lunes, 29 de noviembre de 2010

ordenanza tributaria

VISTO:
- LA Ley XVI N 46
- La Ordenanza 065/08 Código Fiscal
- La Ordenanza Presupuesto 2011
Y CONSIDERANDO:
- Que se encuentra aprobada la Ordenanza Fiscal, mediante Ordenanza Municipal Nº 065/08.-
- Que se encuentra aprobado el Presupuesto Anual para el corriente año, mediante Ordenanza Municipal Nº /10;
- Que ambas Ordenanzas han sido dictadas por el Honorable Concejo Deliberante por unanimidad;
- Que habiendo sido tratado en el período legislativo del año 2011 el citado Proyecto de Ordenanza Tributaria, no existe impedimento alguno de que en el período legislativo del corriente año 2011 se eleve el presente Proyecto de Ordenanza Tributaria.
- Que a los fines de la determinación del quantum aplicable a cada tributo se ha tomado en cuenta la determinación de los mismos en base a módulo, conforme se estableció en la Ordenanza Presupuestaria.
- Que los valores de los Tributos deben detentar el carácter de razonables, entendiendo con ello su adecuación al costo que se requieran a los fines de la prestación de los servicios
-
- Que resulta necesario asegurar tanto la prestación de los servicios como el sostenimiento y mejoramiento de la calidad de vida de los vecinos de esta localidad, y que ello no resulta posible si no es manteniendo en el tiempo los valores constantes de los costos, actualizando los mismos.
- Que en consecuencia de los considerandos expuestos, la propuesta actual no debe considerarse un incremento de tributos sino una adecuación de los mismos que permita la continuidad de la prestación de los servicios sin que ello pretenda de modo alguno traspasar los límites de la razonabilidad ni generar un aumento abusivo, desmedido o arbitrario, sino, simplemente, adecuar los valores de los tributos a los costos reales de manera tal que guarden relación directa con los servicios y beneficios requeridos por los contribuyentes.

POR ELLO Y:
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA


Artículo Nº 1: APRUEBASE la “ORDENANZA TRIBUTARIA DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO”, que como ANEXO I se adjunta a la presente y forma parte de la misma.----------------------------------------------------------------------

Artículo Nº 2: DERÓGANSE la Ordenanza 117/2009 y toda aquella que se oponga a la presente.-----------------------------------------------------------------------------


Artículo Nº 3: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.------------------------

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día de del año 2010.-------------------------------

















Ordenanza Tributaria

Municipalidad de El Hoyo
Provincia del Chubut














ÍNDICE
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS ¡Error! Marcador no definido.
ALICUOTAS – DESCUENTOS Y BONIFICACIONES 3
GRUPO A - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS 6
COMERCIO POR MAYOR 6
COMERCIO POR MENOR 6
RESTAURANTES Y ALOJAMIENTOS 6
ELECTRICIDAD, GAS, AGUA Y COMUNICACIONES 7
TRANSPORTE 7
ALMACENAMIENTO 7
SERVICIOS COMUNALES, SOCIALES Y PERSONALES ANEXOS 7
SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS 7
SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO 8
SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGARES 8
LOCACIONES 8
SERVICIOS FINANCIEROS Y COMPLEMENTARIOS 8
GRUPO B - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS 8
INDUSTRIALIZACIÓN Y/O PRODUCCION DE BIENES 8
GRUPO C - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS 9
PRODUCCION PRIMARIA 9
GRUPO D - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS 9
MONTO MÍNIMO 9
IMPUESTO A LOS BIENES RAÍCES 9
ZONAS URBANA CENTRAL, RESIDENCIAL Y SERVICIOS 10
Hasta 1000 m2: 10
Más de 1000 m2 Hasta de 10000 m2 : 10
Zona Rural 10
Parque Industrial por m2 10
IMPUESTO A LOS VEHÍCULOS: 10
Camionetas utilitarias (pick ups tracción simple o doble, caja descubierta) 10
Colectivos 11
Acoplados 11
Camiones 11
TASAS 12
HABILITACIONES, INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE 12
COMERCIO 12
EN LOCALES Y/O INSTALACIONES ESPECÍFICAS: 12
EN VÍA PÚBLICA 12
SERVICIOS 13
LICENCIAS DE CONDUCIR 13
OTORGAMIENTO DE LIBRETA SANITARIA 13
ALQUILER DE ESTRUCTURAS DE PUESTOS PARA FERIAS Y EVENTOS 13
PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN 14
Obras Particulares: 14
Sellado 14
Visado por m2 14
MULTAS 14
Catastro 14
Sellado 14
Visado 14
INSPECCIÓN DE TIERRAS 14
SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL 15
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS 15
SERVICIOS RETRIBUTIVOS 15
UTILIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS POR EMPRESAS DE SERVICIOS 15
CARTELERÍA 16
EXPLOTACIÓN DE EQUIPOS Y MÁQUINAS AGRÍCOLAS 16
ESPECTÁCULOS, EVENTOS, DEMOSTRACIONES 16
ALQUILER DE PROPIEDADES MUNICIPALES 17
Centro Comunitario 17

La percepción de las obligaciones tributarias establecidas por la Ordenanza Fiscal de El Hoyo se efectuará de acuerdo con las disposiciones de la presente Ordenanza.
Artículo 1: Los impuestos, tasas, contribuciones y servicios mencionados en la presente Ordenanza están fijados en Módulos. El valor del Módulo será determinado en la Ordenanza Presupuestaria de cada Ejercicio.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

ALICUOTAS – DESCUENTOS Y BONIFICACIONES

Artículo 2: Fíjase para los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Municipalidad de El Hoyo que se encuentren ante la AFIP inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), las siguientes alícuotas según el grupo a que pertenezcan a sus actividades:
a) GRUPO A: 2,50 % (dos y medio por ciento).
b) GRUPO B: 1,50% (uno y medio por ciento).
c) GRUPO C: 1,00% (uno por ciento).
d) GRUPO D: 3,00% (tres por ciento)

Artículo 3: Fíjase para los contribuyentes del Impuesto a los Ingresos Brutos de la Municipalidad de El Hoyo que se encuentren ante la AFIP adheridos al Régimen Simplificado de Monotributo los siguientes montos fijos:

CATEGORÍA DE MONOTRIBUTO MONTO MENSUAL
A , F 25 M
B, G 50 M
C, H 75 M
D, I 100 M
E, J 150 M
K 200 M
L 250 M
M 300 M


Artículo 4: Los contribuyentes y responsables del impuesto gozarán de una bonificación del determinada por la Ordenanza Presupuestaria del monto que corresponda abonar cuando den cumplimiento a los siguientes recaudos;
a) No mantengan deuda exigible con la Municipalidad de El Hoyo en concepto de impuestos, tasas, contribuciones y obligaciones no tributarias al momento de efectuar el Ingreso del impuesto y
b) Abonen en legal tiempo y forma el importe correspondiente al impuesto sobre los Ingresos Brutos.


GRUPO A - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS

Artículo 5: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso a) del artículo 2 son las siguientes:

COMERCIO POR MAYOR

61100 Productos agropecuarios, forestales, de la pesca y minería
61200 Alimentos y bebidas
61300 Textiles, confecciones, prendas de cuero y piel
61400 Artes gráficas, maderas, papel y cartón
61500 Productos químicos derivados del petróleo y artículos de plástico y caucho
61600 Artículos de loza, vidrio, porcelana y materiales para la construcción
61700 Productos metálicos
61800 Vehículos, maquinarias, motores y equipos
61900 Otros comercios mayoristas no clasificados en otra parte

COMERCIO POR MENOR

62100 Alimentos y bebidas
62200 Indumentaria textil y de cuero
62300 Artículos para el hogar
62400 Papelería, artículos para oficinas y escolares
62500 Fármacos, perfumerías y artículos de tocador
62600 Ferreterías
62700 Vehículos
62800 Ramos generales
62900 Otros comercios minoristas no clasificados en otra parte
62910 Venta a consumidor final de combustibles líquidos

RESTAURANTES Y ALOJAMIENTOS
63100 Restaurantes y otros establecimientos que expidan bebidas, infusiones y/o comidas, incluidos boites, cabarets, café concerts, salones, pistas, confiterías, confiterías bailables, night clubes y establecimientos de análogas actividades cualquiera sean su denominación.
63200 Hoteles y otros lugares de alojamiento incluidos hoteles alojamiento, transitorios, casas de cita y establecimientos similares cualquiera sea la denominación utilizada.

CONSTRUCCIÓN

40000 Construcción
41000 Prestaciones relacionadas con la construcción
ELECTRICIDAD, GAS, AGUA Y COMUNICACIONES

51100 Generación de electricidad
51200 Transporte de electricidad
51300 Distribución de electricidad
52300 Distribución de gas natural
55000 Captación, purificación y distribución de agua
56100 Distribución de Comunicaciones y Servicios Agregados

TRANSPORTE

71100 Transporte terrestre
71300 Transporte aéreo
71900 Servicios relacionados con el transporte
71901 Empresas de turismo, organización de paquetes turísticos, agencias de turismo e intermediarias en la venta de pasajes; servicios propios y/o de terceros

ALMACENAMIENTO

72000 Depósitos y almacenamientos
61901 Acopiadores de productos agropecuarios

SERVICIOS COMUNALES, SOCIALES Y PERSONALES ANEXOS

82100 Instrucción pública
82200 Institutos de investigación y científicos
82300 Servicios médicos y odontológicos
82400 Instituciones de asistencia social
82500 Organizaciones profesionales, comerciales y laborales
82600 Servicios de veterinaria
82700 Servicios de saneamiento y similares
82900 Otros servicios sociales conexos

SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS

83100 Servicios de elaboración de datos, tabulación e informática
83300 Servicios jurídicos
83400 Alquileres y arrendamientos de máquinas y equipos
83500 Servicios técnicos y arquitectónicos
83600 Servicios de investigación de mercado
83700 Servicios de consultoría económica y financiera.
83800 Servicios de comidas preparadas
83900 Otros servicios prestados a las empresas no clasificados en otra parte

SERVICIOS DE ESPARCIMIENTO

84100 Producción, distribución y exhibición de películas cinematográficas y emisiones de radio y televisión.-
84900 Servicios de diversión y esparcimiento no clasificados en otra parte.


SERVICIOS PERSONALES Y DE LOS HOGARES

85100 Servicios de reparaciones
85200 Servicios de lavandería, establecimientos de limpieza y teñidos
85300 Servicios personales directos

LOCACIONES

93000 Locación de bienes inmuebles
93001 Locación de Bienes Muebles

SERVICIOS FINANCIEROS Y COMPLEMENTARIOS

91001 Préstamos de dinero y demás transacciones financieras
91007 Administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones, compañías de seguro y aseguradoras de riesgo de trabajo

GRUPO B - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS

Artículo 6: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso b) del Articulo 2 son las siguientes:

INDUSTRIALIZACIÓN Y/O PRODUCCION DE BIENES

31000 Industria manufacturera de productos alimenticios, bebidas no alcohólicas
32000 Fabricación de textiles y prendas de la industria del cuero
33000 Industria de la madera y productos de la madera
34000 Fabricación de papel y productos de papel, imprentas y editoriales
35000 Fabricación de sustancias químicas y de productos químicos derivados del petróleo y del carbón, del caucho y del plástico
36000 Fabricación de productos minerales no metálicos
37000 Industrias metálicas básicas
38000 Fabricación de productos metálicos, maquinarias y equipos
39000 Otras industrias manufactureras

GRUPO C - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS

Artículo 7: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso c) del Articulo 2 son las siguientes:
PRODUCCION PRIMARIA

11000 Producción y servicios agropecuarios
12000 Silvicultura y extracción de madera
13000 Caza ordinaria
14000 Pesca
21000 Explotación de minas de carbón
22000 Extracción de minerales metálicos
55210 Elaboración de vinos.
55220 Elaboración de sidra y otras bebidas alcohólicas a partir de frutas
55230 Elaboración de cerveza



GRUPO D - ACTIVIDADES COMPRENDIDAS

Artículo 8: Las actividades sujetas a la alícuota establecida por el inciso d) del Articulo 2 son las siguientes:

24000 Extracción de piedra, arcilla y arena
29000 Extracción de minerales no metálicos no clasificados en otra parte y explotación de canteras
55240 Servicios de esparcimiento relacionados con juegos de azar y apuestas: Venta de entradas a Bingos y Casinos.

MONTO MÍNIMO

Artículo 9: Para las actividades comprendidas en el artículo 2 y descriptas en los artículos 5 a 8, existirá un monto mínimo mensual de 300 Módulos sujeto a los descuentos que fije la Ordenanza Presupuestaria
IMPUESTO A LOS BIENES RAÍCES

Artículo 10: En el Artículo 25 de la Ordenanza 065/2008 se establece que el Valor de este Impuesto se fija a los fines de la determinación del Impuesto a los Bienes Raíces y no afectará la valuación de los terrenos fiscales.
De acuerdo a su ubicación dentro del ejido Municipal, será el siguiente.

ZONAS URBANA CENTRAL, RESIDENCIAL Y SERVICIOS
Hasta 1000 m2:
Terrenos con construcción por m2: 0,60 M
Construcción por m2: 0,60 M
Terreno baldío por m2 1,20 M

De 1.000 m2 Hasta 10.000 m2:
Terrenos con construcción: 1200 M
Construcción por m2: 1,00 M
Terreno baldío: 2400 M
Zona Rural
Zona rural 1 por hectárea: 60,80 M
Zona rural 2 por hectárea: 44,80 M
Zona rural 3 por hectárea: 32,00 M
Zona rural 4 por hectárea: 19,20 M
Parque Industrial por m2
Predio con instalación: 0,80 M
Instalación y/o edificación: 0,80 M


Artículo 11: El Mínimo imponible para Zona Urbana, Residencial y Servicios es de 150 Módulos y para Parque Industrial y Zona Rural 100 Módulos.

IMPUESTO A LOS VEHÍCULOS:

Artículo 12 : Por los vehículos (incluidas las pick ups que no sean consideradas como utilitarios) radicados en el ejido de El Hoyo se abonará Anualmente el 2,5% (dos y medio porciento) de la valuación de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios publicado al 31 de octubre del año anterior
La Ordenanza Presupuestaria Anual establecerá, para los contribuyentes al día con sus obligaciones fiscales, el descuento a realizar sobre el porcentaje del párrafo precedente.

Artículo 13: Los vehículos utilitarios, tales como pick ups destinadas a trabajo, furgones, camiones, transporte de pasajeros (microómnibus-colectivos-microbus), semirremolques, chasis con y sin cabina, carrocerías, acoplados, casillas rodantes, maquinarias especiales y similares, abonarán según las siguientes tablas:





Camionetas utilitarias (pick ups tracción simple o doble, caja descubierta)
Año Peso: 1.200 Kg 2.500 Kg 4.000 Kg +de 4.000 Kg
2011 680 M 722 M 785 M 848 M
2010 550 M 592 M 655 M 718 M
2009 420 M 462 M 525 M 588 M
2008 300 M 330 M 375 M 420 M
2007 285 M 314 M 356 M 399 M
2006 271 M 298 M 338 M 379 M
2005 257 M 283 M 321 M 360 M
2004 244 M 269 M 305 M 342 M
2003 232 M 256 M 290 M 325 M
2002 220 M 243 M 276 M 309 M
2001 209 M 231 M 262 M 294 M
Colectivos
Año Peso: 1.000 Kg 3.000 Kg 10.000 Kg +de 10.000 Kg
2011 770 M 820 M 876 M 950 M
2010 640 M 690 M 746 M 820 M
2009 510 M 560 M 616 M 690 M
2008 364 M 400 M 440 M 493 M
2007 349 M 384 M 422 M 473 M
2006 335 M 369 M 405 M 454 M
2005 322 M 354 M 389 M 436 M
2004 309 M 340 M 373 M 419 M
2003 297 M 326 M 358 M 402 M
2002 285 M 313 M 344 M 386 M
2001 274 M 300 M 330 M 371 M



Acoplados
Año Peso: 7.000 Kg 10.000 Kg 13.000 Kg 16.000 Kg 20.000 Kg +de 20.000 Kg
2011 497 M 520 M 547 M 582 M 621 M 650 M
2010 367 M 390 M 417 M 452 M 491 M 520 M
2009 237 M 260 M 287 M 322 M 361 M 361 M
2008 169 M 186 M 205 M 230 M 258 M 258 M
2007 158 M 174 M 192 M 215 M 241 M 241 M
2006 148 M 163 M 180 M 201 M 225 M 225 M
2005 138 M 152 M 168 M 188 M 210 M 210 M
2004 129 M 142 M 157 M 176 M 196 M 196 M
2003 121 M 133 M 147 M 165 M 183 M 183 M
2002 113 M 124 M 137 M 154 M 171 M 171 M
2001 106 M 116 M 128 M 144 M 160 M 160 M
Camiones
Año Peso: 7.000 Kg 10.000 Kg 13.000 Kg 16.000 Kg 20.000 Kg +de 20.000 Kg
2011 806 M 861 M 921 M 1001 M 1089 M 1130 M
2010 676 M 731 M 791 M 871 M 959 M 1000 M
2009 546 M 601 M 661 M 741 M 829 M 829 M
2008 390 M 429 M 472 M 529 M 592 M 592 M
2007 365 M 401 M 441 M 495 M 554 M 554 M
2006 341 M 375 M 412 M 463 M 518 M 518 M
2005 319 M 351 M 385 M 433 M 484 M 484 M
2004 298 M 328 M 360 M 405 M 453 M 453 M
2003 279 M 307 M 337 M 379 M 424 M 424 M
2002 261 M 287 M 315 M 354 M 396 M 396 M
2001 244 M 268 M 295 M 331 M 370 M 370 M
TASAS
HABILITACIONES, INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE

Artículo 14: Ordenanza 065/2008, Art.79 ”Por la habilitación para el desarrollo de actividades de comercialización, industrialización y servicios se abonará una tasa por única vez al inicio de las actividades según los montos determinados por la Ordenanza Tributaria y/o la Ordenanza Presupuestaria Anual”. Mas el valor de la tasa en seis (6) cuotas mensuales y consecutivas .

Artículo 15: Alícuota General. Todo comercio, industria, prestación o servicio no incluido específicamente en esta ordenanza o en sus anexos, abonará 400 Módulos anuales o fracción proporcional hasta su incorporación por ordenanza.

Artículo 16: Las entidades sin fines de lucro, que justifiquen tal circunstancia mediante presentación de estatuto en el que conste expresamente la prohibición de repartir utilidades, obtendrán un descuento determinado por el DEM de hasta cincuenta porciento (50%).
COMERCIO

EN LOCALES Y/O INSTALACIONES ESPECÍFICAS:


Artículo 17 Cuando un comercio, industria o establecimiento involucre a más de un rubro, abonará el ciento por ciento (100%) de la tasa establecida para la actividad principal y el cincuenta por ciento (50%) de las actividades secundarias, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza; si agregara rubros con posterioridad, abonará el 50% del canon correspondiente a cada uno de los agregados.

Artículo 18: Años siguientes a la inscripción inicial o reinscripción (Art. 41 de la presente Ordenanza) de un comercio, industria o establecimiento: al solicitar a la Dirección de Inspectoría la expedición del Certificado de Habilitación anual, los titulares abonarán una tasa equivalente al 80 % de la tasa establecida en el Anexo I de la presente, con sujeción a las reglas de los artículos anteriores.

EN VÍA PÚBLICA

Artículo 19: Por el ejercicio del comercio o la prestación de servicios en la vía pública o instalaciones públicas se abonará una tasa diaria abonada por adelantado en el momento de otorgamiento del permiso, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza.

Artículo 20: Cuando involucre a más de un rubro, abonará el ciento por ciento (100%) de la tasa establecida para su actividad principal y el cincuenta por ciento (50%) de la tasa establecida para las actividades secundarias, de acuerdo al Anexo I de la presente Ordenanza...
SERVICIOS

LICENCIAS DE CONDUCIR

Artículo 21: Se establecen los siguientes valores de cobro para la obtención de la Licencia de Conducir o el Cambio de Categoría de la misma:

Clase A 50 M
Clase B 100 M
Clase C 120 M
Clase D 200 M
Clase D1 100 M
Clase E 200 M
Clase F sin cargo
Clase G 200 M

Artículo 22: La renovación de la Licencia de Conducir, sin cambio de categoría tendrá un valor de cobro del 70% de los valores establecidos en el Artículo Anterior.

Artículo 23: La renovación de la Licencia de Conducir sin cambio de categoría para los Jubilados y Pensionados mayores de 60 años y menores de 70 años, con Jubilaciones y Pensiones Mínimas, tendrá un costo de 35 M.

Artículo 24: La renovación anual de la Licencia de Conducir para las personas mayores de 70 años tendrá un costo de 20 M.


OTORGAMIENTO DE LIBRETA SANITARIA

Artículo 25 Por otorgamiento de la libreta sanitaria con vigencia de un (1) año se abonarán 20 M.

ALQUILER DE ESTRUCTURAS DE PUESTOS PARA FERIAS Y EVENTOS

Artículo 26: Cuando las estructuras de puestos para ferias no sean utilizadas para eventos de interés municipal a realizarse en el Predio Municipal, podrán darse en alquiler hasta por 10 días con montaje y desmontaje incluido:

Bloque de 6 puestos grandes con montaje y desmontaje:
Hasta 5 días 3000 M por bloque
De 5 a 10 días 4000 M por bloque

Bloque de 6 puestos chicos con montaje y desmontaje
Hasta 5 días 2000 M por bloque
De 5 a 10 días 3000 M por bloque

PERMISOS DE CONSTRUCCIÓN

Artículo 27: Por la construcción de edificios o mejoras en la totalidad del ejido de El Hoyo, se abonará una tasa por permiso de edificación de acuerdo a los siguientes montos:
Obras Particulares:
Sellado
INGRESO TRAMITE PRESENTACION 5 M

Visado por m2
OBRA NUEVA VIVIENDA < 100 m2 1 M
OBRA NUEVA VIVIENDA > 100 m2 1,5 M
OBRA NUEVA COMERCIO < 100 m2 2 M
OBRA NUEVA COMERCIO > 100 m2 3 M
RELEVAMIENTO CONFORME A OBRA VIVIENDA 3 M
RELEVAMIENTO CONFORME A OBRA COMERCIO 4 M


MULTAS
AVANCE DE OBRA 15 M p/ Porcentaje
FALTA DE CARTEL DE OBRA 100 M Global
Catastro
Sellado
INGRESO TRAMITE PRESENTACION 5 M
Visado
MENSURAS URBANAS
SUBDIVISION SIMPLE hasta 12 LOTES 50 M+ 10 M x Lote
LOTEO mas 12 LOTES 75 M + 10 M x Lote
PH 500 M + 50 M x Unidad

MENSURAS RURALES
SUBDIVISION SIMPLE (Mínimo U.E.) 50 M
Con EXCEPCIÓN A NORMATIVA 100 M
LOTEO AGRESTE - CLUB DE CAMPO 500 M
PH 500 M + 50 M x Unidad

Artículo 28: La tasa establecida en el artículo anterior será abonada antes de iniciar la construcción.

INSPECCIÓN DE TIERRAS
Artículo 29: Se abonarán el siguiente monto:
Tasa de Inspección 50 M
SERVICIO DE CEMENTERIO MUNICIPAL

Artículo 30: Por el arrendamiento de lotes de tierra para la construcción de panteones y la prestación del servicio de conservación y limpieza de los Cementerios Municipales se abonará una tasa anual de:

Sepultura unitaria común con loza 40 M
Panteón 300 M
Nicho 60 M

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 31: Fíjense las tasas por los Servicios Administrativos siguientes:

Certificado de Libre deuda Municipal 25 M
Cálculo y resumen de Deuda Municipal 25 M
Certificado de Baja 25 M

Certificado de Valuación Fiscal
Lote Único 60 M
Loteo de 2 a 20 50 M + 6 M por parcela
Loteo más de 20 50 M + 3 M por parcela


SERVICIOS RETRIBUTIVOS

Artículo 32: Establézcase la siguiente tasa anual por los siguientes servicios

Zona Urbana 240 M
Zona Rural 150 M


UTILIZACIÓN DE ESPACIOS PÚBLICOS POR EMPRESAS DE SERVICIOS

Artículo 33:

Por metro lineal:
Cañerías de agua, cloacas o gas natural 1 M

Cables de energía eléctrica 0,5 M
Redes de video 0,5 M
Fibra Óptica 0,5 M
Líneas telefónicas 0,5 M
Por poste o columna:
De cableado de baja tensión y otros servicios 20 M
De cableado de media y alta tensión 100 M
Por transformadores 400 M
Por armarios, gabinetes, cámaras, tableros, arquetas
o similares 100 M
Por ocupación del lote 3 de la manzana 37 con válvula
reductora de presión de gas. 4500 M

CARTELERÍA

Artículo 34: Por la instalación de carteles en la vía pública se abonará un canon anual de 120 M por metro cuadrado

Artículo 35: Si el cartel fuera transitorio abonará una tasa de 10 M por mes por metro cuadrado o fracción menor.

EXPLOTACIÓN DE EQUIPOS Y MÁQUINAS AGRÍCOLAS

Artículo 36: Fíjense las siguientes tasas por la explotación de equipos de propiedad Municipal.

Explotación de Equipos:
Viaje de camión (relleno) 150 M
Máquina Niveladora (costo por hora) 150 M
Máquina retroexcavadora (costo por hora) 150 M
Carga de Camión 60 M
Máquina cargadora (costo por hora) 160 M

Explotación de Máquinas Agrícolas (costo por hora):
Tractor 50 M
Tractor con arado de rejas y vertedera 70 M
Tractor con rastra de disco 70 M
Tractor con arado de disco 70 M
Tractor con cincel 70 M
Tractor con palón nivelador 70 M
Tractor con palón y cincel 70 M
Tractor con desmalezadora 70 M
Palón nivelador solo 50 M
Cincel solo 50 M
Rotativa 90 M
Desmalezadora sola 50 M


Artículo 37: Autorízase al DEM a proceder a la limpieza y desmalezamiento con cargo al propietario de aquellos terrenos particulares cuando:
- se hubiera comunicado al propietario fehacientemente la necesidad de desmalezar y no se hubiera hecho lugar,
- implique peligro sanitario o de episodios riesgosos para los demás vecinos.
El valor será de 0,50 M el m2 y se adicionará al impuesto a los Bienes Raíces.

ESPECTÁCULOS, EVENTOS, DEMOSTRACIONES

Artículo 38: Fíjense las siguientes tasas por espectáculos, eventos, demostraciones públicos en ejido municipal, con excepción de aquellos declarados de bien público por el Departamento Ejecutivo Municipal:

Bailes 300 M
Shows, recitales 2000 M
Juegos Hípicos 500 M
Otros 200 M

Artículo 39: En el caso de que el valor de la entrada sea igual o superior a los 10 M, deberá abonarse adicionalmente el 1% de la recaudación.
ALQUILER DE PROPIEDADES MUNICIPALES
Artículo 40: Se fijan los siguientes valores por el alquiler de espacios, instalaciones, locales, inmuebles y servicios de las propiedades municipales:

Gimnasio (Reglamentación en Ordenanza Nº 077 /2008)
Utilización
Por hora
Fútbol 50 M

Por mes
Gimnasio de pesas 30 M
Actividad deportiva 15 M
Boxeo 40 M
•Actividades particulares
Por mes 100 M
•Eventos sin cobro de entradas
Cumpleaños/ Peñas / Bailes 300 M
Ferias (de ropas, de artesanos) por stand por día 40 M

Eventos con cobro de entradas 400 M
Si la entrada es igual o mayor a 10 M, el 1% de la recaudación

Cartelería estática
Por Evento por cartel 250 M
Por tiempo, por m2 por mes o fracción 40 M
Centro Comunitario
Uso de salones para Cursos y Talleres de proyectos
Privados por mes cuando la cuota supere los $ 50 100 M

Uso de salones para cursos y talleres de proyectos
Privados por mes cuando la cuota sea menor a $ 50 50 M

Uso del Auditorio para eventos privados
sin uso de equipamiento municipal, por evento 50 M
Si la entrada es igual o mayor a 10 M, el 1% de la recaudación

Uso del Auditorio para eventos privados
con uso de equipamiento municipal, por evento 200 M
Si la entrada es igual o mayor a 10 M, el 1% de la recaudación

Locales comerciales por mes:
Vista al Oeste sobre RN 40 400 M
Vista al Este 250 M

Cabaña Lote 31, Manzana 5A, Lote 7 por mes 800 M

Casa Barrio Arrayanes Loteo 32bc, Mza 16, Lote 7 1000 M

Artículo 41: Se autoriza a DEM a establecer los plazos para empadronamiento en Ingresos Brutos y re empadronamiento en Habilitaciones Comerciales.

Artículo 42: Derógase la ordenanza 051/2004 y cualquier otra legislación anterior u opuesta a la presente Ordenanza.



TASAS DE COMERCIO
EN LOCALES Y/O INSTALACIONES ESPECÍFICAS:
Comercios Minoristas
Almacén--------------------------------------------------------------------- 800 M
Autoservicio de Comestibles --------------------------------------------1200 M
Carnicería y Pollería-------------------------------------------------------- 800 M
Despacho de Pan, Facturas, Masas--------------------------------------- 400 M
Despensa y Kiosco rurales -------------------------------------------------300 M
Fábrica de Pastas Frescas - Elaboración y Venta ---------------------600 M
Frutería y Verdulería ------------------------------------------------------- 300 M
Expendio de Helados – sin fabricación ---------------------------------- 400 M
Empresa de catering y servicios para eventos --------------------------- 800 M
Hipermercado --------------------------------------------------------------10000 M
Panadería y repostería – elaboración y venta ---------------------------500 M
Panificadora – elaboración y venta ---------------------------------------800 M
Pescados y Mariscos ----------------------------------------------------------400 M
Kiosco urbano ------------------------------------------------------------------400 M
Kiosco Poli Rubros -----------------------------------------------------------600 M
Kiosco de diarios y revistas ---------------------------------------------------200 M
Supermercado – hasta 20 rubros --------------------------------------------1600 M
Supermercado – más de 20 rubros ------------------------------------------2300 M
Agencia de Lotería, Quiniela, Loto --------------------------------------1000 M
Armería y Artículos de Pesca ---------------------------------------------600 M
Artículos Agropecuarios y/o Veterinarios --------------------------------400 M
Artículos de Bazar y Menaje ----------------------------------------------- 400 M
Artículos de Electricidad y Artefactos Eléctricos y Electrónicos ------800 M
Artículos Regionales y Artesanías -----------------------------------------400 M
Bicicletería (Venta, reparación y alquiler) --------------------------------200 M
Botica y Perfumería --------------------------------------------------------- 200 M
Compra-Venta de Objetos Usados -----------------------------------------400 M
Computación – Venta de Hardware, Software e Insumos -------------600 M
Corralón de Materiales de Construcción ---------------------------------2000 M
Disquería, Instrumentos y Anexos ------------------------------------------600 M
Equipamiento e Implementos Agrícolas ----------------------------------600 M
Farmacia ----------------------------------------------------------------------600 M
Ferretería ----------------------------------------------------------------------700 M
Forrajería, Alimento para animales -----------------------------------------500 M
Fotografía – revelado y venta rollos, cámaras y anexos ----------------500 M
Herboristería y Dietética ------------------------------------------------------500 M
Joyería y Relojería ------------------------------------------------------------600 M
Juguetería y Librería -----------------------------------------------------------400 M
Librería, Papelería, Artículos de Embalaje ---------------------------------400 M
Máquinas, Electrodomésticos, Equipamiento Oficinas -----------------800 M
Matafuegos y Elementos de Seguridad – Venta y servicio --------------400 M
Mercería, Lencería ---------------------------------------------------------400 M
Mueblería ------------------------------------------------------------------800 M
Peluquería y Estética facial ------------------------------------------------400 M
Pinturería --------------------------------------------------------------------700 M
Tienda, Mercería, Zapatería ----------------------------------------------800 M
Teléfonos celulares y accesorios de telefonía celular -----------------1500 M
Oficina de Ventas Televisión Satelital ---------------------------------1000 M
Vaquería, Camisería, Ropa Sport ----------------------------------------800 M
Venta y distribución de leña -----------------------------------------------200 M
Gas envasado reparto y venta por menor ------------------------------- 400 M
Gas envasado depósito y venta -----------------------------------------1000 M
Video filmaciones ---------------------------------------------------------400 M
Videoclub (alquiler de películas) -----------------------------------------300 M
Vidriería, Marcos y Anexos ---------------------------------------------600 M
Vivero Forestal y/u Ornamental ----------------------------------------- 400 M
Zapatería, Zapatillería y Marroquinería -------------------------------800 M

Almacén Mayorista -------------------------------------------------------4000 M
Barraca y/o Acopiadora de Cueros y Lanas --------------------------800 M
Barraca y/o Acopiadora de Fruta y Verdura --------------------------800 M
Depósito de bebidas -------------------------------------------------------1000 M
Distribución de Bebidas ---------------------------------------------------1000 M
Distribución de Cigarrillos y Artículos para Kioscos ----------------800 M
Distribución de Combustible a granel a domicilio---------------------- 300 M
Distribución de Frutas y Verduras -------------------------------------------- 400 M
Distribución de Productos Alimentarios ------------------------------------600 M
Distribución de Productos Cárneos------------------------------------------ 1000 M
Distribución de Productos Panificados ---------------------------------------600 M
Distribución de Vinos y bebidas alcohólicas -------------------------------800 M
Introductores de Mercadería sin depósito en la localidad ------------------600 M
Vendedor domiciliario residente en la localidad ----------------------------- 400 M
Confitería Bailable --------------------------------------------------------------1600 M
Confitería con Entretenimientos o Juegos -----------------------------------900 M
Salones de Eventos y/o Conferencias----------------------------------------- 1500 M
Gimnasio ---------------------------------------------------------------------------400 M
Gimnasio con aparatos ----------------------------------------------------------700 M
Natatorio --------------------------------------------------------------------------800 M
Sala de Cine, Teatro y/o Espectáculos ----------------------------------------1000 M
Sala de Juegos (Bingo, Lotería, etc.) -------------------------------------------1000 M
Criadero de Animales de Granja ------------------------------------------------400 M
Criadero de Truchas --------------------------------------------------------------400 M
Establecimiento Apícola ---------------------------------------------------------400 M
Establecimiento Avícola ---------------------------------------------------------400 M
Secadero de Hongos y/o Mosqueta --------------------------------------------400 M
Tambo con Usina Pasteurizadora --------------------------------------------800 M
Tambo ----------------------------------------------------------------------------600 M
Fábrica de cerveza hasta 50.000 litros por año -------------------------------600 M
Fábrica de cerveza más de 50.000 litros por año ----------------------------1500 M
Fábrica de vidrio o de envases de vidrio ---------------------------------------600 M
Imprenta ------------------------------------------------------------------------ -----600 M
Fábrica de Chacinados y Embutidos ---------------------------------------------600 M
Fábrica de Dulces y Mermeladas hasta 500 kg ---------------------------------500 M
Fábrica de Dulces y Mermeladas más de 500 kg ------------------------------800 M
Fábrica y Venta de helados 800 M
Fábrica de Licores y Afines ------------------------------------------------------600 M
Bar, Pub, despacho de Bebidas-------------------------------------------------- 800 M
Casa de comidas preparadas para llevar -----------------------------------------600 M
Casa de Té ----------------------------------------------------------------------------500 M
Confitería y Cafetería ---------------------------------------------------------------500 M
Confiteria con Show o Numeros en Vivo--------------------------------------1.500 M
Fábrica de Sándwiches--------------------------------------------------------------- 400 M
Pizzería y Rotisería para llevar o delivery ---------------------------------------- 500 M
Pizzería y Rotisería con consumición en el local -------------------------------600 M
Restaurante y Parrilla ----------------------------------------------------------------800 M
Industrialización y fraccionamiento de Turba -----------------------------------3000 M
Concesión de cantera o de explotación de cantera ---------------------------2000 M
Fábrica de prendas de vestir --------------------------------------------------------1000 M
Laboratorio Industrial para producción de inoculantes ---------------------3000 M
Bodega y fraccionamiento de vinos 7000 M
Embotelladora de Agua Mineral 1000 M
Embotelladora de Agua de mesa 800 M
Fábrica de Alimentos en Conserva 800 M
Fábrica de bloques, ladrillos, pilares y baldosas 600 M
Fábrica de Bolsas de Polietileno y/o Polipropileno 800 M
Fábrica de Galletitas 600 M
Fábrica de Chocolates 600 M
Fábrica de Hielo 800 M
Fábrica de Muebles 800 M
Fábrica de Soda y/o gaseosas 800 M
Fabrica de Galpones, Tinglados y Casas Industrializadas 2000 M
Fábrica de aceite de rosa mosqueta 500 M
Agencia de Turismo 600 M
Alquiler de habitaciones en casa de familia por habitación 40 M
Cabaña o Bungalow por unidad inicial 120 M
Cabaña o Bungalow por cada unidad subsiguiente 60 M
Cabaña o Bungalow – Comedor 500 M
Hostel________________________________________________________500 M
Camping – por fogón 30 M
Camping – Albergue, refugio o dormís 500 M
Camping – Proveeduría 500 M
Camping – Comedor 500 M
Hospedaje, Pensión 300 M
Hotel/Hostería –Categoría 1 800 M
Hotel/Hostería – Categoría 2 600 M
Excursiones y Paseos Lacustres_______________________________ 800 M
Cabalgatas hasta 2 caballos 400 M
Cabalgatas por caballo adicional 100 M
Kayac hasta 4 embarcaciones 500 M
Kayac por cada embarcación adicional 100 M
Operador receptivo de Turismo 40 M
Guardería o Taller infantil 300 M
Jardín de Infantes 300 M
Academia de enseñanza privada 1000 M
Instituto privado de Enseñanza Primaria 1500 M
Instituto privado de Enseñanza Secundaria 2000 M
Empresa de Mudanzas 1600 M
Empresa de Transporte de Cargas Generales 1600 M
Taxi Flet 500 M
Transporte de Áridos 600 M
Transporte de Escolares 500 M
Agencia de Remis____________________________________________1.000 M
Transporte de Gas Envasado 600 M
Transporte de Pasajeros Media distancia 1000 M
Transporte de Pasajeros dentro del territorio de El Hoyo 300 M
Trasporte de productos alimentarios 400 M
Transporte de productos de panificación 400 M
Transporte para Turismo (excursiones) 400 M
Venta de pasajes para Micros de Media y Larga distancia 300 M
Asesoría legal 600 M
Asesoramiento agropecuario 400 M
Consultorio Médico 600 M
Consultorio odontológico 600 M
Consultorio Psicológico o Psicopedagógico 600 M
Consultorio Veterinario 400 M
Laboratorio de Análisis Clínicos 500 M
Clínica/Sanatorio con Consultorios externos 1200 M
Clínica/Sanatorio con Consultorios externos e internación 2000 M
Diagnóstico por Imágenes, Radiografías, ecografías 1200 M
Administración de Tarjetas de Crédito/Débito/Compras 4000 M
Agencia Comercial, Inmobiliaria, Martillero y/o representante 2000 M
Agencia de Compra-Venta de Automóviles Usados 2000 M
Agencia de Correo Privado 600 M
Agencia de Seguros/AFJP/ART 800 M
Concesionaria de Automotores nuevos y/o usados 2000 M
Emisora de Radio AM/FM 600 M
Emisora de Televisión 1500 M
Empresa de Servicios de Telefonía 3600 M
Empresa de Servicios de Telefonía e Internet 3600 M
Empresa de Servicios de Internet 2000 M
Banco 10000 M
Financiera 10000 M
Locutorio Telefónico 400 M
Servicios Gráficos de Comunicación e información 600 M
Oficina de Servicios y Gestiones 600 M
Estación de Servicio 3000 M
Neumáticos y Accesorios 600 M
Gomería reparación 200 M
Gomería con venta de cubiertas, alineación y balance 1000 M
Lubricentro 600 M
Lubricentro con lavadero 800 M
Gestoría de Automotores 600 M
Taller de Alineación y balanceo 600 M
Taller de Chapa y Pintura 600 M
Taller de Electricidad del Automóvil 600 M
Taller de Mecánica general 600 M
Taller de Reparación de baterías 500 M
Taller de Reparación de radiadores y/o Equipos de calefacción 600 M
Venta de Repuestos y Accesorios para automotores 700 M
Venta de Alfonbras y Decoraciones-------------------------------------------- 400 M
Agencia de publicidad y Organización de Espectáculos Públicos 600 M
Aserradero 2000 M
Secadero de Madera 1000 M
Fábrica de Machimbre 800 M
Carpintería hasta 5 empleados 2000 M
Carpintería más de 5 empleados 3000 M
Cementerio Privado 2000 M
Cementerio Privado con Crematorio 3000 M
Ciber 400 M
Corralón de Maderas y derivados 1200 M
Explotación de canteras de 3ª categoría 1000 M
Empresas constructoras 1500 M
Servicios de Encomiendas y mensajería puerta a puerta 600 M
Servicios Fúnebres 900 M
Sala Velatoria 1000 M
Taller de Cerrajería 400 M
Taller de Costura 200 M
Taller de Herrería 400 M
Taller de Prótesis dentales 1200 M
Taller de reparación de Electrodomésticos 600 M
Taller de Reparación de Calzados 200 M
Taller de reparación de Equipos Electrónicos y/o Computación 600 M
Taller de grabación de joyas y/o reparación de relojes 400 M
Taller de tapicería 300 M
Taller de Tornería 300 M
Taller de Artesanías (madera, cueros, piedras, cerámica, telar) 300 M
Venta de Frío 1000 M
Taller de motores de explosión 500 M
Lavado, secado y planchado de prendas 300 M

EN VÍA PÚBLICA
Electrodomésticos y bienes complementarios 100 M
Artículos de librería 100 M
Artículos de Vestir 100 M
Marroquinería 100 M
Frutas y Verduras 30 M
Otros vendedores ambulantes 50 M
ARTICULO N 43:Tasa por Inspeccion de Seguridad e Higiene: (según Ordenanza N 71/10)
Superficie cubierta por metro cuadrado 1 M
Superficie semi Cubierta por metro cuadrado 0,50 M
Superficie Descubierta por metro cuadrado 0,10 M
Independientemente el importe que surja, la tasa mínima a abonar por cada inspección, se establece en 100 M y la máxima en 2.500 M
El pago se podrá efectuar hasta en 6 cuotas y si se paga en forma contado se realizara un descuento del 20%

ARTICULO N 44: Cobro canon de caninos anual (Ordenanza 74/10)
ZONA URBANA
Por un can 20 M
Por el segundo 10 M
por el tercero y siguiente 5 M
ZONA RURAL
Por un can 10 M
Por el segundo y siguientes 5 M
Dada en la sala del Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Hoyo en Sesión Extraordinaria del día de del año 2010.--------------------------------

jueves, 25 de noviembre de 2010

presupuesto 2011 ingresos

CALCULO DE RECURSOS 2011

Presupuestado

INGRESOS CORRIENTES #REF! 81,996,000.00
1. De Jurisdicción Municipal 3,531,000.00
1.1 Alquiler Propiedades Municipales 30,000.00
1.2 Alquiler de maquinaria 25,000.00
1.3 Recupero Sistema de Cloaca y Planta Depuradora 20,000.00
1.4 Recupero Viviendas 150,000.00 xx
1.5 Servicios Retributivos 160,000.00
1.6 Inspeccion de seguridad e Higiene 40,000.00
1.7 Impuesto a los Ingresos Brutos 500,000.00
1.8 Tasas Municipales 158,000.00
1.9 Venta Terrenos fiscales 200,000.00
1.10 Venta de Activo Fijo 240,000.00
1.11 Fiesta Nacional Fruta Fina 200,000.00 xx
1.12 Impuesto Inmobiliario Urbano 250,000.00
1.13 Impuesto Inmobiliario Rural 250,000.00
1.14 Impuesto Patente Automotor 600,000.00
1.15 Obras Particulares 120,000.00
1.16 Otros Ingresos 200,000.00
1.17 Recupero Programa Ideas 100,000.00
1.18 Recupero Programa Redes 70,000.00 xx
1.19 Recupero Red de Gas Natural 15,000.00
1.20 Recupero fondo de reparo 80,000.00 xx
1.21 Retención Impuesto a las Ganancias 60,000.00 xx
1.22 Recupero Ayuda Eventual a Vecinos 1,000.00
1.23 Prog.Fin.Emergencia Volcanica 30,000.00 xx
1.24 Venta de Bienes de Rezago 20,000.00
1.25 tasas de caninos 12,000.00 xx


2. De Jurisdicción Provincial 70,465,000.00
2.1 Fiesta Nacional Fruta Fina 200,000.00 xx
2.2 Coparticipación Impuestos federales 1,756,000.00
2.3 Coparticipación Regalías Hidroeléctricas 50,000.00
2.4 Coparticipación Regalías Gasíferas 110,000.00
2.5 Coparticipación Regalías Petroleras 2,500,000.00
2.6 Coparticipación Fondo Federal Solidario 379,000.00 xx
2.7 ATP 380,000.00
2.8 Subsidios Provincia del Chubut 300,000.00 xx
2.9 Plan Calidez 90,000.00 xx
2.10 Subsidio garrafas 6,000.00 xx
2.11 Protección de Derechos aporte provincial 65,000.00 xx
2.12 Reintegro Juegos Evita 50,000.00 xx
2.13 Subs.cuidadoras domiciliaria prog.3era.edad 60,000.00 xx
2.14 Sec.Cultura - Aporte Prov. Fiesta Pto.Patriada 10,000.00 xx
2.15 MT - Capacitaciones Varias 800,000.00 xx
2.16 Creditos Ideas Chubut 100,000.00 xx
2.17 DGSP - Red de Gas El Sauzal II - El Pinar 235,000.00 xx
2.18 DGSP- Alumbrado Catarata Norte 200,000.00 xx
2.19 DGSP- Ampliacion red de agua Sistema Catarata 230,000.00 xx
2.20 DGSP- Cañeria de agua potable Rincon de Lobos 170,000.00 xx
2.21 DGSP- Red de gas Currumahuida 350,000.00 xx
2.22 DGSP-Alumbrado Publico Desemboque 300,000.00 xx
2.23 DGSP- Sistema Cloacal 18,500,000.00 xx
2.24 DGSP- Red de gas el Desemboque Etapa I 350,000.00 xx
2.25 DGSP- Red de gas catarata Norte 350,000.00 xx
2.26 IPV y DU - Construcción Vivienda Salud 1 y 2 252,000.00 xx
2.27 IPV y DU - Mejoramiento 60 Viviendas 1,974,000.00 xx
2.28 IPV y DU - Recursos Insuficientes 80,000.00 xx
2.29 IPV y DU 30 viviendas sociales etapa I 8,100,000.00 xx
2.30 IPV y DU Cisterna El Pedregoso 220,000.00 xx
2.31 IPV Y DU Constucción viv. Policia 240,000.00 xx
2.32 IPV y DU Contruccion Cisterna Catara Norte 220,000.00 xx
2.33 IPV y DU Ctro salud y vivienda 1,600,000.00 xx
2.34 IPV y DU Grupo Sanitario camp. Del Rio 570,000.00 xx
2.35 IPV y DU const. 10 viviendas diapersas Currumahuida 1,700,000.00 xx
2.36 IPV y DU Grupo sanitario Pto. Patriada 570,000.00 xx
2.37 MIAG/ SIPS - Limpieza y Apertura Canales 150,000.00 xx
2.38 Minist. Educacion Esc. Primaria urbana 9,300,000.00 xx
2.39 Minit. Educación sum y remodelacion esc. 81 4,600,000.00 xx
2.40 Ministerio de infraestructura y planeamiento Subcomiseria el pedregoso 160,000.00 xx
2.41 Ministerio de infraestructura y planeamiento mensura faldeo Currumahuida 30,000.00 xx
2.42 Ministerio de Infraestructura y Planeamiento mensura catarata norte 20,000.00 xx
2.43 Ministerio de Infraestructura y Planeamiento mensura El desemboque 20,000.00 xx
2.44 SIP y SP Canalización y terraplenes a Catarata 100,000.00 xx
2.45 IPA Desagues y Alcant. Currumahuida 70,000.00 xx
2.46 Subsidio Moviles Policiales 60,000.00 xx
2.47 UEP - 43 Conexiones Domiciliarias de Gas 135,000.00 xx
2.48 UEP - Ampliación Biblioteca Rincon Lobos 210,000.00 xx
2.49 UEP - Ampliación y Remodelacion SUM Pedregoso 170,000.00 xx
2.50 UEP - Centro Comunitario El Desemboque 450,000.00 xx
2.51 UEP - Cercado y Servicios Predio Polidepet. II y III 460,000.00 xx
2.52 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 2 420,000.00 xx
2.53 UEP - Financiamiento M.O 9 Viv. Sociales 180,000.00 xx
2.54 UEP - Red de Gas Currumahuida 350,000.00 xx
2.55 UEP - Red de Gas El Sauzal I 100,000.00 xx
2.56 UEP - Remodelación y ampliación Hospital etapa 4 330,000.00 xx
2.57 UEP- Cont. Cordon cuneta Cº Paladino Etapa I y II 800,000.00 xx
2.58 UEP- Ejecución cordon cuneta Brio Arrayanes I y II 520,000.00 xx
2.59 UEP- Hogar de Dia para abuelos 435,000.00 xx
2.60 UEP- Plaza de antiguos pobladores etapa I y II 650,000.00 xx
2.61 UEP- Refacción sum Currumahuida 115,000.00 xx
2.62 UEP-Sum y Armado predio Puerto patriada 800,000.00 xx
2.63 UEP-Predio Club el sauzal Etapa I 500,000.00 xx
2.64 UEP-Plaza integradora Barrio Cume Hue 280,000.00 xx
2.65 UEP-Sum Barrio Cume Hue Etapa I 863,000.00 xx
2.66 UEP- Construcion 10 garitas varias 160,000.00 xx
2.67 Vialidad Prov pasarela zona pedregoso rio epuyen 180,000.00 xx
2.68 Vialidad Prov. Pista de atletismo 350,000.00 xx
2.69 Vialidad Provincial boulebart callejos de paladino 4,200,000.00 xx
2.70 Vialidad Provincial puente rincon de Lobos 230,000.00 xx




3. De Jurisdicción Nacional 8,000,000.00
3.1 Vialidad Nacional Colectora 8,000,000.00 xx

preupuesto 2011 egresos

TOTAL EROGACIONES 2011 Presupuestado
EGRESOS CORRIENTES 81,996,000.00


11.01 Finanzas y Administración 6,341,000.00
11.01.01 Personal 3,182,000.00
1.01.01.01 Aportes y retenciones al ISSS 937,000.00
11.01.01.02 Asignaciones Familiares 130,000.00
11.01.01.03 Otros Conceptos 70,000.00
11.01.01.04 Personal Concejo Deliberante 40,000.00
11.01.01.05 Concejo Deliberante - Dieta Concejales 300,000.00 11.01.01.06 HCD Ingreso no remunerativo 55,000.00
11.01.01.07 Personal P. Permanente - Administrativo - Sueldo Neto - 700,000.00
11.01.01.08 Personal P. Permanente - Operativo - Sueldo Neto - 600,000.00
11.01.01.09 Personal P. Permanente - Superior - Sueldo Neto - 250,000.00
11.01.01.10 Personal P. Temporaria - Sueldo Neto - 100,000.00


11.01.02 Contrataciones 1,300,000.00
11.01.02.01 Contratación personal administrativo 500,000.00
11.01.02.02 Contratación personal operativo 400,000.00
11.01.02.03 Contratación de servicios 400,000.00



11.01.03 Administración 1,439,000.00
11.01.03.01 Bienes secundarios 70,000.00
11.01.03.02 Utiles de Oficina 60,000.00
11.01.03.03 Comisión bancaria 20,000.00
11.01.03.04 Seguros y gastos financieros 100,000.00
11.01.03.05 Pago de servicios 150,000.00
11.01.03.06 Viáticos y Movilidad 70,000.00
11.01.03.07 Cortesía y Homenaje 100,000.00
11.01.03.08 Publicidad y Propaganda 100,000.00
11.01.03.09 Alquiler oficinas municipales 30,000.00
11.01.03.10 Subsidios Provincia del Chubut 300,000.00 xx
11.01.03.11 Depósito DGI/AFIP 60,000.00 xx
11.01.03.12 Aplicación Fondo Federal Solidario 379,000.00 xx


11.01.04 Amortizaciones 370,000.00
11.01.04.01 IPV y DU 150,000.00
11.01.04.02 Deuda gestión anterior 55,000.00
11.01.04.03 Amortización Adelanto coparticipación 150,000.00
11.01.04.04 Plan 2 Red de Gas 15,000.00


11.01.05 Activo Fijo 50,000.00
11.01.05.01 Equipamiento 50,000.00


11.02 Inspectoría y Seguridad 63,000.00
11.02.01 Gastos inspectoría 6,000.00
11.02.02 Defensa Civil 10,000.00
11.02.03 Aporte a Bomberos 40,000.00
11.02.04 Fondo compensador eventos adversos 7,000.00


11.03 Desarrollo Económico 207,000.00
11.03.01 Desarrollo e Implementación de Proyectos 5,000.00
11.03.02 Encuesta Económica 1,000.00
11.03.03 Financiamiento de insumos 1,000.00
11.03.04 Programa Ideas Chubut 100,000.00 xx
11.03.05 Programa Redes 70,000.00 xx
11.03.06 Devolución Credito Emergencia Volcanica 30,000.00 xx


11.04 Desarrollo Social 513,000.00
11.04.01 Aporte Consejo de Mayores 5,000.00
11.04.02 Aporte Grupo Esperanzados 5,000.00
11.04.03 Asistencia a SUM 10,000.00
11.04.04 Programa Asistencia Familias NBI 50,000.00
11.04.05 Asistencia a Familias por Emergencia Económica 5,000.00
11.04.06 Programa Discapacidad 50,000.00
11.04.07 Aporte a Sala Maternal 2,000.00
11.04.08 Servicio Prot de Derechos Aporte Municipal 5,000.00
11.04.09 Protección de Derechos Aporte Provincial 65,000.00 xx
11.04.10 Jornadas y Eventos Locales de Interés Social 10,000.00
11.04.11 Movilidad jornada de interes social 5,000.00
11.04.12 Programa 3ra. Edad 60,000.00 xx
11.04.13 Aporte Estudiantes Nivel Terciario 100,000.00
11.04.14 Programa Niñez y Adolescencia 8,000.00
11.04.15 Programa de Desarrollo Comunitario 18,000.00
11.04.16 Aporte Municipal a Alcohólicos Anónimos 9,000.00
11.04.17 Plan Calidez 90,000.00 xx
11.04.18 Subsidio garrafas 6,000.00 xx
11.04.19 aporte sepelios 10,000.00
11.04.20 pago castraciones 12,000.00 xx

11.05 Capacitacion y Empleo 815,000.00
11.05.01 Soporte a curso de capacitación 10,000.00
11.05.02 Implementación bolsa de trabajo 5,000.00
11.05.03 otras capacitaciones 800,000.00 xx


11.06 Cultura y Educación 210,000.00
11.06.01 Aniversario del pueblo 50,000.00
11.06.02 Aporte Museo Municipal 5,000.00
11.06.03 Implementación de Talleres 60,000.00
11.06.04 Actividades culturales varias 30,000.00
11.06.05 Educación 50,000.00
11.06.06 Sec.Cultura - Aporte Prov.Fiesta Pto.Patriada 10,000.00 xx
11.06.07 Aporte a otras instituciones 5,000.00

11.07 Deportes 270,000.00
11.07.01 Profesores y elementos deportivos 150,000.00
11.07.02 Actividades de Verano 40,000.00
11.07.03 Gastos Varios (Deporte) 30,000.00
11.07.04 Juegos Evita 50,000.00 xx



11.08 Turismo 450,000.00
11.08.01 Promoción Turística 50,000.00
11.08.02 Fiesta Nacional de la Fruta Fina 400,000.00 xx



11.09 Urbanismo 65,019,000.00
11.09.01 Trabajos Públicos 65,019,000.00
11.09.01.01 Apertura y Mant.de Caminos 150,000.00
11.09.01.02 Mant.Edif.Publicos 150,000.00
11.09.01.03 Obras Publicas Varias 400,000.00
11.09.01.04 Riegos de Calles 100,000.00
11.09.01.05 Combustibles y Lubricantes 200,000.00
11.09.01.06 Respuesto y Reparacion de Equipo 180,000.00
11.09.01.07 Recoleccion de Residuos 150,000.00
11.09.01.08 Reintegro Fondo Reparo y garantia 80,000.00 xx
11.09.01.09 DGSP - Red de Gas El Sauzal II - El Pinar 235,000.00 xx
11.09.01.10 DGSP- Alumbrado Catarata Norte 200,000.00 xx
11.09.01.11 DGSP- Ampliacion red de agua Sistema Catarata 230,000.00 xx
11.09.01.12 DGSP- Cañeria de agua potable Rincon de Lobos 170,000.00 xx
11.09.01.13 DGSP- Red de gas Currumahuida 350,000.00 xx
11.09.01.14 DGSP-Alumbrado publico Desemboque 300,000.00 xx
11.09.01.15 DGSP-Red de Gas El desemnoque Etapa I 350,000.00 xx
11.09.01.16 DGSP-Red de Gas Catarata Norte 350,000.00 xx
11.09.01.17 DGSP- Sistema Cloacal 18,500,000.00 xx
11.09.01.18 IPV y DU - Construcción Vivienda Salud 1 y 2 252,000.00 xx
11.09.01.19 IPV y DU - Mejoramiento 60 Viviendas 1,974,000.00 xx
11.09.01.20 IPV y DU - Recursos Insuficientes 80,000.00 xx
11.09.01.21 IPV y DU 30 viviendas sociales etapa I 8,100,000.00 xx
11.09.01.22 IPV y DU Cisterna El Pedregoso 220,000.00 xx
11.09.01.23 IPV Y DU Constucción viv. Policia 240,000.00 xx
11.09.01.24 IPV y DU Contruccion Cisterna Catara Norte 220,000.00 xx
11.09.01.25 IPV y DU Ctro salud y vivienda 1,600,000.00 xx
11.09.01.26 IPV y DU Grupo Sanitario cmp. Del Rio 570,000.00 xx
11.09.01.27 IPV y DU Grupo sanitario Pto. Patriada 570,000.00 xx
11.09.01.28 IPV y DU- Const.10 viviendas dispersas Currumahuida 1,700,000.00 xx
11.09.01.29 MIAG/ SIPS - Limpieza y Apertura Canales 150,000.00 xx
11.09.01.30 Minist. Educacion Esc. Primaria urbana 9,300,000.00 xx
11.09.01.31 Minit. Educación sum y remodelacion esc. 81 4,600,000.00 xx
11.09.01.32 Ministerio de infraestructura y planeamiento Subcomiseria el pedregoso 160,000.00 xx
11.09.01.33 Ministerio de infraestructura y planeamiento Mensura faldeo Currumahida 30,000.00 xx
11.09.01.34 Ministerio de infraestructura y planeamiento Mensura catarata norte 20,000.00 xx
11.09.01.35 Ministerio de infraestructura y planeamiento Mensura El desemboque 20,000.00 xx
11.09.01.36 SIP y SP Canalización y terraplenes a Catarata 100,000.00 xx
11.09.01.37 IPA-desagues y Alcant.Currumahuida 70,000.00 xx
11.09.01.38 Subsidio Moviles Policiales 60,000.00 xx
11.09.01.39 UEP - 43 Conexiones Domiciliarias de Gas 135,000.00 xx
11.09.01.40 UEP - Ampliación Biblioteca >Rincon Lobos 210,000.00 xx
11.09.01.41 UEP - Ampliación y Remodelacion SUM Pedregoso 170,000.00 xx
11.09.01.42 UEP - Centro Comunitario El Desemboque 450,000.00 xx
11.09.01.43 UEP - Cercado y Servicios Predio Polidepet. II y III 460,000.00 xx
11.09.01.44 UEP - Cordon Cuneta Cumehue Etapa 2 420,000.00 xx
11.09.01.45 UEP - Financiamiento M.O 9 Viv. Sociales 180,000.00 xx
11.09.01.46 UEP - Red de Gas Currumahuida 350,000.00 xx
11.09.01.47 UEP - Red de Gas El Sauzal I 100,000.00 xx
11.09.01.48 UEP - Remodelación y ampliación Hospital etapa 4 330,000.00 xx
11.09.01.49 UEP- Cont. Cordon cuneta Cº Paladino Etapa I y II 800,000.00 xx
11.09.01.50 UEP- Ejecución cordon cuneta Brio Arrayanes I y II 520,000.00 xx
11.09.01.51 UEP- Hogar de Dia para abuelos 435,000.00 xx
11.09.01.52 UEP- Plaza de antiguos pobladores etapa I y II 650,000.00 xx
11.09.01.53 UEP- Refacción sum Currumahuida 115,000.00 xx
11.09.01.54 UEP-Sum y Armado Predio Puerto patriada 800,000.00 xx
11.09.01.55 UEP- Predio Club El sauzal etapa I 500,000.00 xx
11.09.01.56 UEP- Plaza integradora Barrio Cuma Hue 280,000.00 xx
11.09.01.57 UEP-Sum barrio Cume Hue Etapa I 863,000.00 xx
11.09.01.58 UEP-Construccion 10 garitas varias 160,000.00 xx
11.09.01.59 Vialidad Prov pasarela zona pedregoso rio epuyen 180,000.00 xx
11.09.01.60 Vialidad Prov. Pista de atletismo 350,000.00 xx
11.09.01.61 Vialidad Provincial boulebart callejos de paladino 4,200,000.00 xx
11.09.01.62 Vialidad Provincial puente rincon de Lobos 230,000.00 xx

11.09.02 Tierras 10,000.00
11.09.02.01 Gastos de mensura 10,000.00


11.10 Honorable Concejo Deliberante 98,000.00
11.10.01 Gastos HCD 98,000.00

11.11 Nacionales 8,000,000.00
11.10.02 Vialidad Nacional Colectora 8,000,000.00 xx

miércoles, 24 de noviembre de 2010

minuta Sesión Ordinaria del día 24 de Noviembre del año 2010

Sesión Ordinaria del día 24 de Noviembre del año 2010 – Acta N º 035/2010 HCD MEH

Lectura acta borrador sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-

Notas recibidas del Ejecutivo:
Area de tierras: eleva expte. Ref. ocupación Carlos Quijada.-
Area de tierras: ref. eleva solicitud flia Cardenas, parcela 7, chacra 18, ex lote 69.-

Proyectos del Ejecutivo:
1. Proy. De Ordenanza: modificación de presupuesto.-
Proyectos del Legislativo:
1. Proy. De Ordenanza adjudicación en venta Uroz, B° Arrayanes.-

Notas recibidas en el Legislativo:
1. Consejo de Discapacidad: ref. día internacional de personas con discapacidad.-

miércoles, 10 de noviembre de 2010

Orden del Día Nº 033/2010 HCD MEH.-

Sesión Ordinaria del día 10 de Noviembre del año 2010 – Acta N º 033/2010 HCD MEH

Lectura acta borrador sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-

Notas del recibidas Ejecutivo:
Area de tierras: eleva expte 78/10, ref. apertura camino trazado plano 21.373.-
Area de tierras: eleva expte. Silvia García Neuman.-
Area de tierras: ref. autorización de mensura Troncoso y flia Bracco.-
Urbanismo: ref. fraccionamiento lote esc. 81.-

Proyectos del Legislativo:
1. Proyectos de Ordenanzas ref. actividades recreativas.-
2. Proy. de Ordenanza: Adjudicar en venta Nélida Azocar.-
3. Proy. de Resolución: levantar medida de no innovar Resolución Nº 007/10.-
4. Proy. de Ordenanza: Autorizar mensura Juan Solari.-
5. Proy. de Ordenanza: deslindar terreno ex camping del Río, donarlo a Min. De Educ. IFSDA 814. (Huisman).-
6. Proy. de Ordenanza: ref. ordenar basurero local y convertirlo en un parque ecológico. (Huisman).-
7. Proy. de Ordenanza ref. mensuras vecinos desafectados de la Reserva DGByP (Huisman).-

Notas recibidas en el Legislativo:
1. Julia Alarcón. Ref. cesión de derechos, parte del lote 6.-
2. Sec. Foro Concejales Comarca de los Andes: eleva documentación ref. foro 08 y 09/08.-
3. JV El Sauzal: ref. mensura terreno cedido a la Junta Vecinal.-
4. Cámara de Comercio El Hoyo: ref. proy. de ordenanza compre local.-
5. Club El Pedregoso: solicitud de crear ítem en el presupuesto 2011, aporte al Club.-

martes, 9 de noviembre de 2010

Proyecto de Ordenanza Donación terreno para escuela superior

VISTO: la Ley XVI Nº46 y la Ordenanza Municipal de Tierras Nº 034/89 y;

Y CONSIDERANDO:
Que el Municipio cuenta con un terreno que durante muchos años funcionó como Camping Municipal Del Río;

Que dicho Camping hace más de tres años que no funciona como tal;

Que las mencionadas tierras tienen un enclave privilegiado ya que cuentan con costa de río; poseen frente con la Ruta Nacional 40; y están a 800 metros de la Planta Urbana;

Que en nuestra localidad está establecido, aunque sin sede fija, el Instituto de Formación Artística Nº 814 en el que cursan sus estudios terciarios jóvenes de la región y de zonas más alejadas;

Que es voluntad del pueblo de El Hoyo mantener y desarrollar nuevas fuentes de educación para nuestros jóvenes;

Que en las tierras en las que funcionó el Camping Municipal se podría construir una sede permanente para el Instituto de Formación Artística Nº 814;



Por ello y
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Deslindar del terreno total del ex Camping del Río la fracción ubicada sobre la margen izquierda del río Epuyén

Artículo 2º: Donar al Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut parte la fracción mencionada para la construcción de un edificio para el Instituto de Formación Artística Nº 814;

Artículo 3º: Instruir al DEM a que en coordinación con la comunidad educativa del Instituto Nº 814 y el Ministerio de Educación de la Provincia, articulen y realicen todas las gestiones necesarias para concretar esta obra en el corto plazo;

Artículo 4º: Dé forma.

Proyecto de Ordenanza Mensura de vecinos de la reserva

VISTO: la Ley XVI Nº46; los decretos provinciales 527/64 y 418/03 y la Ordenanza Municipal de Tierras Nº 034/89 y la 67/2010

Y CONSIDERANDO:

Que es necesario regularizar en general el asentamiento poblacional en el municipio

Que es necesario resolver la situación respecto a la titularidad de las ocupaciones de los vecinos del paraje Puerto Patriada que fueron desafectados de la tierra de la Dirección General de Bosques y Parques de la Provincia y forman parte de la Reserva

Que la falta de recursos de los pobladores de dicho paraje ha sido una causa frecuente de interrupción de los procesos de mensura, requisito fundamental para la efectiva titularización




Por ello y
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Instruir al DEM a contratar y realizar las mensuras de los vecinos que fueron desafectados de la tierra de la Dirección General de Bosques y Parques de la Provincia y forman parte de la Reserva

Artículo 2º: Solicitar al DEM que elabore un plan de pagos y facilidades para el cobro de dichas mensuras, de manera tal que sea accesible a los vecinos.

Proyecto de Ordenanza Basurero

VISTO: el art. 41 de Constitución Nacional, la Ley 4563 Gral. de ambiente de la prov del Chubut, La Ley XVI Nº46;

Y CONSIDERANDO:

Que en el municipio de El Hoyo funciona como basurero municipal un predio que no es apto para tal fin por encontrarse cerca de pobladores y sobre cuencas de agua;

Que es de suma urgencia detener el continuo vertido de residuos sólidos en dicho predio, que se hace de forma desordenada, sin respetar ninguna norma de seguridad ni sanidad ambiental

Que es necesario, para cuidar la salud de todos los pobladores del Municipio, encontrar un lugar apto para que funcione como depósito de residuos sólidos, en un lugar apropiado, con las medidas de seguridad y sanidad correspondientes;

Que las transformaciones a realizar en los temas relacionados a los residuos sólidos urbanos deben ser coordinados con la comunidad en general y en particular con instituciones educativas, asociativas, empresarias, con las que se deben trazar urgentes políticas de educación ambiental y concientización;

Que de estos procesos se debe tender a mecanismos que propendan a la separación de los residuos en origen (domiciliario) y a la consolidación de modelos empresarios cooperativos de concentración y reciclado para transformar los residuos en materia prima de nuevos productos;


Por ello y
En uso de las facultades que le son propias

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL HOYO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Ordenar el actual basurero municipal con vistas a cerrarlo en un plazo de seis meses y convertirlo en un parque ecológico.

Artículo 2º: Detectar y conseguir un lote de características apropiadas para hacer un relleno sanitario, lejos de cuencas de agua y centros poblados.

Artículo 3º: Promover emprendimientos dedicados a la separación, reciclado y reuso de residuos.

Artículo 4º: Coordinar con instituciones educativas, asociativas, empresarias y otras, políticas de educación ambiental y concientización en temas de residuos.

Artículo 5º: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal a hacer todas las gestiones necesarias con Provincia, Nación y organismos no gubernamentales a los efectos de resolver el cierre del basurero actual, la compra y puesta en marcha del nuevo relleno sanitario, la activación de políticas educativas y comunicacionales y la promoción de empresas cooperativas de reciclado;

Artículo 6º: Insistir en la creación del Departamento de Ambiente dentro del DEM. Dicho Departamento será el creador de políticas ambientales y veedor municipal de las mismas.

miércoles, 3 de noviembre de 2010

accesibilidad

VISTO: Ley XVI N 46, Leyes Nacionales Nº24.314, 24.013, 24.657, Ley Provincial Nº 2.002


Y CONSIDERANDO:
Que existe un Plan Nacional de Accesibilidad Urbana, Edilicia,
Comunicacional y de Transporte;
Que es un plan promovido por Comisión Nacional Asesora para la
Integración de Personas Discapacitadas a través del Consejo Federal de
Discapacidad según Resolución N° 1/03 de dicho Consejo, para trabajar
en conjunto con las provincias y municipios de todo el territorio
nacional, convocando a organizaciones gubernamentales, organizaciones
no gubernamentales de y para personas con discapacidad, profesionales,
como así también, usuarios y el conjunto de la comunidad;

Que el plan es un marco estrategico para promover y dar coherencia a
las acciones que las gestiones de gobierno conjuntamente con otras
administraciones y entidades públicas o privadas han de realizar con
el objetivo común de suprimir barreras e implantar el denominado
diseño universal;
Que el plan es también un instrumento para poder ampliar el ámbito de
la Ley Nacional 24.314, para que desde el gobierno de la Nación se
propicie su aplicación;
Que mediante la adhesión al siguiente Plan, la CONADIS velará por su
desarrollo para lograr la generalización de la accesibilidad en

edificios, calles, servicios comunicacionales o productos;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EL HOYO
sanciona con fuerza de ORDENANZA:

Artículo 1º: Adherir al Plan Nacional de Accesibilidad Urbana,

Edilicia, Comunicacional y del Transporte promovido por la Comisión
Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas a
través del Consejo Federal de Discapacidad según Resolución N° 1/03 de
dicho Consejo.
Articulo 2:º de forma.

Sesión Ordinaria del día 03 de Noviembre del año 2010

– Acta N º 032/2010 HCD MEH


Lectura acta borrador sesión anterior.-
Dictamen de comisión.-

Notas del recibidas Ejecutivo:
Area de tierras: Solicitud de autorización de mensura Saturnina Hube.-
Area de tierras: eleva expte. 17709/82, ocupación Fernández Luís.-
Area de tierras: solicitud de mensura Carlos Segovia.-
Area de tierras: eleva expte. 17580/82, solicitud de mensura en parte del lote 116.-
Urbanismo: solicita autorización de venta fracción 10 de lote 42.-
Urbanismo: solicita deslinde de terreno parcela 1, chacra 7, flia Quintrillan.-

Proyectos del Ejecutivo:
Proy. de Ordenanza presupuesto municipal ejercicio 2011.-
Proy. de Ordenanza tributaria ejercicio 2011.-
Proy. de Ordenanza 21 mejoramiento de viviendas.-
Proy. de Ordenanza ref. destinar como premio en bingo familiar en FNFF lote 53, chacra 1.-

Proyectos del Legislativo:
1. Proy. de Ordenanza: Modificar art. 5 de la Ordenanza 066/09.-
2. Proy. de Ordenanza: adj. En venta Eufemio Juziuk.-
3. Proy. de Ordenanza: adj. En venta Uroz.-
4. Proy. de Ordenanza: Ratificar Resolución ocupación Mario Zúñiga.-
5. Proy. de Ordenanza: vehículos de gran porte. (Concejal Bondel)
6. Proy. de Resolución: rechazar pedido de nulidad Resolución 007/10.-
7. Proy. de Ordenanza: ref. actividades recreativas.-
8. Proy. de Ordenanza: Adherir al Plan Nac. de accesibilidad para pers. Con discapacidad. (Concejal Huisman)
9. Proy. de Declaración de Interés Curso taller de actualización bromatológica 04 y 05/11/10. (Concejal Bondel)-

Notas recibidas en el Legislativo:
Cámara de comercio: remite copia de la Resolución 136/10 de Personería Jurídica.-
Ana Raskovski: nota ref. sendero acceso a la catarata.-
Patricio Graziosi: nota ref. reubicación basurero municipal.-
Ivano Williams: ref. mensura de lote.-
HCD Rawson: eleva Resolución Nº 186/10, ref. (SENASA)