocimiento de la autonomía municipal, y propiedad sobre las tierras fiscales dentro de los correspondientes ejidos municipales, que contemplan los artículos 224° y 241° de la Constitución Provincial;
Que de ninguna manera, dicho reconocimiento soslaya las medidas que se adopten en el marco de lo dispuesto por el art. 105° de esa Carta Magna Provincial, referidas al dominio, aprovechamiento, defensa, mejoramiento y ampliación del Bosque Nativo, como en cuanto al aprovechamiento racional del recurso y las facultades inherentes al poder de policía que el Estado Provincial ejerce como tal;
Que no obstante ello, y el justificado propósito perseguido de erradicar mediante una
simple herramienta legal una problemática grave, recurrente e inveterada; se han emitido críticas que conllevan a adoptar la decisión de suspender el acto administrativo por un plazo determinado, dejando por ese período en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia del Chubut, la responsabilidad de dictar las normas que permitan arribar a soluciones alternativas;
Que las diatribas recibidas confrontan los hechos y actos impulsados desde el Poder
^Ejecutivo Provincial, que ha dispuesto numerosas medidas de protección efectivas sobre el Bosque, disponiendo mediante Decreto 199/07 la Reserva Forestal de más de Doscientos Cincuenta mil Hectáreas, que redunda en una defensa y tutela concreta de una de las mas importantes masas boscosas y su biodiversidad;
Que en mérito a los fundamentos que anteceden, se establecerá la suspensión del Decreto invocado en el visto por el plazo de dos meses;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- SUSPÉNDASE por el plazo de Dos (2) Meses la entrada en vigencia del Decreto N° 268 de fecha 10 de Marzo de 2011, a partir del dictado del presente Decreto.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Industria, Agricultura y Ganadería, y Coordinación de
Gabinete.
Artículo 3°.- REGÍSTRESE, comuniqúese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 510
INSTRUMENTOS LEGALES ASOCIADOS
Instrumentos legales afectados por este instrumento legal
(Se relaciona) Decreto 268/2011
Instrumentos legales que afectan a este instrumento legal
(No hay instrumentos legales que lo afecten)
martes, 24 de mayo de 2011
miércoles, 20 de abril de 2011
minuta 20 de Abril del año 2011.-
Sesión Ordinaria del día 20 de Abril del año 2011 – Acta N º 005/2011 HCD MEH
Lectura acta de la sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-
Notas Recibidas del Ejecutivo:
DEM eleva rendición de cuentas diciembre/10 y enero/11.-
Proyectos del Legislativo:
Proy. de Ordenanza adherir al Plan Nacional de Accesibilidad.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Claudio Arguello.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Horacio San Martín.-
…Proy. de Ordenanza adherir a la ley 4032.-
Notas recibidas en el Legislativo:
Nota del centro de jubilados Integrados.-
Nota de Alejandro Barzi.-
Lectura acta de la sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-
Notas Recibidas del Ejecutivo:
DEM eleva rendición de cuentas diciembre/10 y enero/11.-
Proyectos del Legislativo:
Proy. de Ordenanza adherir al Plan Nacional de Accesibilidad.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Claudio Arguello.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Horacio San Martín.-
…Proy. de Ordenanza adherir a la ley 4032.-
Notas recibidas en el Legislativo:
Nota del centro de jubilados Integrados.-
Nota de Alejandro Barzi.-
minuta 20 de Abril del año 2011.-
Sesión Ordinaria del día 20 de Abril del año 2011 – Acta N º 005/2011 HCD MEH
Lectura acta de la sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-
Notas Recibidas del Ejecutivo:
DEM eleva rendición de cuentas diciembre/10 y enero/11.-
Proyectos del Legislativo:
Proy. de Ordenanza adherir al Plan Nacional de Accesibilidad.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Claudio Arguello.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Horacio San Martín.-
…Proy. de Ordenanza adherir a la ley 4032.-
Notas recibidas en el Legislativo:
Nota del centro de jubilados Integrados.-
Nota de Alejandro Barzi.-
Lectura acta de la sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-
Notas Recibidas del Ejecutivo:
DEM eleva rendición de cuentas diciembre/10 y enero/11.-
Proyectos del Legislativo:
Proy. de Ordenanza adherir al Plan Nacional de Accesibilidad.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Claudio Arguello.-
Proy. de Ordenanza Adj. En venta Horacio San Martín.-
…Proy. de Ordenanza adherir a la ley 4032.-
Notas recibidas en el Legislativo:
Nota del centro de jubilados Integrados.-
Nota de Alejandro Barzi.-
miércoles, 23 de marzo de 2011
El Hoyo, 23 de marzo de 2011
Honorable Concejo Deliberante
Sr. Presidente Don José Bondel
S / D:
Me dirijo a usted con motivo de solicitar un Pedido de Informe referente a fondos y recursos asignados por el gobierno de la Provincia del Chubut al Municipio de El Hoyo en relación al incendio forestal que tuvo lugar a principios de este mes en la región.
Solicito, en mi carácter de edil, un resumen de gastos con todos los comprobantes en el que se detallen los gastos, asignaciones y pagos efectuados con los fondos y recursos antes mencionados.
Mediante el presente Pedido de Informe, y amparado bajo la Ley Provincial Nº 3764, de acceso a las fuentes de información, solicito, como indica el artículo 3º, que dicha información esté disponible en dos (2) días hábiles.
Sin más, lo saluda atentamente,
Pol Huisman
Concejal
Honorable Concejo Deliberante
Sr. Presidente Don José Bondel
S / D:
Me dirijo a usted con motivo de solicitar un Pedido de Informe referente a fondos y recursos asignados por el gobierno de la Provincia del Chubut al Municipio de El Hoyo en relación al incendio forestal que tuvo lugar a principios de este mes en la región.
Solicito, en mi carácter de edil, un resumen de gastos con todos los comprobantes en el que se detallen los gastos, asignaciones y pagos efectuados con los fondos y recursos antes mencionados.
Mediante el presente Pedido de Informe, y amparado bajo la Ley Provincial Nº 3764, de acceso a las fuentes de información, solicito, como indica el artículo 3º, que dicha información esté disponible en dos (2) días hábiles.
Sin más, lo saluda atentamente,
Pol Huisman
Concejal
minuta sesión 23 de marzo 2011
Sesión Ordinaria del día 23 de Marzo del año 2011 – Acta N º 003/2011 HCD MEH
Lectura acta de la sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-
Notas Recibidas del Ejecutivo:
Area de tierras: Regularización territorial Javier Bernardis.-
Area de tierras: solicitud de informe sr. Luís Fernández.-
Area de tierras: solicitud de autorización de mensura, chacra 21, parcela 1.-
Area de tierras: solicita dictamen ref. vigencia de las ord. 32/09.-
Area de tierras: ref. ord. 075/00.-
Urbanismo: solicita informe ref. plano sobre parcela 3, chacra 9.-
Area de tierras: solicita informe ref. vigencia de la Ord. 091/00.-
Urbanismo: ref. disponibilidad de tierras fiscales para viviendas.-
Proyectos del Ejecutivo:
Proy. de Ordenanza ref. adhesión a la Ley Pcial XI Nº 31 y Decreto Reglamentario.-
Proyectos de ordenanzas ref. regularización dominial de las familias Ojeda y Rivera.-
Proy. de Ordenanza ref. cambio partida presupuestaria.-
Proyectos del Legislativo:
Proy. de Ordenanza ref. eximición de impuestos Alicia Meliñanco.-
Proy. de Ordenanza: ref. cartelería Partido Vecinal. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. reglamentar gastos de publicidad oficial. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. reglamentación Juntas Vecinales. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. Instar al DEM regular cartelería de obra. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. Juntas Vecinales. Presentado por el cjal Bondel.-
Notas recibidas en el Legislativo:
Nota por solicitud de adj. En venta parcela 5, lote 69, chacra 18.-
Nota de Ariana Lutteral: solicita adj. En venta.-
Alejandro Barzi: ref. certificado de ocupación.-
Nota por solicitud de aprobación proy. de mensura fracción en el lote 41.-
Calixto Mayorga: ref. ord. 075/00.-
Luís Nicholson: solicitud de adj. En venta.-
Nota del cjal Huisman: ref. solicitud de informe sobre condiciones de manejo basurero.-
Nota multipartidaria por solicitud de sesión especial.-
Cámara de comercio anteproyecto “Fuentes para la vida”.-
C° Jubilados y Pens.: ref. designación de nombre edificio del C°.-
Clidia Seguel: solicita autorización de mensura parcela 8, chacra 17.-
Nancy Heguy: ref. terrenos baldíos.
Cámara de comercio: solicitud de informe ref. plan de acción situación incendio.
Costelho: ref. daños por incendio, impacto y acciones.-
Vecinos autoconvocados ref. incendio acaecido en el área norte de El Hoyo.-
Eusebio Valenzuela: solicitud de autorización de mensura.-
Nicolás Quilodrán: solicitud de autorización de mensura.-
Saturnina Hube: solicitud de autorización de mensura.-
Nota del Sr. Julio Goldman: ref. solicitud de reconocimiento de ocupante.-
Claudio Arguello: solicitud de adj. En venta.-
Mario Yurkovich: solicitud de autorización de mensura.-
Lectura acta de la sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-
Notas Recibidas del Ejecutivo:
Area de tierras: Regularización territorial Javier Bernardis.-
Area de tierras: solicitud de informe sr. Luís Fernández.-
Area de tierras: solicitud de autorización de mensura, chacra 21, parcela 1.-
Area de tierras: solicita dictamen ref. vigencia de las ord. 32/09.-
Area de tierras: ref. ord. 075/00.-
Urbanismo: solicita informe ref. plano sobre parcela 3, chacra 9.-
Area de tierras: solicita informe ref. vigencia de la Ord. 091/00.-
Urbanismo: ref. disponibilidad de tierras fiscales para viviendas.-
Proyectos del Ejecutivo:
Proy. de Ordenanza ref. adhesión a la Ley Pcial XI Nº 31 y Decreto Reglamentario.-
Proyectos de ordenanzas ref. regularización dominial de las familias Ojeda y Rivera.-
Proy. de Ordenanza ref. cambio partida presupuestaria.-
Proyectos del Legislativo:
Proy. de Ordenanza ref. eximición de impuestos Alicia Meliñanco.-
Proy. de Ordenanza: ref. cartelería Partido Vecinal. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. reglamentar gastos de publicidad oficial. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. reglamentación Juntas Vecinales. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. Instar al DEM regular cartelería de obra. Presentado por el cjal Huisman.-
Proy. de Ordenanza: ref. Juntas Vecinales. Presentado por el cjal Bondel.-
Notas recibidas en el Legislativo:
Nota por solicitud de adj. En venta parcela 5, lote 69, chacra 18.-
Nota de Ariana Lutteral: solicita adj. En venta.-
Alejandro Barzi: ref. certificado de ocupación.-
Nota por solicitud de aprobación proy. de mensura fracción en el lote 41.-
Calixto Mayorga: ref. ord. 075/00.-
Luís Nicholson: solicitud de adj. En venta.-
Nota del cjal Huisman: ref. solicitud de informe sobre condiciones de manejo basurero.-
Nota multipartidaria por solicitud de sesión especial.-
Cámara de comercio anteproyecto “Fuentes para la vida”.-
C° Jubilados y Pens.: ref. designación de nombre edificio del C°.-
Clidia Seguel: solicita autorización de mensura parcela 8, chacra 17.-
Nancy Heguy: ref. terrenos baldíos.
Cámara de comercio: solicitud de informe ref. plan de acción situación incendio.
Costelho: ref. daños por incendio, impacto y acciones.-
Vecinos autoconvocados ref. incendio acaecido en el área norte de El Hoyo.-
Eusebio Valenzuela: solicitud de autorización de mensura.-
Nicolás Quilodrán: solicitud de autorización de mensura.-
Saturnina Hube: solicitud de autorización de mensura.-
Nota del Sr. Julio Goldman: ref. solicitud de reconocimiento de ocupante.-
Claudio Arguello: solicitud de adj. En venta.-
Mario Yurkovich: solicitud de autorización de mensura.-
miércoles, 16 de febrero de 2011
insistir con el presupuesto participativo
VISTO: Decreto 206 Fondo Federal Solidario, Ley XVI Nº 46, Resolución Municipal Nº 147/09
Y CONSIDERANDO:
Que el Fondo Federal Solidario fue establecido desde el Estado Nacional como una herramienta para combatir la crisis económica, al tiempo que ayuda a la descentralización, con fondos que tienen por destino "financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en ámbitos urbanos o rurales";
Que así como desde el Estado Nacional se propende a la descentralización y a la participación de instancias de gobierno tales como Provinciales y Municipales, el Estado Municipal debería hacer lo propio e incentivar, acompañar y propender la descentralización y la participación de los ciudadanos;
Que es a través del presupuesto participativo que el estado modificará prácticas ciudadanas, creando nuevos hábitos de participación dejando atrás mecanismos clientelares, recogiendo ordenadamente las inquietudes y propuestas de la gente y transformandolas en obras que se eligen con procedimientos transparentes.
Que la elaboración y discusión de partes del presupuesto de forma participativa acerca la gestión pública a la población y mejora la calidad institucional de las organizaciones
Que los recursos del Fondo Federal Solidario deben ser utilizados a las obras a las que están destinados;
Que las Comisiones Vecinales son el primer eslabón para pensar en la participación ciudadana;
Que las Juntas Vecinales son la instancia de gobierno más cercana al pueblo, y por ello mismo están empapadas en la realidad de cada paraje, que conocen sus necesidades, requerimientos y urgencias, y trabajan en pos de su solución;
Que en el Anexo Resolución Municipal Nº147/08 (Reglamento para las Comisiones Vecinales de la Municipalidad de El Hoyo) se avisa que la Comisión Vecinal reconocida será el ente naturalmente representativo de los intereses de un vecindario y canal exclusivo para el planteamiento de las inquietudes comunitarias y la comunicación cotidiana entre la Comisión y la Municipalidad;
Que las Comisiones Vecinales, por lo antes dicho, serían las indicadas para la selección de los proyectos a realizar con los recursos del Fondo Federal Solidario, ya que trabajan desde la base en las problemáticas que aquejan al pueblo;
Que el Partido Vecinal, al igual que todos los partidos representados en este Honorable Concejo, en su plataforma electoral de gobierno, anunció su voluntad de trabajar mano a mano con las Comisiones Vecinales;
POR ELLO Y
en uso de las facultades que le son propias
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1: Destinar los recursos del Fondo Federal Solidario a las las obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, de vivienda y vial en los ámbitos rurales de su incumbencia que las Juntas Vecinales de la localidad de El Hoyo determinen de manera equitativa y transparente.
Artículo 2: reglamentar los mecanismos que garanticen la correcta distribución y ejecución de los fondos, asi como los mecanismos de elección de las obras a realizar con el fin de fortalecer la participación ciudadana en la toma de desiciones desde el ámbito de las comisiones vecinales.
Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese
Y CONSIDERANDO:
Que el Fondo Federal Solidario fue establecido desde el Estado Nacional como una herramienta para combatir la crisis económica, al tiempo que ayuda a la descentralización, con fondos que tienen por destino "financiar obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial en ámbitos urbanos o rurales";
Que así como desde el Estado Nacional se propende a la descentralización y a la participación de instancias de gobierno tales como Provinciales y Municipales, el Estado Municipal debería hacer lo propio e incentivar, acompañar y propender la descentralización y la participación de los ciudadanos;
Que es a través del presupuesto participativo que el estado modificará prácticas ciudadanas, creando nuevos hábitos de participación dejando atrás mecanismos clientelares, recogiendo ordenadamente las inquietudes y propuestas de la gente y transformandolas en obras que se eligen con procedimientos transparentes.
Que la elaboración y discusión de partes del presupuesto de forma participativa acerca la gestión pública a la población y mejora la calidad institucional de las organizaciones
Que los recursos del Fondo Federal Solidario deben ser utilizados a las obras a las que están destinados;
Que las Comisiones Vecinales son el primer eslabón para pensar en la participación ciudadana;
Que las Juntas Vecinales son la instancia de gobierno más cercana al pueblo, y por ello mismo están empapadas en la realidad de cada paraje, que conocen sus necesidades, requerimientos y urgencias, y trabajan en pos de su solución;
Que en el Anexo Resolución Municipal Nº147/08 (Reglamento para las Comisiones Vecinales de la Municipalidad de El Hoyo) se avisa que la Comisión Vecinal reconocida será el ente naturalmente representativo de los intereses de un vecindario y canal exclusivo para el planteamiento de las inquietudes comunitarias y la comunicación cotidiana entre la Comisión y la Municipalidad;
Que las Comisiones Vecinales, por lo antes dicho, serían las indicadas para la selección de los proyectos a realizar con los recursos del Fondo Federal Solidario, ya que trabajan desde la base en las problemáticas que aquejan al pueblo;
Que el Partido Vecinal, al igual que todos los partidos representados en este Honorable Concejo, en su plataforma electoral de gobierno, anunció su voluntad de trabajar mano a mano con las Comisiones Vecinales;
POR ELLO Y
en uso de las facultades que le son propias
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1: Destinar los recursos del Fondo Federal Solidario a las las obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, de vivienda y vial en los ámbitos rurales de su incumbencia que las Juntas Vecinales de la localidad de El Hoyo determinen de manera equitativa y transparente.
Artículo 2: reglamentar los mecanismos que garanticen la correcta distribución y ejecución de los fondos, asi como los mecanismos de elección de las obras a realizar con el fin de fortalecer la participación ciudadana en la toma de desiciones desde el ámbito de las comisiones vecinales.
Artículo 3: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cumplido Archívese
lunes, 14 de febrero de 2011
consejo de la juventud
Proyecto de Ordenanza: Creación del Consejo de la Juventud
VISTO: La importancia que el Estado debe darle a la juventud, la ordenanza 028/97, la Ley XVI Nº 46
Y CONSIDERANDO:
QUE es intención del Gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar en el ámbito de la juventud local cuestiones de la educación, la cultura, el deporte, la producción y el medio ambiente;
QUE para tal fin debe crearse un organismo tendiente a generar las condiciones ideales para que los jóvenes puedan realizar intercambios de conceptos, talleres de debates sobre sus inquietudes, sus aspiraciones, además de un espacio que les sirva para afirmarse como sujetos de derechos;
QUE para ello sería imprescindible establecer un organismo denominado Consejo de la Juventud;
QUE el Consejo de la Juventud será un vínculo importante para relacionarse e intercambiar experiencias con jóvenes de otras localidades o con organismos privados u oficiales de cualquier nivel;
por ello
y en uso de las facultades que le son propias
el HCD sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: Créase en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal el Consejo de la Juventud de la Municipalidad de El Hoyo;
Artículo 2°: El Consejo de la Juventud de la Municipalidad de El Hoyo tiene como objetivos generales promover, fortalecer y coordinar en el ámbito de la juventud local cuestiones que hacen a nuestra educación, cultura, deporte, producción y medio ambiente. Será además asesor privilegiado de las distintas áreas y direcciones del Municipio;
Artículo 3°: El Consejo de la Juventud de la Municipalidad de El Hoyo se conformará con jóvenes entre 15 y 30 años de edad que habiten nuestra localidad o que habiéndola habitado se encuentren estudiando fuera de ella;
Artículo 4°: Una vez sancionada la ordenanza de creación del Consejo de la Juventud el DEM convocará a una asamblea constitutiva por medios de comunicación gráficos y radiales. La misma se llevará a cabo dentro de los 30 días de sancionada la presente ordenanza;
Artículo 5°: El Consejo de la Juventud elaborará su reglamento interno de funcionamiento, el que será elevado al DEM para ser ratificado. El reglamento se podrá modificar en asamblea general convocada para dicho efecto con 30 días de anticipación y amplia difusión;
Artículo 6°: El Consejo de la Juventud queda facultado para realizar eventos culturales, deportivos y otros, que, además de dinamizar estas áreas, sirvan para generar recursos económicos a fin de solventar gastos de funcionamiento;
Artículo 7: Dé forma.
VISTO: La importancia que el Estado debe darle a la juventud, la ordenanza 028/97, la Ley XVI Nº 46
Y CONSIDERANDO:
QUE es intención del Gobierno Municipal promover, fortalecer y coordinar en el ámbito de la juventud local cuestiones de la educación, la cultura, el deporte, la producción y el medio ambiente;
QUE para tal fin debe crearse un organismo tendiente a generar las condiciones ideales para que los jóvenes puedan realizar intercambios de conceptos, talleres de debates sobre sus inquietudes, sus aspiraciones, además de un espacio que les sirva para afirmarse como sujetos de derechos;
QUE para ello sería imprescindible establecer un organismo denominado Consejo de la Juventud;
QUE el Consejo de la Juventud será un vínculo importante para relacionarse e intercambiar experiencias con jóvenes de otras localidades o con organismos privados u oficiales de cualquier nivel;
por ello
y en uso de las facultades que le son propias
el HCD sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: Créase en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal el Consejo de la Juventud de la Municipalidad de El Hoyo;
Artículo 2°: El Consejo de la Juventud de la Municipalidad de El Hoyo tiene como objetivos generales promover, fortalecer y coordinar en el ámbito de la juventud local cuestiones que hacen a nuestra educación, cultura, deporte, producción y medio ambiente. Será además asesor privilegiado de las distintas áreas y direcciones del Municipio;
Artículo 3°: El Consejo de la Juventud de la Municipalidad de El Hoyo se conformará con jóvenes entre 15 y 30 años de edad que habiten nuestra localidad o que habiéndola habitado se encuentren estudiando fuera de ella;
Artículo 4°: Una vez sancionada la ordenanza de creación del Consejo de la Juventud el DEM convocará a una asamblea constitutiva por medios de comunicación gráficos y radiales. La misma se llevará a cabo dentro de los 30 días de sancionada la presente ordenanza;
Artículo 5°: El Consejo de la Juventud elaborará su reglamento interno de funcionamiento, el que será elevado al DEM para ser ratificado. El reglamento se podrá modificar en asamblea general convocada para dicho efecto con 30 días de anticipación y amplia difusión;
Artículo 6°: El Consejo de la Juventud queda facultado para realizar eventos culturales, deportivos y otros, que, además de dinamizar estas áreas, sirvan para generar recursos económicos a fin de solventar gastos de funcionamiento;
Artículo 7: Dé forma.
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